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SECRETARÍA GENERAL

Resolución 42/2023

RESOL-2023-42-APN-SGP

Ciudad de Buenos Aires, 03/02/2023

VISTO el EX-2022-111755223- -APN-CGD#SGP del registro de esta SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, el “Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por Decreto Delegado N° 1.023, de fecha 13 de agosto de 2001, el “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por Decreto Nº 1.030, de fecha 15 de septiembre de 2016, ambos con sus normas modificatorias y complementarias y las Disposiciones Nros. DI-2016-62-E-APN-ONC#MM, DI-2016- 63-E-APN-ONC#MM y DI-2016-65-E-APN-ONC#MM, todas ellas de fecha 27 de septiembre del 2016, de la Oficina Nacional de Contrataciones de la SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN ADMINISTRATIVA del ex - MINISTERIO DE MODERNIZACIÓN; con sus modificatorias con sus complementarias, y;

CONSIDERANDO:

Que, por el expediente citado en el VISTO, tramita la Licitación Pública Nacional N° 23-0031-LPU22, de etapa única, que tiene por objeto contratar UN (1) servicio de manipuleo y transporte de carga, necesario para realizar las exportaciones e importaciones de material aeronáutico para abastecer a las aeronaves de la Flota Aérea Presidencial, por un plazo de DOCE (12) meses, computados a partir de la notificación de la correspondiente Orden de Compra Abierta, o hasta agotar las cantidades máximas requeridas, lo que ocurra primero; con opción a prórroga en iguales términos y condiciones, o fracción menor, solicitado por la Dirección General de Logística de la Subsecretaría de Planificación General de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que, en tal orden de ideas, el artículo 1° de la Disposición DI-2022-417-APN-SSPG#SGP, del 1 de diciembre del año 2022, se autorizó el llamado al procedimiento de selección del contratista mediante la presente licitación de conformidad con lo dispuesto en los artículos 25, inciso a), apartado 1 y 26 inciso a) apartado 1 e inciso b) apartado 1, del “Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado mediante Decreto Delegado Nº 1.023/01, sus modificatorios y complementarios, y los artículos 13, 25, inciso c), y 27 inciso c) del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto N° 1.030/16 y sus normas modificatorias y complementarias.

Que, asimismo, el artículo 2° de la mencionada Disposición, aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares N° PLIEG-2022-130027142-APN-SSPG#SGP, registrado en el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) como y todos sus Anexos.

Que, de conformidad con la normativa vigente, se efectuó la publicación del llamado en el Boletín Oficial de la República Argentina.

Que se envió para su difusión el Pliego de Bases y Condiciones Particulares a la Unión Argentina de Proveedores del Estado, a la Cámara Argentina de Comercio y Servicios y a la Asociación Argentina de Agentes de Carga Internacional.

Que, se efectuó la difusión de la convocatoria en el portal COMPR.AR, y se cursaron las comunicaciones e invitaciones pertinentes, conforme lo dispuesto por el artículo 40 del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por el Decreto N° 1.030/16 y sus normas modificatorias y complementarias.

Que durante el período de publicación y previo al acto de apertura la Dirección de Contrataciones, Patrimonio y Suministros de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN elaboró UNA (1) circular aclaratoria en respuesta a la consulta recibida por UN (1) interesado en el procedimiento de selección y UNA (1) circular modificatoria sin consulta, las cuales fueron debidamente difundidas en el portal COMPR.AR.

Que conforme el Acta de Apertura generada en forma electrónica y automática en el portal COMPR.AR, según constancia obrante en IF-2023-00466652-APN-DCPYSU#SGP, llevada a cabo con fecha 2 de enero de 2023, y de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 11 del Anexo I a la Disposición ONC N° 65 – E/2016, participaron DOS (2) proveedores y se confirmó UNA (1) oferta correspondiente a la firma GF S.A. (CUIT N° 30-70885428-6), habiéndose completado el Cuadro Comparativo de Ofertas, ingresado mediante IF-2023-00466141-APN-DCPYSU#SGP.

Que mediante el artículo 4° de la Disposición DI-2022-417-APN-SSPG#SGP, del 1 de diciembre del año 2022, fueron designados los integrantes de la Comisión Evaluadora de Ofertas para la presente Licitación.

Que, asimismo, la Comisión Evaluadora de Ofertas solicitó a la unidad requirente mediante ME-2023-01513143- APN-DCPYSU#SGP se expida respecto del cumplimiento de los requisitos técnicos y económicos solicitados en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que, en relación a lo solicitado ut supra, la unidad requirente se expidió mediante ME-2023-01962025-APN-DGMA#SGP solicitando se inicie el proceso de solicitud de mejora de precios al proveedor.

Que, posteriormente, dicha Comisión solicitó por medio del ME-2023-03342274-APN-DCPYSU#SGP a la unidad requirente se expida respecto a la mejora de precios solicitada al oferente según constancia obrante en IF-2023-03340149-APN-DCPYSU#SGP.

Que, en consecuencia, la unidad requirente concluyó mediante ME-2023-07107014-APN-DGMA#SGP que la oferta recibida en torno a la presente Licitación se ajusta técnicamente a lo requerido en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y sus Anexos y que los precios resultan económicamente inconvenientes para los renglones Nros 1 a 7 inclusive y convenientes ajustándose a valores actuales de mercado para los renglones Nros. 8 a 14 inclusive.

