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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Decisión Administrativa 30/2023

DECAD-2023-30-APN-JGM - Licitación Pública N° 95-0055-LPU22.

Ciudad de Buenos Aires, 17/01/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2022-89392670-APN-DCYC#MDS y los Decretos Nº 1023 del 13 de agosto de 2001 y N° 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita a Licitación Pública N° 95-0055-LPU22 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, autorizada por la Resolución N° 1827 del 3 de octubre de 2022 del mencionado organismo, con el objeto de lograr la adquisición de aceite de girasol, destinado a mitigar las demandas de ayuda alimentaria para la población en situación de vulnerabilidad, solicitada por la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN elaboró el Informe Técnico de Precios Testigo mediante Orden de Trabajo N° 689 de fecha 21 de octubre de 2022, informando el Precio Testigo para el único renglón de la contratación, en los términos y alcances establecidos en la Resolución SIGEN N° 36/17 y sus modificatorias.

Que conforme el Acta de Apertura de Ofertas de fecha 24 de octubre de 2022, en la referida Licitación Pública se presentó la firma PROVEEDURÍA INTEGRAL MC S.R.L.

Que la Dirección de Políticas de Seguridad Alimentaria del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en su carácter de área técnica, elaboró el correspondiente Informe Técnico respecto de las ofertas recibidas, el cual cuenta con la conformidad de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SEGURIDAD ALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL en su carácter de Unidad Requirente, ambas dependencias pertenecientes al referido organismo, en el cual determinó el cumplimiento por parte del oferente de las Especificaciones Técnicas exigidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que la Comisión Evaluadora del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, en función de los análisis administrativos, económicos y técnicos preliminares y de la documentación obrante en el expediente respectivo, suscribió el Dictamen de Evaluación de Ofertas con fecha 28 de noviembre de 2022, aconsejando adjudicar la Licitación Pública referida a la firma PROVEEDURÍA INTEGRAL MC S.R.L.

Que conforme lo expuesto en el mencionado Dictamen de Evaluación, corresponde desestimar las ofertas presentadas por la firma PROVEEDURÍA INTEGRAL MC S.R.L. para el renglón 1, alternativa 2, por haber presentado una imagen del arte del rótulo con la denominación del producto errada y no cumplir con las exigencias de rotulación de los artículos 1383 y 1383 bis del Código Alimentario Argentino (C.A.A.), de acuerdo con lo informado por la Dirección de Políticas de Seguridad Alimentaria del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, para el renglón 1, alternativa 3 por no haber presentado los Registros Nacionales de Establecimiento (R.N.E) y de Producto Alimenticio (R.N.P.A) ni la imagen del arte del rótulo, de acuerdo con lo informado por la DIRECCIÓN DE POLÍTICAS DE SEGURIDAD ALIMENTARIA del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, y para el renglón 1, alternativa 4, por no haber presentado la imagen del arte del rótulo, de acuerdo con lo informado por la Dirección de Políticas de Seguridad Alimentaria del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que la Dirección de Compras y Contrataciones del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL informó que no se produjeron impugnaciones al referido Dictamen de Evaluación.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMPRE ARGENTINO Y PROGRAMA DE DESARROLLO DE PROVEEDORES del MINISTERIO DE ECONOMÍA tomó intervención, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 27.437, en el Decreto N° 800/18 y en la Resolución N° 91/18 de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA y sus modificaciones.

Que la Dirección de Programación y Ejecución Presupuestaria del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha verificado la existencia de crédito para afrontar el gasto emergente de la referida contratación.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento a la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y lo dispuesto por el artículo 9°, incisos d), e) y f) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16 y sus modificatorias y normas complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Licitación Pública N° 95-0055-LPU22 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, con el objeto de lograr la adquisición de aceite de girasol, destinado a mitigar las demandas de ayuda alimentaria para la población en situación de vulnerabilidad, solicitada por la SECRETARÍA DE INCLUSIÓN SOCIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

ARTÍCULO 2º.- Desestímanse en la Licitación Pública N° 95-0055-LPU22 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL las ofertas presentadas por la firma PROVEEDURÍA INTEGRAL MC S.R.L. (C.U.I.T N° 33-71644934-9) para el renglón 1, alternativas 2, 3 y 4 por las causales expuestas en el Dictamen de Evaluación de Ofertas de fecha 28 de noviembre de 2022.

ARTÍCULO 3º.- Adjudícase la Licitación Pública N° 95-0055-LPU22 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a favor de la firma PROVEEDURÍA INTEGRAL MC S.R.L. (C.U.I.T N° 33-71644934-9) renglón 1, alternativa 1, por la cantidad de QUINIENTOS CUARENTA MIL (540.000) envases de aceite de girasol con un contenido neto de MIL QUINIENTOS MILILITROS (1500 ml) cada uno, según especificaciones del Pliego, marca MAROLIO, cuyo precio unitario es de PESOS MIL CIENTO TREINTA Y SEIS CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($1136,99) por un monto total de PESOS SEISCIENTOS TRECE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS ($613.974.600).

ARTÍCULO 4º.- Declárase parcialmente desierto el renglón 1 de la Licitación Pública N° 95-0055-LPU22 del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, por la cantidad de DOS MILLONES CIENTO SESENTA MIL (2.160.000) envases de aceite de girasol con un contenido neto de MIL QUINIENTOS MILILITROS (1500 ml) cada uno.

ARTÍCULO 5º.- Autorízase a la Dirección de Compras y Contrataciones del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL a emitir la correspondiente Orden de Compra.

ARTÍCULO 6º.- Autorízase a la Ministra de Desarrollo Social a aprobar la ampliación, disminución, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades al adjudicatario o cocontratante respecto de la Licitación Pública que por este acto se aprueba.

ARTÍCULO 7º.- El gasto que demande la presente medida, que asciende a la suma total de PESOS SEISCIENTOS TRECE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS ($613.974.600), se imputará con cargo a los créditos específicos del Presupuesto de la Jurisdicción 85 - MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL para el Ejercicio 2023.

ARTÍCULO 8º.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico directo dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 9º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Victoria Tolosa Paz

e. 18/01/2023 N° 2256/23 v. 18/01/2023

Fecha de publicación 18/01/2023