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Legislación y Avisos Oficiales
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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO

Resolución 9/2023

RESOL-2023-9-APN-SGYEP#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 23/01/2023

VISTO el Expediente N° EX-2020-86899654- -APN-SGYEP#JGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la Ley Nº 24.127, los Decretos Nro. 1513 del 19 de julio de 1993 y su modificatorio, 440 del 1° de junio de 2000 y 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las Resoluciones de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 4 del 7 de agosto de 2002, 45 del 12 de julio de 2004 y sus modificatorias, la Resolución de la SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N°28 del 31 de marzo de 2021, y

CONSIDERANDO

Que por la Ley N° 24.127 se instituyó el PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.

Que por el Decreto Nº 1513 del 19 de julio de 1993, modificado por su similar Nº 440 del 1° de junio de 2000, se estableció que la entonces SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS será la autoridad de aplicación de la citada ley, facultándola a dictar normas aclaratorias y complementarias a que diera lugar la aplicación de la Ley N° 24.127 y su reglamentación.

Que por la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 4 del 7 de agosto de 2002 y su modificatoria N° 45 del 12 de julio de 2004 se establecieron las BASES PARA EL OTORGAMIENTO DEL PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL.

Que el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, confiere a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS la responsabilidad de intervenir como autoridad de aplicación de la Ley Nº 24.127 que instituye el PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD, y a la SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL de asistir técnicamente a la Secretaría en lo referido al sector público.

Que por la Resolución de la SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 28 del 31 de marzo de 2021, se instauró un Modelo de Calidad Estatal que tiende a la promoción y generación de valor público por parte de las organizaciones públicas. Al mismo tiempo, resultó necesario contemplar un Sistema de Premios y Reconocimientos integral para aquellas organizaciones que se presenten en las ediciones anuales del Premio Nacional a la Calidad.

Que los jueces y juezas integrantes de la JUNTA DE EVALUACIÓN, realizaron una evaluación del puntaje individual y de consenso otorgado a los organismos postulantes al PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD, de las visitas, informes y entrevistas cumplidas por los evaluadores del citado premio a fin de elaborar el correspondiente orden de mérito, lo que fue debidamente plasmado en el acta registrada en IF-2022-137357880- APN-DNMAC#JGM.

Que mediante IF-2022-137362497-APN-DNMAC#JGM, la DIRECCIÓN DE CALIDAD DE LA GESTIÓN de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEJORA DE LOS SERVICIOS A LA CIUDADANÍA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y la SECRETARIA TÉCNICA del PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD certifican que se ha cumplido con todas las etapas previstas para la 29° edición del PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD, que la JUNTA DE EVALUACIÓN ha deliberado, evaluado a los organismos postulantes y elaborado el correspondiente orden de mérito.

Que, asimismo, la DIRECCIÓN DE CALIDAD DE LA GESTIÓN de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MEJORA DE LOS SERVICIOS A LA CIUDADANÍA, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS emitió un informe técnico en el que se certifica el proceso de evaluación del PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD e informa el orden de mérito definitivo, del que resulta DESIERTO, en esta edición, para el Premio Nacional a la Calidad en sus respectivas categorías y que DOS (2) organismos son merecedores de la medalla de oro, SEIS (6) organismos de la medalla de plata y TRES (3) organismos de la medalla de bronce.

Que el puntaje otorgado por la JUNTA DE EVALUACIÓN es el resultado del proceso de evaluación, conforme con los lineamientos establecidos en el MODELO DE CALIDAD ESTATAL (EDICIÓN 2022), el que prevé los capítulos a evaluar, los criterios de evaluación y la distribución de los puntajes, resultando que quien haya alcanzado una evaluación destacada es merecedor del PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD, la Medalla a la Calidad en la Gestión Pública Nivel Oro se otorga a quienes hayan obtenido un puntaje superior a QUINIENTOS CINCUENTA Y UNO (551) puntos, la Medalla a la Calidad en la Gestión Pública Nivel Plata a aquellas organizaciones que hayan obtenido un puntaje entre los QUINIENTOS (500) y los QUINIENTOS CINCUENTA (550) puntos, y la Medalla a la Calidad en la Gestión Pública Nivel Bronce a aquellas organizaciones que hayan obtenido un puntaje entre los CUATROCIENTOS (400) y los CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE (499) puntos.

Que no resulta pertinente otorgar el PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD debido a que ningún organismo alcanzó el nivel de “afianzado” en su Sistema de Gestión de Calidad con retroalimentación como condición requerida para acceder al galardón máximo.

Que resulta pertinente otorgar las medallas de distinción a los organismos que han alcanzado un nivel medio de, al menos, CUATROCIENTOS (400) puntos, conforme a lo establecido por la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS 45/04 y sus modificatorias en su Anexo I, Capítulo II, primer párrafo, a saber: SECRETARÍA DE ESTADO DE GESTIÓN PÚBLICA Y PLANEAMIENTO del GOBIERNO DE TUCUMÁN; HOSPITAL DE DÍA PTE. NÉSTOR KIRCHNER, dependiente del MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA de la PROVINCIA DE TUCUMÁN; TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA DE LA RIOJA. Con un puntaje superior a QUINIENTOS (500) puntos: MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN; DIRECCIÓN DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS, dependiente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO, JUSTICIA Y DDHH., MINISTERIO DE GOBIERNO, PROVINCIA DE SAN JUAN; TEATRO DEL BICENTENARIO, dependiente del MINISTERIO DE CULTURA Y TURISMO de la PROVINCIA DE SAN JUAN; INSTITUTO DE DESARROLLO PRODUCTIVO de TUCUMÁN, dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO de la PROVINCIA DE TUCUMÁN; UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA, dependiente de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA DE LA NACIÓN; SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA DE LA NACIÓN. Con un puntaje superior a QUINIENTOS CINCUENTA Y UNO (551) puntos: CAJA DE ACCIÓN SOCIAL, dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS de la PROVINCIA DE SAN JUAN; ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS del PODER EJECUTIVO DE SALTA.

