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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO

Resolución 2/2023

RESOL-2023-2-APN-SEC#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 20/01/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-93519758-APN-DGD#MDP, la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 441 de fecha 20 de julio de 2021 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y 29 de fecha 17 de octubre de 2022 de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 451 de fecha 3 de agosto de 2022 se modificó la Ley de Ministerios N° 22.250 (texto ordenado por el Decreto N° 438/92), y se estableció que el MINISTERIO DE ECONOMÍA es continuador a todos sus efectos del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, debiendo considerarse modificado por tal denominación cada vez que se hace referencia a la cartera ministerial citada en segundo término.

Que por su parte, mediante el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y en particular los Decretos Nros. 404 de fecha 14 de julio de 2022 y 480 de fecha 10 de agosto de 2022, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, estableciendo entre los objetivos de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, entender en la definición de programas de promoción de las actividades económicas que apliquen el uso del conocimiento y la digitalización de la información, apoyados en los avances de la ciencia y de las tecnologías y orientados a la obtención de bienes, prestación de servicios y/o mejoras de procesos; promover la capacitación e incorporación al conjunto del entramado productivo de recursos humanos que posean las capacidades y habilidades acordes a los requerimientos del nuevo paradigma de la economía basado en el conocimiento e intervenir en la definición y creación de programas de financiamiento a empresas de la Economía del Conocimiento, en coordinación con las áreas con competencia en la materia e Intervenir en el desarrollo de la infraestructura y los recursos humanos necesarios para el fortalecimiento a nivel federal de las actividades de la economía del conocimiento, en articulación con los gobiernos locales.

Que mediante la Resolución N° 441 de fecha 20 de julio de 2021 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, se creó el Programa “Nodos de la Economía del Conocimiento”, cuyo objetivo consiste en promover la conformación y consolidación de agrupamientos de empresas e instituciones dedicadas a la producción de bienes y servicios de la Economía del Conocimiento que dinamicen, diversifiquen y fortalezcan las economías regionales de acuerdo al espíritu de Ley N° 27.506 y su modificatoria.

Que a través de la mencionada resolución, se facultó a la ex SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO a dictar la normativa que resulte necesaria para la implementación del programa, a realizar todas las acciones a los efectos de poner en funcionamiento el Programa “Nodos de la Economía del Conocimiento” y controlar su ejecución.

Que mediante la Disposición N° 115 de fecha 11 de marzo de 2022 de la ex SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO se aprobaron las Bases y Condiciones de la Segunda Convocatoria del Programa “Nodos de la Economía del Conocimiento”.

Que en las Bases y Condiciones mencionadas en el considerando anterior se estableció que, la Dirección Nacional del Fortalecimiento Regional de la Economía del Conocimiento entonces dependiente de la ex SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO elevaría un informe que contenga el resultado de la evaluación y el puntaje obtenido y en base a ello la citada ex Subsecretaría emitiría el acto administrativo de aprobación de los Proyectos beneficiados de acuerdo a los órdenes de mérito confeccionados, y posteriormente elevaría las actuaciones a la ex Secretaría para que apruebe el otorgamiento de los Aportes No Reembolsables (ANR) sujeto a la disponibilidad presupuestaria, contra la entrega de un seguro de caución por el monto total del desembolso previsto cuando el beneficiario sea una persona jurídica del sector privado.

Que las áreas técnicas pertinentes han verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en las mencionadas Bases y Condiciones, evaluando los proyectos presentados recomendando su aprobación, como así también de ciertos proyectos que no han alcanzado el puntaje mínimo establecido por las bases y condiciones para ser financiados por el programa, recomendando en virtud de ello su rechazo.

Que mediante la Disposición N° 502 de fecha 30 de septiembre de 2021 de la ex SUBSECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO de la entonces SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO se creó la Comisión Consultiva de Expertos del Programa “Nodos de la Economía del Conocimiento”.