Que la Comisión Evaluadora de Ofertas se expidió mediante el dictamen de evaluación de ofertas ingresado a la plataforma COMPR.AR según constancia obrante en IF-2023-07211327-APN-DCPYSU#SGP y a través del informe de firma conjunta IF-2023-07175168-APN-DCPYSU#SGP, ambos de fecha 19 de enero del año 2023, aconsejando declarar fracasados los renglones Nros. 1 a 7 inclusive por resultar sus precios inconvenientes y adjudicar los renglones Nros. 8 a 14 inclusive, atento su oferta resulta admisible, ajustarse técnicamente a lo requerido y cumplir con la documentación prevista en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y su precio resultar conveniente a la firma GF S.A. (CUIT N° 30-70885428-6).

Que se difundió el Dictamen de Evaluación de Ofertas, en el sitio COMPR.AR, conforme al artículo 4 del Anexo I de la Disposición N° 65 de la Oficina Nacional de Contrataciones de fecha 27 de septiembre del 2016, según surge de constancia obrante en IF-2023-09794118-APN-DCPYSU#SGP, no presentándose impugnaciones al mismo conforme IF-2023-09802431-APN-DCPYSU#SGP correspondiente al historial del proceso de compra del portal COMPR.AR.

Que en virtud de haberse dictado con fecha 2 de enero del 2023 la Resolución RESOL-2023-1-APN-SGP aprobada por el Secretario General de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, donde se designaron los nuevos integrantes de la Comisión de Recepción Definitiva de Bienes y Servicios de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN corresponde modificar lo dispuesto en el artículo 5° de la DI-2022-417-APN-SSPG#SGP.

Que la Dirección General de Administración de la Subsecretaría de Coordinación de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, ha certificado la existencia de crédito presupuestario.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Subsecretaría de Coordinación de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la medida en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 35 inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07, sus modificatorios y complementarios, lo dispuesto por el artículo 9° primer párrafo, incisos d) y e) y su Anexo y séptimo párrafo y el artículo 75, tercer párrafo, del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional” aprobado por el Decreto N° 1.030/16, con sus modificatorias y complementarias y la RESOL-2023-21-APN-SGP de fecha 13 de enero de 2023.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Apruébase el procedimiento de selección del contratista mediante Licitación Pública Nacional N° 23-0031-LPU22, de etapa única, que tiene por objeto contratar UN (1) servicio de manipuleo y transporte de carga, necesario para realizar las exportaciones e importaciones de material aeronáutico para abastecer a las aeronaves de la Flota Aérea Presidencial, por un plazo de DOCE (12) meses, computados a partir de la notificación de la correspondiente Orden de Compra Abierta, o hasta agotar las cantidades máximas requeridas, lo que ocurra primero; con opción a prórroga en iguales términos y condiciones, o fracción menor, solicitado por la Dirección General de Logística de la Subsecretaría de Planificación General de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, conforme lo normado en los artículos 25, inciso a), apartado 1 y 26 inciso a) apartado 1 e inciso b) apartado 1, del “Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado mediante Decreto Delegado Nº 1.023/01, sus modificatorios y complementarios, y los artículos 13, 25, inciso c), y 27 inciso c) del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto N° 1.030/16 y sus normas modificatorias y complementarias.

ARTÍCULO 2°: Adjudícanse los renglones Nros. 8 a 14 inclusive de la presente Licitación a favor de la firma GF S.A. (CUIT N° 30-70885428-6) por la suma total de DOLARES ESTADOUNIDENSES SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS CUATRO CON 00/100 (u$s 77.704,00) IVA incluido, por resultar su oferta admisible, ajustarse técnicamente a lo requerido y cumplir con la documentación prevista en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y su precio resultar conveniente.

ARTÍCULO 3°: Decláranse fracasados los renglones Nros 1 a 7 inclusive por resultar la oferta presentada por la firma GF S.A. (CUIT N° 30-70885428-6) de precio inconveniente.

ARTÍCULO 4°: Delégase a la Dirección General de Administración de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la facultad de suscribir la pertinente Orden de Compra Abierta y aplicar penalidades al adjudicatario conforme lo previsto en los artículos 75, tercer párrafo y 9°, séptimo párrafo del “Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional”, aprobado por el Decreto N° 1.030/16 y sus modificatorias y complementarias.

ARTÍCULO 5°: El gasto total que demande el cumplimiento de la presente medida, se atenderá con cargo a los créditos de las partidas presupuestarias específicas del presente ejercicio de la JURISDICCIÓN 20.01- SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTICULO 6º: Sustitúyase el artículo 5º de la DI-2022-417-APN-SSPG#SGP, quedando redactado del siguiente modo: “La Comisión de Recepción Definitiva de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN para la presente contratación estará integrada por los miembros designados mediante Resolución RESOL-2023-1-APN-SGP, de fecha 2 de enero del 2023, y su anexo de IF-2023-00324269-APN-SSC#SGP de fecha 2 de enero de 2023.”

ARTÍCULO 7°: El presente Acto Administrativo es susceptible de ser impugnado mediante recurso de reconsideración en el plazo de DIEZ (10) días hábiles y/o recurso jerárquico en el plazo de QUINCE (15) días hábiles, a contar ambos desde la notificación del presente, conforme lo previsto en los artículos 84, 89 y 90 del “Reglamento de Procedimientos Administrativos” Decreto Nº 1759/72 (T.O 2017).

ARTÍCULO 8°: Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Julio Fernando Vitobello

e. 07/02/2023 N° 5571/23 v. 07/02/2023

Fecha de publicación 07/02/2023