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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 14/2023

RESOL-2023-14-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 18/01/2023

VISTO el Expediente N° EX-2021-73218266-APN-SE#MEC, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, los Decretos Nros. 882 de fecha 31 de octubre de 2017, 389 de fecha 15 de junio de 2021, 269 de fecha 25 de mayo de 2022, 803 de fecha 30 de noviembre de 2022 y la Resolución N° 8 de fecha 9 de enero de 2023 del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y

CONSIDERANDO:

Que, el Contrato de Obra Pública Aprovechamientos Hidroeléctricos del río Santa Cruz Presidente Dr. Néstor Carlos Kirchner y Gobernador Jorge Cepernic fue adjudicado por la Resolución N° 760 de fecha 20 de agosto de 2013 del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y suscripto el 31 de octubre de 2013, habiéndose luego enmendado a través de sucesivas Adendas y Actas Acuerdo suscriptas por las partes (dicho contrato referido como el CONTRATO DE OBRA PÚBLICA, y la construcción de los Aprovechamientos Hidroeléctricos denominada como la OBRA).

Que con fecha 1° de agosto de 2014 se suscribió el Contrato de Línea de Crédito, cuyo modelo fuera aprobado por el Decreto N° 1.091 de fecha 17 de julio de 2014, entre la REPÚBLICA ARGENTINA -a través del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS- como Prestataria, y las Entidades Bancarias CHINA DEVELOPMENT BANK CORPORATION (actualmente CHINA DEVELOPMENT BANK), INDUSTRIAL AND COMMERCIAL BANK OF CHINA LIMITED y BANK OF CHINA LIMITED como Prestamistas (las ENTIDADES BANCARIAS), en el que se encuentran contempladas las condiciones financieras para viabilizar la ejecución de la OBRA, y que fuera enmendado con fecha 27 de enero de 2015 (en lo sucesivo denominado como el “CONTRATO DE LÍNEA DE CRÉDITO”).

Que, mediante el Artículo 1º del Decreto N° 269 de fecha 25 de mayo de 2022 se aprobó el Modelo de Acuerdo de Enmienda y Restablecimiento al Contrato de Línea de Crédito (la ENMIENDA) con relación al Proyecto Aprovechamiento Hidroeléctrico “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER” -ubicado en Cóndor Cliff- y “GOBERNADOR JORGE CEPERNIC” -ubicado en Barrancosa- de la Provincia de SANTA CRUZ (denominación según Decreto N° 389 de fecha 15 de junio de 2021) entre la REPÚBLICA ARGENTINA y las ENTIDADES BANCARIAS.

Que, por el Artículo 2º del mencionado decreto se facultó al Ministro de Economía, o al funcionario o a la funcionaria, o funcionarios o funcionarias, que éste designare, a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, la ENMIENDA y su documentación adicional, conforme al Modelo que se aprobó en el Artículo 1º de dicha medida.

Que posteriormente, por el Artículo 1° del Decreto N° 803 de fecha 30 de noviembre de 2022, se precisó sobre las facultades del Ministro de Economía, o del funcionario o la funcionaria, o funcionarios o funcionarias, que aquel designare, para aprobar y/o suscribir toda la documentación necesaria para la instrumentación de la ENMIENDA con relación al referido Proyecto, entre REPÚBLICA ARGENTINA y las ENTIDADES BANCARIAS incluyendo, sin limitarse a los documentos referidos en su Anexo 2 “Condiciones Precedentes y Posteriores”, como así también para impartir las correspondientes instrucciones al respecto, y/o acordar modificaciones, siempre que no constituyan cambios sustanciales en el objeto o destino de los fondos, ni deriven en un incremento de su monto o introduzcan modificaciones a la prórroga de jurisdicción a tribunales extranjeros acordada.

Que la documentación adicional mencionada en los referidos Decretos Nos. 269/22 y 803/22, comprende aquella enumerada en la ENMIENDA como Anexo 2 y, en particular -entre otras- el Contrato de Concesión para la generación de Energía Eléctrica en los Aprovechamientos Hidroeléctricos “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER” -ubicado en Cóndor Cliff- y “GOBERNADOR JORGE CEPERNIC” -ubicado en Barrancosa-.

Que, mediante la Resolución N° 13 de fecha 14 de enero de 2022 de la SECRETARIA DE ENERGIA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se aprobó el Modelo de Contrato de Concesión de los Aprovechamientos Hidroeléctricos “PRESIDENTE DR. NÉSTOR CARLOS KIRCHNER” -ubicado en Cóndor Cliff- y “GOBERNADOR JORGE CEPERNIC” -ubicado en Barrancosa- a suscribirse entre esta Secretaría y la entonces empresa INTEGRACIÓN ENERGÉTICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (IEASA), actualmente ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA) (en adelante, el CONTRATO DE CONCESIÓN).

Que mediante la Resolución N° 8 de fecha 9 de enero de 2023 del MINISTERIO DE ECONOMÍA, entre otras disposiciones, se instruyó a esta Secretaría para aprobar el texto actualizado del CONTRATO DE CONCESIÓN que incluya el cambio de la denominación social de la Concesionaria, de IEASA a ENARSA, decidida por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de esa compañía de fecha 6 de mayo de 2022, e inscripta en la Inspección General de Justicia el 28 de julio de 2022, y suscribir dicho contrato como representante del Concedente ESTADO NACIONAL.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que esta medida se dicta en uso de las facultades contempladas en la Ley de Ministerios - t.o.1992 - y sus modificaciones, y en los Decretos Nros. 269/22, 803/22 y la Resolución N° 8/23 del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Por ello,

LA SECRETARIA DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el texto actualizado del CONTRATO DE CONCESIÓN cuyo modelo fuera aprobado mediante Resolución N° 13 de fecha 14 de enero de 2022 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA el que incluye el cambio de la denominación social de la Concesionaria de INTEGRACIÓN ENERGÉTICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (IEASA) a ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA) y cuyo texto forma parte integrante de la presente como Anexo I (IF-2023-05039384-APN-DNRYDSE#MEC), instruyéndose a ENARSA a suscribirlo, como concesionaria.

ARTÍCULO 2°.- Dispónese que el CONTRATO DE CONCESIÓN será suscripto por esta Secretaría.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese.

Flavia Gabriela Royón

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 20/01/2023 N° 2567/23 v. 20/01/2023

Fecha de publicación 20/01/2023