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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución 212/2023

RESOL-2023-212-APN-ENACOM#JGM

Ciudad de Buenos Aires, 03/02/2023

VISTO el EX-2022-88479729-APN-SDYME#ENACOM, la Resolución ENACOM N° 2.065/2022, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 267 de fecha 29 de diciembre de 2015, se creó el ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, organismo autárquico y descentralizado, como Autoridad de Aplicación de las Leyes Nº 27.078 y Nº 26.522, sus normas modificatorias y reglamentarias, asumiendo las funciones y competencias de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES y de la ex AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACIÓN AUDIOVISUAL.

Que la Ley N° 26.522 regula los Servicios de Comunicación Audiovisual y el desarrollo de mecanismos destinados a la promoción, desconcentración y fomento de la competencia con fines de abaratamiento, democratización y universalización del aprovechamiento de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación.

Que el Artículo 32 de la Ley N° 26.522, establece que las licencias correspondientes a los servicios de comunicación audiovisual no satelitales, que utilicen espectro radioeléctrico, serán adjudicadas mediante el régimen de concurso público abierto y permanente.

Que mediante el dictado de la Resolución ENACOM Nº 2.065/2022, se convocó a Concursos Públicos para la adjudicación de licencias de servicios de comunicación audiovisual de televisión digital terrestre abierta en la norma ISDB-T, conforme los parámetros técnicos consignados en el Anexo identificado como IF-2022-111664725-APN-DNSA#ENACOM del GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES, entre otros, en la provincia de MENDOZA.

Que el Artículo 8° de la Resolución ENACOM Nº 2.065/2022, aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares, que rige el referido proceso de selección, quedando registrado como IF-2022-111672471-APN-DNSA#ENACOM del GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES.

Que las convocatorias en cuestión, se encuentran destinadas a las personas humanas, personas jurídicas con fines de lucro constituidas o en formación y personas jurídicas sin fines de lucro regularmente constituidas.

Que asimismo el Artículo 9° de la Resolución ENACOM N° 2.065/2022 estableció que la presentación de ofertas deberá realizarse del día 13 al 17 de febrero de 2023, mediante el trámite “PRESENTACIÓN OFERTAS CONCURSO TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE ABIERTA”.

Que a fin de planificar las mencionadas convocatorias en las ciudades de MENDOZA, LAS HERAS y MAIPÚ todas ellas de la provincia de MENDOZA, la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS AUDIOVISUALES, solicitó a la DIRECCIÓN NACIONAL DE AUTORIZACIONES Y REGISTROS TIC, la ratificación o rectificación de los parámetros técnicos acordados oportunamente en las convocatorias dispuestas por Resolución AFSCA N° 39/2015 y su modificatoria, las que finalmente fueran dejadas sin efecto por la Resolución ENACOM N° 2.065/2022.

Que publicada la Resolución antes referida, este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha recibido numerosas consultas con motivo de las convocatorias en dichas ciudades, lo que redundaría una gran presentación de ofertas en los mencionados emplazamientos.

Que cabe destacar que uno de los lineamientos de gestión que tiene este organismo es “Avanzar en la regularización de los Servicios de Comunicación Audiovisual y propiciar el fomento de la pluralidad de voces y todas aquellas medidas que propendan a impulsar el federalismo de las comunicaciones, el respeto por las diversidades, la inclusión, el desarrollo comunitario y la libertad de expresión en todo el país.”.

Que ante tal escenario, se solicitó nueva intervención a la DIRECCIÓN NACIONAL DE AUTORIZACIONES Y REGISTROS TIC, a fin de ampliar el requerimiento oportunamente formulado a los efectos de planificación de los Concursos Públicos en las ciudades que nos ocupan, con el objeto de determinar la totalidad de los canales radioeléctricos conforme Resolución AFSCA Nº 24/15, todo ello con la directriz de ponderar la ampliación de los canales disponibles para los concursos en cuestión.

Que en respuesta la DIRECCIÓN NACIONAL DE AUTORIZACIONES Y REGISTROS TIC , informó sobre la posibilidad de analizar la ampliación de los parámetros técnicos consignados en el Anexo identificado como IF2022-111664725-APN-DNSA#ENACOM para la provincia de MENDOZA, sin perjuicio de ello, deja establecido que dicho análisis conllevará realizar acciones y medidas que implicarán cierto tiempo, no pudiendo efectuarse un informe sobre lo requerido con fecha anterior a la presentación de ofertas fijada por la Resolución ENACOM N° 2.065/2022.

Que la elaboración del informe en cuestión implica el desarrollo de tareas conjuntas y coordinadas de la DIRECCIÓN NACIONAL DE SERVICIOS AUDIOVISUALES y la DIRECCIÓN NACIONAL DE AUTORIZACIONES Y REGISTROS TIC.

Que en tales antecedentes y a fin de diagramar nuevas convocatorias en las ciudades de MENDOZA, LAS HERAS y MAIPÚ, todas ellas de la provincia de MENDOZA, corresponde suspender los Concursos Públicos para la adjudicación de licencias de servicios de comunicación audiovisual de televisión digital terrestre abierta en la norma ISDB-T, cuyos parámetros técnicos se encuentran consignados en el IF-2023-12491421-APN-DNSA#ENACOM del GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES, integrante en un todo de la presente Resolución.

Que tal medida implica atender en particular al interés público y social vinculado a la actividad realizada por los servicios de comunicación audiovisual y, simultáneamente, a la necesidad de incorporar nuevos actores a dicho escenario.

Que la proximidad al periodo estipulado por la Resolución ENACOM N° 2065/2022 para la presentación de ofertas en las localizaciones antes mencionadas, da mérito suficiente para que la medida se adopte con carácter urgente “ad referéndum” de aprobación del Directorio de este ENACOM, considerando, además, que la próxima reunión de Directorio tiene previsto desarrollarse durante la última quincena del mes de febrero del corriente año.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Que, asimismo, han tomado la intervención pertinente el Coordinador General de Asuntos Ejecutivos y el Coordinador General de Asuntos Técnicos, conforme lo establecido en el Acta Nº 56 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, de fecha 30 de enero de 2020.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas en el punto 2.2.12 del Acta N° 56 del Directorio del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Suspéndase los Concursos Públicos convocados por la Resolución ENACOM N° 2065/2022, consignados en el Anexo identificado como IF-2023-12491421-APN-DNSA#ENACOM del GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES, integrante en un todo de la presente Resolución, para la adjudicación de licencias de servicios de comunicación audiovisual de televisión digital terrestre abierta en la norma ISDB-T, hasta tanto se dé por finalizado el relevamiento del espectro actual en las ciudades de MENDOZA, LAS HERAS y MAIPÚ, todas ellas de la provincia de MENDOZA y se realice la nueva convocatoria, para las ciudades antedichas, por Resolución del Directorio de este ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES indicando los nuevos parámetros técnicos a tal efecto.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese.

Claudio Julio Ambrosini

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 07/02/2023 N° 5375/23 v. 07/02/2023

Fecha de publicación 07/02/2023