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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 158/2023

Resolución RESOL-2023-158-APN-ENRE#MEC

ACTA N° 1821

Expediente ENRE N° EX-2022-84832627- -APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 1 de FEBRERO de 2023

El señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de Ampliación de la Capacidad de Transporte Existente presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.), a requerimiento de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE SANTIAGO DEL ESTERO SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESE S.A.), consistente en la ampliación de DOS (2) salidas en 13,2 kV en la Estación Transformadora (ET) Santiago Este, bajo jurisdicción de TRANSNOA S.A. 2.- Publicar la solicitud referida en el artículo 1 de esta resolución, mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en su portal de Internet, por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos y publicar por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en donde se construirá la obra proyectada o en donde pueda afectar eléctricamente, consignando que se otorga un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos a ser computados desde el día siguiente de la última publicación efectuada para que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE. 3.- Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, se convocará a una Audiencia Pública para recibirlas y permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, en caso que no hubiera ninguna presentación fundada al vencimiento de los plazos señalados, este Ente Nacional procederá a dictar un acto administrativo a fin de otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) para la obra mencionada en el artículo 1 de esta resolución. 5.- EDESE S.A. deberá incorporar en su proyecto las observaciones y requerimientos técnicos presentados por TRANSNOA S.A. y CAMMESA a efectos de garantizar el correcto funcionamiento del Sistema Argentino de Interconexión (SADI). 6.- Hágase saber a TRANSNOA S.A. que, en el marco de su Sistema de Gestión Ambiental (SGA), deberá incorporar en el primer Informe de Avance que presente luego de finalizadas las obras, la Auditoría Ambiental de Cierre de las mismas y ajustar el Programa de Monitoreo a fin de asegurar la realización de mediciones de los Campos Electromagnéticos (CEM) que permitan verificar el cumplimiento de los estándares fijados por la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE ENERGÍA (Ex SE) Nº 77 de fecha 12 de marzo de 1998 en el perímetro de la ET Santiago Este. 7.- Hágase saber a TRANSNOA S.A. que las instalaciones involucradas deberán cumplir con los requerimientos de la normativa vigente en materia de Seguridad Pública: a) Resolución ENRE Nº 400 de fecha 16 de noviembre de 2011 (Señalización de instalaciones eléctricas); b) Resolución ENRE Nº 163 de fecha 29 de mayo de 2013 (Estaciones Transformadoras) y; c) Resolución 620 de fecha de fecha 15 de diciembre de 2017 (Guía de Contenidos Mínimos del Sistema de Seguridad Pública de las Empresas Transportistas). 8.- Notificar a TRANSNOA S.A., a EDESE S.A., a CAMMESA y al ENTE REGULADOR DE ENERGÍA SANTIAGO DEL ESTERO (ENRESE). 9.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Sr. Walter Domingo Martello-.

Andrea Laura Erdini, Secretaria Privada, Secretaría del Directorio.

e. 03/02/2023 N° 4889/23 v. 03/02/2023

Fecha de publicación 03/02/2023