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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 33/2023

RESOL-2023-33-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 18/01/2023

Visto el Expediente N° EX-2022-129933086- -APN-DDP#MSG, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto N° 214 del 27 de febrero de 2006 y modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios; la Ley N° 25.164; los Decretos Nros. 1.421 del 8 de agosto de 2002, 355 del 22 de mayo de 2017, 415 del 30 de junio de 2021 y 103 del 2 de marzo de 2022; la Resolución N° 53 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO del 22 de marzo de 2022 y las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD Nros. 356 del 15 de junio de 2022 y 655 del 11 de octubre de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 2° de la Resolución SGyEP N° 53/22 se aprobó el RÉGIMEN DE VALORACIÓN POR EVALUACIÓN Y MÉRITO PARA LA PROMOCIÓN DE NIVEL PARA EL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO aplicable al personal que reviste en la Planta Permanente del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, que cuente con estabilidad al momento de manifestar su voluntad de participar del proceso de valoración por evaluación y mérito para la promoción de nivel, y que se encuentre en condiciones de promover a los niveles A, B, C, D y E, quienes podrán ascender hasta un máximo de DOS (2) Niveles.

Que mediante la Resolución MS N° 356/22 se dio inicio, a partir del 15 de junio de 2022 en este Ministerio, al proceso establecido en el citado Régimen, conformando el Comité de Valoración por Evaluación y Mérito para la Promoción de Nivel, y designando a su Secretaria Técnica Administrativa.

Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 3° del Anexo II (IF-2022-27280649-APN-SGYEP#JGM), de la Resolución SGyEP N° 53/22, la agente Yesica Mayra SANTACRUZ (D.N.I. N° 34.253.396) del Agrupamiento General, Nivel D, Grado 4, Tramo General, de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES de este Ministerio, manifestó su intención de participar del proceso a través del formulario FOHIZ (IF-2022-114226371-APN-UGA# MSG), solicitando su promoción de nivel y su reubicación al Agrupamiento Profesional.

Que la mencionada agente, manifestó previamente su voluntad de readecuar sus grados mediante el RÉGIMEN TRANSITORIO Y EXCEPCIONAL PARA LA READECUACIÓN VOLUNTARIA DE GRADOS aprobado por el Decreto N° 103/22 y Anexo I de la citada Resolución N° 53/22 Resolución SGyEP Nº 53/22.

Que para dicha readecuación de grados se tuvo en cuenta el acceso de la requirente a un cargo de Nivel D, por concurso, el Grado 1 allí asignado por aplicación del art. 31 inciso c), y el Grado 2 que le fuera asignado por vía ordinaria, todos ellos comprensivos de su estabilidad en el empleo público en los términos del inciso b) del artículo 20 del citado Convenio Colectivo.

Que al aplicar las previsiones de la cláusula CUARTA del Acta Acuerdo del 26 de noviembre de 2021, homologado por el Decreto N° 103/22, el artículo 6° de la Resolución SGyEP N° 53/22 a su entonces situación de revista Nivel D, Grado 2, y teniendo en cuenta el alcance de la estabilidad en el empleo público establecido por el inciso c) del artículo 20 del aludido Convenio Colectivo, se le asignó el grado 4 dentro del Nivel D a partir del 1 de noviembre de 2022 conforme lo aprobado por la Resolución RESOL-2022-655- APN-MSG.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS, confeccionó la Certificación de RRHH e Identificación del Puesto (CE-2022-133893154-APN-DGRRHH#MSG), en la cual obran la certificación de la situación de revista de la trabajadora, la definición del puesto a ocupar y su agrupamiento para cumplir funciones de Analista de Contabilidad, conforme al Nomenclador Clasificador de Puestos y Funciones aprobado por el Acta COPIC N° 135 del 28 de mayo de 2021 (IF-2021-26954793-APN-DGYDCP#JGM), en cumplimiento de lo establecido en el artículo 12 del Anexo I del Régimen citado precedentemente.

Que el aludido Comité de Valoración de este Ministerio, cumpliendo las atribuciones y responsabilidades que le fueron asignadas por el artículo 8° del mencionado Régimen, emitió el Acta N° 3 del 16 de diciembre de 2022 de aprobación resultante de la valoración, cuyo Anexo II determina los postulantes que cumplen los requisitos, dando por concluida su intervención, respecto de los postulantes consignados en su Anexo I, en los términos del artículo 11 del mismo Régimen.

