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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

Resolución 7/2023

Ciudad de Buenos Aires, 03/02/2023

VISTO, el EX-2022-136911502-APN-DGD#MT, la Ley N° 26.727, el Decreto Nº 301 de fecha 21 de marzo de 2013, el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, las Resoluciones de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario Nº 69 de fecha 30 de agosto del 2016 y N° 149 de fecha 19 de noviembre de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 26.727 se aprobó el Régimen de Trabajo Agrario.

Que el artículo 84 de la citada Ley establece la creación e integración de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, organismo que desarrolla su actuación en el ámbito del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que dicha Comisión Nacional se encuentra integrada por representantes estatales y de las entidades más representativas que agrupan a los empleadores y a los trabajadores de la actividad.

Que el artículo 92 de la Ley N° 26.727 establece que en las zonas que determine la Comisión Nacional de Trabajo Agrario se integrarán Comisiones Asesoras Regionales organismos consultivos dependientes de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, que desarrollan su tarea en las Agencias Territoriales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

Que mediante la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 69 de fecha 30 de agosto de 2016 se estableció un nuevo esquema de regionalización de las Comisiones Asesoras Regionales, dependientes de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario.

Que, con el objeto de garantizar el óptimo funcionamiento y el normal desarrollo de la actividad negocial en las distintas regiones, corresponde designar a los representantes titulares y suplentes de las entidades empleadoras y sindical que integran la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, en los ámbitos de las Comisiones Asesoras Regionales, a propuesta de cada una de las entidades.

Que, en tal sentido, por nota de fecha 08 de noviembre de 2022, obrante en el Orden Nº 2 IF-2022-139431756-APN-CCNTA#MT del Expediente citado en el Visto, la entidad empresaria SOCIEDAD RURAL ARGENTINA propuso designar a los representantes titulares y suplentes ante las distintas Comisiones Asesoras Regionales.

Que en el Anexo Il del Decreto Nro. 50/2019 se establece que corresponde a la secretaría de TRABAJO, la Presidencia de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario.

Que la presente medida se dicta conforme lo previsto por el artículo 95 de la Ley N° 26.727 y la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 149 de fecha 19 de noviembre de 2020.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase para integrar la Comisión Asesora Regional N° 4 por la entidad empresaria SOCIEDAD RURAL ARGENTINA al Sr. RICARDO MANUEL REMONDINO (M.I N° 39.254.509), en carácter de represente titular.

ARTÍCULO 2°.- Desígnase para integrar la Comisión Asesora Regional N° 7 por la entidad empresaria SOCIEDAD RURAL ARGENTINA al Sr. MARTIN CARLOS IGNACIO VERA (M.I N° 30.532.553), en carácter de represente titular.

ARTÍCULO 3°.- Desígnase para integrar la Comisión Asesora Regional N° 8 por la entidad empresaria SOCIEDAD RURAL ARGENTINA al Sr. ALBERTO COLOMBRES GARMENDIA (M.I N° 22.811.305), en carácter de represente titular, y al Sr. MARCO AURELIO PADILLA (M.I N° 12.734.448) en carácter de representante suplente.

ARTÍCULO 4°.- Desígnase para integrar la Comisión Asesora Regional N° 9 por la entidad empresaria SOCIEDAD RURAL ARGENTINA al Sr. CLAUDIO MARCELO ZUK (M.I N° 14.578.393), en carácter de represente titular.

ARTÍCULO 5°.- Desígnase para integrar la Comisión Asesora Regional N° 13 por la entidad empresaria SOCIEDAD RURAL ARGENTINA al Sr. ALBERTO COLOMBRES GARMENDIA (M.I N° 22.877.305), en carácter de represente titular, y al Sr. MARCO AURELIO PADILLA (M.I N° 12.734.448) en carácter de representante suplente.

ARTÍCULO 6°.- Desígnase para integrar la Comisión Asesora Regional N° 14 por la entidad empresaria SOCIEDAD RURAL ARGENTINA al Sr. ALBERTO COLOMBRES GARMENDIA (M.I N° 22.877.305), en carácter de represente titular, y al Sr. MARCO AURELIO PADILLA (M.I N° 12.734.448) en carácter de representante suplente.

ARTÍCULO 7°- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-

Marcelo Claudio Bellotti

e. 07/02/2023 N° 5655/23 v. 07/02/2023

Fecha de publicación 07/02/2023