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Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Decisión Administrativa 28/2023

DECAD-2023-28-APN-JGM - Licitación Pública N° 95-0064-LPU22.

Ciudad de Buenos Aires, 16/01/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-89487760-APN-DCYC#MDS y los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita la Licitación Pública N° 95-0064-LPU22 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, autorizada por la Resolución N° 1848 del 6 de octubre de 2022 del mencionado organismo, con el objeto de lograr la adquisición de leche entera en polvo instantánea fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico según Ley N° 25.459 – libre de gluten o leche en polvo entera instantánea fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico según Ley N° 25.459 – libre de gluten, destinado a mitigar las demandas de ayuda alimentaria para la población en situación de vulnerabilidad, solicitada por la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL del citado Ministerio.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN elaboró el Informe Técnico de Precios Testigo mediante Orden de Trabajo N° 700/22 de fecha 26 de octubre de 2022, informando el Valor de Referencia para el único renglón de la contratación, en los términos y alcances establecidos en el punto I.c.2 del Anexo II de la Resolución SIGEN N° 36/17 y sus modificatorias.

Que conforme el Acta de Apertura de Ofertas de fecha 27 de octubre de 2022, en la referida Licitación Pública se presentaron las siguientes firmas: MAFRALAC ALIMENTICIA S.R.L., ALIMENTOS VIDA S.A., MANFREY COOPERATIVA DE TAMBEROS DE C. e I. LTDA., S.A. LA SIBILA, PROVEEDURÍA INTEGRAL MC S.R.L. y COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A.

Que la DIRECCIÓN DE POLÍTICAS DE SEGURIDAD ALIMENTARIA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en su carácter de área técnica, elaboró el correspondiente Informe Técnico de las ofertas recibidas, el cual cuenta con la conformidad de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL, en su carácter de Unidad Requirente, ambas dependencias pertenecientes al referido organismo, en el cual se determinó el cumplimiento, por parte de los oferentes, de las Especificaciones Técnicas exigidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que la Comisión Evaluadora del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en función de los análisis administrativos, económicos y técnicos preliminares y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación de Ofertas con fecha 17 de noviembre de 2022, aconsejando adjudicar la Licitación Pública referida a las firmas MAFRALAC ALIMENTICIA S.R.L., S.A. LA SIBILA, MANFREY COOPERATIVA DE TAMBEROS DE C. e I. LTDA., ALIMENTOS VIDA S.A. y COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A.

Que conforme lo expuesto en el mencionado Dictamen de Evaluación, corresponde desestimar la oferta presentada por la firma COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A. Renglón 1, alternativa 2, por haberse optado por la alternativa 1 en razón de ser más conveniente, según lo previsto en el artículo 56 del Anexo al Decreto N° 1030/16, sus normas modificatorias y complementarias.

Que la Dirección de Compras y Contrataciones del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL informó que no se produjeron impugnaciones al referido Dictamen de Evaluación.

Que la Dirección de Programación y Ejecución Presupuestaria del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha verificado la existencia de crédito para afrontar el gasto emergente de la presente contratación.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento a la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y lo dispuesto por el artículo 9°, incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Licitación Pública N° 95-0064-LPU22 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con el objeto de lograr la adquisición de leche entera en polvo instantánea fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico según Ley N° 25.459 – libre de gluten o leche en polvo entera instantánea fortificada con hierro, zinc y ácido ascórbico según Ley N° 25.459 – libre de gluten, destinado a mitigar las demandas de ayuda alimentaria para la población en situación de vulnerabilidad, solicitada por la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL del citado Ministerio.

ARTÍCULO 2º.- Desestímase en la Licitación Pública N° 95-0064-LPU22 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL la oferta presentada por la firma COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A. (C.U.I.T. Nº 30-70779374-7), para el renglón 1, alternativa 2, por las causales expuestas en el Dictamen de Evaluación de Ofertas.