Que, en consecuencia, procede designar a la nombrada postulante en el correspondiente Puesto y Agrupamiento del Nomenclador Clasificador de Puestos y Funciones, por encontrarse incluida en el Anexo II mencionado en el párrafo anterior.

Que el artículo 31 del citado Convenio Colectivo Sectorial dispone que el personal que asciende DOS (2) niveles escalafonarios, debe reconocérsele UN (1) grado del nivel superior, por cada UNO CON TREINTA Y TRES CENTÉSIMOS DE GRADO (1.33) alcanzados en el nivel anterior, a contar desde el grado inicial del nuevo nivel al que asciende y en el supuesto que el personal viniera desarrollando tareas afines con el puesto o función correspondiente al nivel superior, será ubicado en el grado siguiente al que resultara de la aplicación del procedimiento establecido en el inciso b) de dicha norma.

Que la primera parte del anteúltimo párrafo de ese mismo precepto dispone que el personal que asciende de nivel le fuera asignado UN (1) grado comprendido en un Tramo igual o inferior al que revistara, continuará su carrera en el Tramo correspondiente a dicho grado.

Que en este caso, teniendo en cuenta la situación de revista de la postulante, la CE-2022-112441270-APN-UGA#MSG y los restantes antecedentes obrantes en autos actualizados a la fecha de su postulación, corresponde ser reubicada en el Agrupamiento Profesional, asignarle el Grado 4 y el Tramo General, dentro del nuevo Nivel escalafonario B, en los términos de los incisos b) y c) y primera parte del anteúltimo párrafo del artículo 31 del mencionado Convenio Colectivo Sectorial, aplicable al caso por el artículo 16 del citado Régimen.

Que de acuerdo a lo establecido por el artículo 24 del aludido Régimen, la nueva situación de revista descripta en el párrafo anterior, se hará efectiva a partir de la fecha de la toma de posesión del nuevo puesto.

Que la Dirección de Presupuesto de este Ministerio ha certificado la existencia de las partidas presupuestarias necesarias para solventar la medida que se propicia.

Que el servicio jurídico permanente de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones previstas en la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, en el artículo 3° del Decreto N° 355/17 y de la Resolución SGyEP N° 53/22.

Por ello,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase lo actuado por el Comité de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito conformado por la Resolución N° 356 del MINISTERIO DE SEGURIDAD del 15 de junio de 2022 respecto de la postulación de la agente Yesica Mayra SANTACRUZ, (D.N.I. N° 34.253.396), quien revista actualmente en la planta permanente de este Ministerio, en un cargo Nivel D, Grado 4, Agrupamiento General, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 2°.- Desígnase, a partir del día primero del mes siguiente al dictado de la presente medida, a la agente Yesica Mayra SANTACRUZ, (D.N.I. N° 34.253.396), de acuerdo con lo establecido en el Régimen de Valoración para la Promoción por Evaluación y Mérito, aprobado en el artículo 2° de la Resolución N° 53 del 22 de marzo de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS (RESOL-2022-53-APN-SGYEP#JGM), en un cargo de planta permanente, Nivel B, Grado 4, Agrupamiento Profesional, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, asignándosele un puesto de “Analista de Contabilidad” en la UNIDAD GABINETE DE ASESORES de este Ministerio.

ARTÍCULO 3°.- La persona nombrada en el artículo precedente deberá tomar posesión del nuevo cargo dentro de los TREINTA (30) días hábiles siguientes a su designación en el nuevo nivel.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios asignados para el Ejercicio Financiero 2023 del MINISTERIO DE SEGURIDAD.

ARTICULO 5°.- Hágase saber a la trabajadora mencionada en el artículo 1° de la presente, que podrá interponer recurso de reconsideración contra el presente acto, dentro de los DIEZ (10) días o jerárquico directo dentro de los QUINCE (15) días, contados a partir de su notificación.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Aníbal Domingo Fernández

e. 19/01/2023 N° 2320/23 v. 19/01/2023

Fecha de publicación 19/01/2023