BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 7683/2023
26/01/2023
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: LISOL 1-1002, REMON 1-1083, OPASI 2-681. Operaciones al contado a liquidar y a término, pases, cauciones, otros derivados y con fondos comunes de inversión. Efectivo mínimo. Afectación de activos en garantía. Relación para los activos inmovilizados y otros conceptos.
Cauciones bursátiles. Adecuaciones.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, establece:
“1. Disponer que las entidades financieras podrán realizar operaciones de caución bursátil tomadoras –pasivas– en pesos, en bolsas y mercados autorizados por la Comisión Nacional de Valores.
2. Establecer que las cauciones bursátiles tomadoras –pasivas– del punto precedente se encuentran excluidas de las obligaciones comprendidas para la determinación de la exigencia de efectivo mínimo en pesos conforme a lo establecido en las normas sobre “Efectivo mínimo”.
3. Autorizar con carácter general que las entidades financieras puedan afectar en garantía los activos objeto de la caución de las operaciones del punto 1. –excepto los computados para integrar el efectivo mínimo–, hasta el límite máximo previsto en el punto 3.2. de las normas sobre “Afectación de activos en garantía”.
4. Excluir a los activos afectados en garantía por las operaciones del punto 1. de las disposiciones de la Sección 1. de las normas sobre “Relación para los activos inmovilizados y otros conceptos”.”
Al respecto, les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas de la referencia. En tal sentido, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero – MARCO LEGAL Y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes - Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA
Mariano E. Leguiza, Gerente de Aplicaciones Normativas a/c - Enrique C. Martin, Gerente de Emisión de Normas.
ANEXO
El/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Solapa “Sistema Financiero” – MARCO LEGAL Y NORMATIVO”).
e. 30/01/2023 N° 3777/23 v. 30/01/2023
Fecha de publicación 30/01/2023