Que la mencionada Comisión se ha expedido mediante los IF-2022-72968336-APN-DNADE#MDP e IF-2022-75608362-APN-DFIP#MDP obrantes en el Expediente N° EX-2021-86759400-APN-DGD#MDP brindando su opinión técnica acerca de la aprobación o rechazo de una serie de proyectos presentados en el marco del Programa “Nodos de la Economía del Conocimiento”.

Que a los efectos de la formalización de los proyectos que cumplieron con los requisitos de admisibilidad, se ha confeccionado un Orden de Mérito de conformidad al puntaje de priorización recibido, que este ha seleccionado OCHENTA Y NUEVE (89) proyectos de acuerdo a la información que surge del IF-2022-94176895-APN-DNFREC#MDP.

Que mediante la Resolución N° 29 de fecha 17 de octubre de 2022 de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se aprobó el orden de mérito de la segunda Convocatoria del Programa “Nodos de la Economía del Conocimiento” conforme a lo detallado en el Anexo I de la citada medida.

Que mediante el Informe (IF-2022-133249256-APN-DNFREC#MDP) de la Dirección Nacional de Fortalecimiento Regional de la Economía del Conocimiento de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se informa la existencia de DOS (2) errores materiales involuntarios en los datos incorporados dentro del Anexo I de la resolución mencionada, por lo que propicia la rectificación del acto administrativo.

Que en el referido informe se señala que en el Orden 36 del Anexo I - MUNICIPALIDAD DE LAS PERDICES por un error de carga involuntario se indicó que dicho Organismo tramitaba su solicitud mediante el Expediente N° EX-2022-48423488-APN-SSEC#MDP, siendo que el trámite se encuentra dentro del Expediente N° EX-2022-48428850-APN-SSEC#MDP, sugiriendo su rectificación.

Que en ese sentido, se emitió el informe técnico rectificatorio de la Dirección para la Federalización de la Innovación Productiva dependiente de la Dirección Nacional de Fortalecimiento Regional de la Economía del Conocimiento, obrante como IF-2022-120168226-APN-DFIP#MDP en el Expediente N° EX-2022-48971884-APN-SSEC#MDP donde tramita la solicitud del MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN en virtud de que por un error de carga involuntario se indicó que el referido Organismo resultó beneficiario de un Aportes No Reembolsable (ANR) por la suma de PESOS CUARENTA MILLONES ($ 40.000.000), siendo que el valor correcto es de PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SEIS MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON DOCE CENTAVOS ($ 39.906.387,12), sugiriendo su rectificación.

Que en ese sentido, corresponde la rectificación de la Resolución N° 29/22 de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO, lo que no implica alteración de la sustancia de dicho acto administrativo, el que resulta plenamente válido.

Que la rectificatoria de errores materiales resulta plenamente viable, conforme las prescripciones del Artículo 101 del Decreto Nº 1.759/72 (T.O. 2017), reglamentario de la Ley Nacional Procedimientos Administrativos Nº 19.549.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.

Que la presente medida se dicta conforme lo dispuesto por el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 (T.O. 2017), el Decreto Nº 50/19 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 441/21 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA y 29/22 de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Rectifícanse los errores materiales incurridos en el Anexo I de la Resolución N° 29 de fecha 17 de octubre de 2022 de la SECRETARÍA DE ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, que aprueba el orden de mérito de la segunda Convocatoria del Programa “Nodos de la Economía del Conocimiento” al MINISTERIO DE DESARROLLO ECONÓMICO Y PRODUCCIÓN y a la MUNICIPALIDAD DE LAS PERDICES, sustituyendo el mismo por el Anexo I (IF-2022-133321447-APN-DNFREC#MDP) que forma parte integrante de la citada resolución.

ARTÍCULO 2°.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Ariel Bernardo Sujarchuk

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 24/01/2023 N° 2760/23 v. 24/01/2023

Fecha de publicación 24/01/2023