ARTÍCULO 3º.- Adjudícase la Licitación Pública N° 95-0064-LPU22 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a favor de las firmas, por las cantidades, marcas y montos que a continuación se detallan:

MAFRALAC ALIMENTICIA S.R.L. (C.U.I.T. Nº 30-70728093-6)

Renglón 1, alternativa 1, por la cantidad de QUINIENTOS CUARENTA MIL (540.000) paquetes de leche en polvo entera instantánea fortificada con hierro, zinc y vitamina c - libre de gluten, presentada en envases con un contenido neto de UN (1) kilogramo cada uno, según especificaciones del Pliego, marca FRANZ, cuyo precio unitario es de PESOS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE ($1297), por un monto total de PESOS SETECIENTOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL ($700.380.000).

S.A. LA SIBILA (C.U.I.T. Nº 30-58885563-1)

Renglón 1, alternativa 1, por la cantidad de QUINIENTOS CUARENTA MIL (540.000) paquetes de leche en polvo entera instantánea fortificada con vitamina c, hierro y zinc - libre de gluten, presentada en envases con un contenido neto de UN (1) kilogramo cada uno, según especificaciones del Pliego, marca PURÍSIMA, cuyo precio unitario es de PESOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO ($1378), por un monto total de PESOS SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES CIENTO VEINTE MIL ($744.120.000).

MANFREY COOPERATIVA DE TAMBEROS DE C. e I. LTDA. (C.U.I.T. Nº 30-50177338-3)

Renglón 1, alternativa 1, por la cantidad de QUINIENTOS CUARENTA MIL (540.000) paquetes de leche entera en polvo instantánea fortificada con vitamina c, hierro y zinc - libre de gluten, presentada en envases con un contenido neto de UN (1) kilogramo cada uno, según especificaciones del Pliego, marca MANFREY, cuyo precio unitario es de PESOS MIL CUATROCIENTOS ($1400), por un monto total de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES ($756.000.000).

ALIMENTOS VIDA S.A. (C.U.I.T. Nº 30-71067391-4)

Renglón 1, alternativa 1, por la cantidad de QUINIENTOS CUARENTA MIL (540.000) paquetes de leche en polvo entera instantánea fortificada con vitamina c, hierro y zinc - libre de gluten, presentada en envases con un contenido neto de UN (1) kilogramo cada uno, según especificaciones del Pliego, marca VIDALAC, cuyo precio unitario es de PESOS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE ($1499), por un monto total de PESOS OCHOCIENTOS NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA MIL ($809.460.000).

COMPAÑÍA AMERICANA DE ALIMENTOS S.A. (C.U.I.T. Nº 30-70779374-7)

Renglón 1, alternativa 1, por la cantidad de QUINIENTOS CUARENTA MIL (540.000) paquetes de leche en polvo entera instantánea fortificada con hierro, zinc y vitamina c - libre de gluten, presentada en envases con un contenido neto de UN (1) kilogramo cada uno, según especificaciones del Pliego, marca SPRAYMILK, cuyo precio unitario es de PESOS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y SIETE ($1697), por un monto total de PESOS NOVECIENTOS DIECISÉIS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA MIL ($916.380.000).

ARTÍCULO 4º.- Autorízase a la DIRECCIÓN DE COMPRAS Y CONTRATACIONES del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a emitir las correspondientes Órdenes de Compra.

ARTÍCULO 5º.- Autorízase a la Ministra de Desarrollo Social a aprobar la ampliación, disminución, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades a los adjudicatarios o cocontratantes respecto de la Licitación Pública que por este acto se aprueba.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande la presente medida, que asciende a la suma total de PESOS TRES MIL NOVECIENTOS VEINTISÉIS MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA MIL ($3.926.340.000), se imputará con cargo a los créditos específicos del Presupuesto de la Jurisdicción 85 – MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL para el Ejercicio 2023.

ARTÍCULO 7º.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Victoria Tolosa Paz

e. 17/01/2023 N° 2055/23 v. 17/01/2023

Fecha de publicación 17/01/2023