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SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA

Resolución 5/2023

RESOL-2023-5-APN-SCYP

Ciudad de Buenos Aires, 13/01/2023

VISTO el EX-2022-126349785- -APN-DRRHHYCP#SCYP, la Ley de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 N° 27.591, los Decretos Nros. 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 1035 del 8 de noviembre de 2018 y sus modificatorios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 195 del 28 de febrero de 2020 y su modificatorio, 328 del 31 de marzo de 2020, 882 del 23 de diciembre de 2021, 426 de fecha 21 de julio de 2022, las Resoluciones Nros. 53 del 27 de mayo de 2021, 39 del 26 de enero de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27591 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021.

Que por el Decreto Nº 882 del 23 de diciembre de 2021 se estableció que las disposiciones de la Ley Nº 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2021 regirán a partir a partir del 1° de enero de 2022, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156.

Que por el Decreto N° 1035 de fecha 8 de noviembre de 2018 y sus modificatorios se facultó a las/los Ministras/os, Secretarias/os de la Presidencia de la Nación, Secretarias/os de Gobierno en sus respectivos ámbitos y autoridades máximas de organismos descentralizados a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.

Que, asimismo, mediante el Decreto N° 328 de fecha 31 de marzo de 2020, se autorizó a las/los Ministras/os, Secretarias/os de la Presidencia de la Nación y a las autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar –por ciento ochenta (180) días- las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas, con el fin de asegurar el normal desenvolvimiento de las distintas Jurisdicciones y Entidades que conforman la Administración Pública Nacional, durante el plazo que dure la emergencia sanitaria ampliada por el decreto 260 del 12 de marzo de 2020.

Que mediante la Resolución N° 39 del 26 de enero de 2022 que se detalla en el Anexo que como IF-2022-131249023-APN-SCYP forma parte integrante de la presente medida, se prórrogo el cargo, con carácter transitorio y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles del funcionario allí consignado.

Que, mediante Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaria y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes a la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que, mediante el Decreto N° 195 del 28 de febrero de 2020 y su modificatorio, se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la citada Secretaría.

Que razones operativas justifican prorrogar la designación transitoria del agente mencionado, por un nuevo plazo de CIENTO OCHENTA (180) días.

Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 53 del 27 de mayo de 2021.

Que, a través del Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), concertado entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales mediante el Acta Acuerdo y su Anexo del 05 de septiembre de 2008.

Que la persona propuesta debe ser exceptuada del cumplimiento de los requisitos mínimos previstos en el artículo 14 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.

Que la presente prórroga de designación se encuentra alcanzada por lo dispuesto en el inciso d) del artículo 2° del Decreto N° 426 de fecha 21 de julio de 2022, donde se exceptúa las prórrogas de designaciones transitorias y de contratos.

Que mediante NO-2023-04610415-APN-DPCYF#SCYP se ha ratificado la existencia de crédito presupuestario necesario a fin de atender el gasto resultante de la prórroga alcanzada por la presente medida.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 3° del Decreto N° 1035/18 y sus modificatorios y el artículo 1° del Decreto N° 3258/20.

Por ello,

LA SECRETARIA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. - Dase por prorrogada la designación transitoria del agente que se detalla en el anexo que como IF-2022-131249023-APN-SCYP, forma parte integrante de la presente medida, a partir de la fecha allí detallada y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, en el cargo y nivel allí consignados, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL, homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva del referido Convenio, y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho ordenamiento.

ARTÍCULO 2°. - El cargo involucrado deberá ser cubierto de conformidad con los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II Capítulos III, IV y VIII, y IV del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto N° 2098/08 sus modificatorios y complementarios, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha consignada en el anexo que como IF-2022-131249023-APN-SCYP forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°. - El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 20-17 SAF 368 SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 4°. - Comuníquese a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABIENTE DE MINISTROS, conforme lo dispuesto en el artículo 2° del Decreto N° 328 del 31 de marzo de 2020.

ARTÍCULO 5°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese”.

Gabriela Carla Cerruti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/01/2023 N° 3599/23 v. 30/01/2023

Fecha de publicación 30/01/2023