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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

Resolución 141/2023

RESOL-2023-141-APN-MDS

Ciudad de Buenos Aires, 31/01/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-140574622-APN-SAI#MDS, la Resolución RESOL-2021-183-APN-MDS, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley de Ministerios, sus normas modificatorias y complementarias, establece que compete a este MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo inherente a la política social orientada a la asistencia, promoción, cuidados e inclusión social y el desarrollo humano, la seguridad alimentaria, la reducción de la pobreza, el desarrollo de igualdad de oportunidades para los sectores más vulnerables, en particular para las personas con discapacidad, las niñas, los niños y adolescentes, las mujeres y los adultos mayores, la protección de las familias y el fortalecimiento de las organizaciones comunitarias, así como en lo relativo al acceso a la vivienda y el hábitat dignos y a la integración socio urbana, y al cumplimiento de los compromisos asumidos en relación con los tratados internacionales y los convenios multinacionales, en materia de su competencia.

Que, asimismo, mediante Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus normas modificatorias y complementarias, se estableció que es competencia de la SECRETARÍA DE ABORDAJE INTEGRAL de esta cartera ministerial la facultad de entender en el análisis de las realidades territoriales, estableciendo prioridades de relevamiento de necesidades y diseño de las acciones a fin de posibilitar su cumplimiento, diseñar las políticas sociales que promuevan el desarrollo humano desde la integración local y regional, revalorizando el territorio y las economías regionales.

Que, en este marco, desde este MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL, mediante RESOL-2021-183-APN-MDS que oportunamente dejara sin efecto la RESOL-2020-476-APN-MDS, del 3 de marzo de 2021, se aprobó la implementación del PROGRAMA DE ABORDAJE COMUNITARIO “ABRAZAR ARGENTINA”, que tiene como objeto garantizar un sistema de prestaciones que permita asistir con elementos e insumos a aquellas personas en situación de vulnerabilidad social que deban ser atendidas con inmediatez y que como se establece en el mismo, la situación de vulnerabilidad será evaluada por técnicos y/o profesionales idóneos que den cuenta de la misma y de las consecuencias que las circunstancias especiales definidas por el Programa ocasionan en las personas afectadas.

Que en función de ello mediante el ARTÍCULO 3° de la mencionada Resolución se aprobaron los objetivos, lineamientos generales, y acciones del PROGRAMA DE ABORDAJE COMUNITARIO “ABRAZAR ARGENTINA”, y que como ANEXO, identificado como IF-2021-18160238-APN-CSP#MDS, forman parte integrante de la misma.

Que en función de la experiencia acopiada en la implementación del programa, de las observaciones y aportes de los distintos actores que intervienen en los procedimientos que lo llevan adelante, y haciendo una evaluación propia de su ejecución e impacto, emerge como necesario y conveniente la reformulación de sus objetivos y lineamientos generales a fin de optimizar la celeridad, eficacia y alcance del programa, en consonancia tanto con las funciones de su autoridad de aplicación, como con las necesidades de sus destinatarios.

Que la SECRETARÍA DE ABORDAJE INTEGRAL propicia el dictado de la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS tomó la intervención que le compete.

Que la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA ha intervenido en el marco de lo dispuesto por el artículo N° 101 del Decreto N° 1344/2007 y sus modificatorios, y la SECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ha intervenido en el ámbito de sus competencias.

Que el presente acto se dicta en virtud de lo dispuesto en la Ley de Ministerios y sus normas modificatorias y complementarias, el Decreto N° 50/2019 y sus normas modificatorias y complementarias y el Decreto N° 689 del 12 de octubre de 2022.

Por ello,

LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébanse los LINEAMIENTOS GENERALES Y OPERATIVOS del PROGRAMA DE ABORDAJE COMUNITARIO “ABRAZAR ARGENTINA” que como ANEXO I, identificado como IF-2023-06628621-APN-SAI#MDS, forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Déjese sin efecto el artículo 3° de la Resolución RESOL-2021-183-APN-MDS.

ARTÍCULO 3°.- Facúltese a la SECRETARÍA DE ABORDAJE INTEGRAL a dictar las normas y demás acciones que resulten necesarias para la implementación del Programa mencionado en el artículo 1º.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.

Victoria Tolosa Paz

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 02/02/2023 N° 4537/23 v. 02/02/2023

Fecha de publicación 02/02/2023