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Legislación y Avisos Oficiales
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JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO

Resolución 12/2023

RESOL-2023-12-APN-SGYEP#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 23/01/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-53681748-APN-SGYEP#JGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE HACIENDA y la ex SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA N° 300 de fecha 4 de noviembre de 1994 y la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO y la SECRETARÍA DE HACIENDA N° 35 del 14 de septiembre de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que el CONVENIO COLECTIVO SECTORIAL PARA EL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 establece en su artículo 87 que el Suplemento por Función Específica consistirá en una suma comprendida entre el QUINCE POR CIENTO (15%) y el SETENTA POR CIENTO (70%) de la Asignación Básica del Nivel Escalafonario de revista del trabajador y será abonado al personal que haya sido seleccionado para ejercer la titularidad de un puesto de trabajo o función incorporado a un Nomenclador fundado en razones de dificultad de reclutamiento de personal en el mercado laboral, en otras circunstancias laborales de particular criticidad o necesidad de servicio o en servicios técnicos específicos, a establecer a tal efecto por el Estado Empleador, previa consulta a las entidades sindicales signatarias a través de la COMISIÓN PERMANENTE DE INTERPRETACIÓN Y CARRERA DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO.

Que asimismo prevé que en el mencionado Nomenclador se deberá establecer el porcentaje correspondiente a cada función incorporada.

Que el artículo 116 del referido Convenio Colectivo Sectorial dispone que hasta tanto no se estableciera el Nomenclador para el pago del Suplemento por Función Específica, se mantendrían vigentes el régimen y montos actualmente percibidos por los empleados a la fecha de entrada en vigencia del SINEP.

Que a través de la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE HACIENDA y de la ex SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA N° 300 de fecha 4 de noviembre de 1994 se aprobó el Nomenclador de Funciones específicas y los correspondientes porcentajes para el personal que cumpla funciones profesionales y técnicas de inspección y realización de análisis de laboratorio del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA.

Que posteriormente, mediante la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO y la SECRETARÍA DE HACIENDA N° 35 del 14 de septiembre de 2022, y en función de las prescripciones de las Actas de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera del Sistema Nacional de Empleo Público Nros. 178 de fecha 28 de marzo de 2022 y 180 de fecha 27 de abril de 2022, se incorporó al Nomenclador de Funciones Específicas del Sistema Nacional de Empleo Público, el Capítulo VII: OCUPACIONES COMPRENDIDAS EN LOS AGRUPAMIENTOS GENERAL Y PROFESIONAL, ORIENTADAS A LA INSPECCIÓN/CONTROL/VERIFICACIÓN, para el personal que preste funciones en el ámbito del entonces MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS y del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA.

Que por el artículo 2° de la citada resolución conjunta precedentemente, se dispuso que los suplementos a asignar producto de la aplicación de las inclusiones al Nomenclador dispuestas por dicho acto administrativo, serán establecidos mediante el mecanismo que por reglamentación disponga la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO con la correspondiente consulta a las entidades sindicales signatarias, en el marco de la Comisión de Interpretación y Carrera del Sistema Nacional de Empleo Público.

Que, asimismo, por el artículo 3° de la referida resolución conjunta se determina que la percepción del Suplemento por Función Específica será incompatible con la percepción de Suplementos por Funciones Específicas originadas por cualquier otro concepto.

Que en el mismo sentido, los artículos 4 y 5° de la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO y la SECRETARÍA DE HACIENDA N° 35/22 se dispusieron algunas limitaciones en la aplicación de la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE HACIENDA y la ex SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Nº 300/94, respecto de aquellos agentes que se desempeñan en el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA y desarrollen funciones de “Inspectores”.

Que, en última instancia, el artículo 6º de la misma norma se modificó el Anexo I de la Resolución de la SECRETARÍA DE HACIENDA y de la ex SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Nº 300/94, sustituyéndose el título “Coeficientes de Funciones Específicas” y sus apartados y cuadros, estableciéndose que, para todos los puestos de trabajo, se asignarían idénticos porcentajes de función específica, sin distinción de la zona en donde se desarrolla la función, los que se establecen en el Anexo III de la citada norma.

Que, en razón de lo expuesto, resulta oportuno establecer el régimen para la asignación de las funciones específicas al personal que cumpla funciones profesionales y técnicas de realización de análisis de laboratorio del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA en los términos de la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE HACIENDA y la ex SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA Nº 300/94; establecer el régimen para la asignación de las funciones específicas establecidas en el Capítulo VII del Nomenclador de Funciones Específicas del Sistema Nacional de Empleo Público OCUPACIONES COMPRENDIDAS EN LOS AGRUPAMIENTOS GENERAL Y PROFESIONAL, ORIENTADAS A LA INSPECCIÓN/CONTROL /VERIFICACIÓN, para el personal que preste funciones en el ámbito del ex MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA (actual SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA), del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS y del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA; y definir el procedimiento a seguir para la adecuación del porcentaje y coeficiente de los suplementos por función específica asignados al personal del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA en los términos de la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE HACIENDA y la ex SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA N° 300/94, de conformidad a las pautas establecidas por el artículo 6° de la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO y la SECRETARÍA DE HACIENDA N° 35/22.

Que, en consecuencia, mediante el Acta de la COMISIÓN PERMANENTE DE INTERPRETACIÓN Y CARRERA (Co.P.I.C.) del Convenio Colectivo de Trabajo del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) Nº 197 del 9 de noviembre de 2022, se prestó la conformidad para la aprobación de los regímenes de asignación del suplemento aludido.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se ha expedido en el ámbito de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto por el artículo 2º del Anexo I del Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios y el Decreto Nº 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el “RÉGIMEN PARA LA ASIGNACIÓN DEL SUPLEMENTO POR FUNCIÓN ESPECÍFICA DEL PERSONAL QUE DESEMPEÑA OCUPACIONES COMPRENDIDAS EN LOS AGRUPAMIENTOS GENERAL Y PROFESIONAL, ORIENTADAS A LA INSPECCIÓN/CONTROL /VERIFICACIÓN, para el personal que preste funciones en el ámbito del ex MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA; del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS y del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA” incorporadas al Nomenclador de Funciones Específicas del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, a través de la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA N° 35 del 14 de septiembre de 2022 que, como Anexo I IF-2023-02404682-APN-ONEP#JGM, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Apruébase el “PROCEDIMIENTO PARA LA ADECUACIÓN DEL PORCENTAJE y COEFICIENTE DE LOS SUPLEMENTOS POR FUNCIÓN ESPECÍFICA ASIGNADOS AL PERSONAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA en los términos de la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE HACIENDA y de la ex SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA N° 300 de fecha 4 de noviembre de 1994” de conformidad a lo dispuesto por el artículo 6° de la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA N° 35/22, que como Anexo II IF-2023-02404635-APN-ONEP#JGM, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Apruébase el “RÉGIMEN PARA LA ASIGNACIÓN DEL SUPLEMENTO POR FUNCIÓN ESPECÍFICA DEL PERSONAL QUE CUMPLA FUNCIONES PROFESIONALES Y TÉCNICAS DE REALIZACIÓN DE ANÁLISIS DE LABORATORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA” previstas en la Resolución Conjunta de la SECRETARÍA DE HACIENDA y la ex SECRETARÍA DE LA FUNCIÓN PÚBLICA N° 300/94 que, como Anexo III IF-2023-02404603-APN-ONEP#JGM, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Ana Gabriela Castellani

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 25/01/2023 N° 2976/23 v. 25/01/2023

Fecha de publicación 25/01/2023