Que resulta pertinente otorgar, conforme lo establece la Resolución de la SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 28/21 del Sistema de Premios y Reconocimientos, la MENCIÓN DE RECONOCIMIENTO AL DESARROLLO DESTACADO DE UN CAPÍTULO a los organismos NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA S.A. de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA DE LA NACIÓN, y COORDINACIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA DE LA NACIÓN.

Que resulta pertinente otorgar, conforme IF-2022-137375753-APN-DNMAC#JGM, la MENCIÓN ESTÍMULO a la CALIDAD ESTATAL a los organismos DIRECCIÓN DE SALUD MUNICIPAL, dependiente de la MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN JUAN; COORDINACIÓN DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN AL CIUDADANO – SENASA, dependiente de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA DE LA NACIÓN; INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES, dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA DE LA NACIÓN.

Que, a los fines de transparentar el proceso que determinó a los organismos acreedores del PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD y el criterio de ponderación de los atributos que han merecido tal distinción, la Resolución de la ex SUBSECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 45/04 y sus modificatorias establece en su Anexo I, Capítulo II.4.1, último párrafo que “la presentación del Organismo que resulte ganador del Premio Nacional a la Calidad será de dominio público”, el cual se publicará en la página web del PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD https://www.argentina.gob.ar/jefatura/gestion-y-empleo-publico/fortalecimiento-institucional/premionacionalcalidad, dentro los TREINTA (30) días hábiles de publicada la presente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

Que el servicio jurídico permanente ha tomado intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 17 del Decreto N° 1513/93 y su modificatorio N° 440/00 y el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Declárese DESIERTO el PREMIO NACIONAL A LA CALIDAD EN EL SECTOR PÚBLICO.

ARTÍCULO 2º.- Otórguense las Medallas a la Calidad en la Gestión Pública Nivel Oro a CAJA DE ACCIÓN SOCIAL, dependiente del MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS de la PROVINCIA DE SAN JUAN; ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS del PODER EJECUTIVO DE SALTA, cuyos antecedentes serán accesibles en los términos del artículo 2º de la Ley Nº 27.275.

ARTÍCULO 3º.- Otórguense las Medallas a la Calidad en la Gestión Pública Nivel Plata a MUNICIPALIDAD DE SAN MARTÍN de la PROVINCIA DE SAN JUAN; DIRECCIÓN DEL REGISTRO DEL ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS, dependiente de la SECRETARÍA DE GOBIERNO, JUSTICIA Y DDHH., MINISTERIO DE GOBIERNO, PROVINCIA DE SAN JUAN; TEATRO DEL BICENTENARIO, dependiente del MINISTERIO DE CULTURA Y TURISMO de la PROVINCIA DE SAN JUAN; INSTITUTO DE DESARROLLO PRODUCTIVO de TUCUMÁN, dependiente del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO de la PROVINCIA DE TUCUMÁN; UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA, dependiente de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y DESARROLLO PRODUCTIVO del MINISTERIO DE ECONOMÍA DE LA NACIÓN; SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA, dependiente del MINISTERIO DE ECONOMÍA DE LA NACIÓN, cuyos antecedentes serán accesibles en los términos del artículo 2º de la Ley Nº 27.275.

ARTÍCULO 4º.- Otórguense las Medallas a la Calidad en la Gestión Pública Nivel Bronce a SECRETARÍA DE ESTADO DE GESTIÓN PÚBLICA Y PLANEAMIENTO del GOBIERNO DE TUCUMÁN; HOSPITAL DE DÍA PTE. NÉSTOR KIRCHNER, dependiente del MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA de la PROVINCIA DE TUCUMÁN; TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA DE LA RIOJA, cuyos antecedentes serán accesibles en los términos del artículo 2º de la Ley Nº 27.275.

ARTÍCULO 5º.- Otórguese la MENCIÓN DE RECONOCIMIENTO AL DESARROLLO DESTACADO DE UN CAPÍTULO a los organismos NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA S.A. de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA DE LA NACIÓN, y COORDINACIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA DE LA NACIÓN, cuyos antecedentes serán accesibles en los términos del artículo 2º de la Ley Nº 27.275.

ARTÍCULO 6º.- Otórguese la MENCIÓN ESTÍMULO a la CALIDAD ESTATAL a los organismos DIRECCIÓN DE SALUD MUNICIPAL, dependiente de la MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN JUAN; COORDINACIÓN DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN AL CIUDADANO – SENASA, dependiente de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA DE LA NACIÓN; INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES, dependiente del MINISTERIO DE DEFENSA DE LA NACIÓN, cuyos antecedentes serán accesibles en los términos del artículo 2º de la Ley Nº 27.275.

ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Ana Gabriela Castellani

e. 25/01/2023 N° 2973/23 v. 25/01/2023

Fecha de publicación 25/01/2023