Edición del
27 de Marzo de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD SUBSECRETARÍA DE ABORDAJE INTEGRAL DE LAS VIOLENCIAS POR RAZONES DE GÉNERO

Disposición 1/2023

DI-2023-1-APN-SSAIVRG#MMGYD

Ciudad de Buenos Aires, 06/02/2023

VISTO el EX-2023-07145312- -APN-CGD#MMGYD, los Decretos N° 50 del 20 de diciembre de 2019 y N° 65 del 23 de diciembre de 2019, la Resolución del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD N° 186 del 26 de abril de 2021 y la Disposición N° 1/2021 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 50/19 se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de la Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al MINISTERIO DE MUJERES, GENEROS Y DIVERSIDAD.

Que mediante el Decreto N° 65/19 se designó como Subsecretaria de Abordaje Integral de las Violencias por Razones de Género del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD a la Profesora Dra. Laurana MALACALZA.

Que mediante la Resolución N° 186/21 del MINISTERIO DE MUJERES, GENEROS Y DIVERSIDAD se creó el PROGRAMA “PRODUCIR” en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASISTENCIA INTEGRAL A LAS VÍCTIMAS DE VIOLENCIA POR RAZONES DE GÉNERO de la Subsecretaria de Abordaje Integral de las Violencias por Razones de Género, con el objetivo de promover el desarrollo de proyectos de vida con independencia económica de mujeres y LGBTI+ que atraviesen o hayan atravesado situaciones de violencias por motivos de género, mediante el fortalecimiento de proyectos productivos y de unidades económicas a organizaciones sociales.

Que la Resolución mencionada en el considerando anterior resolvió que esta Subsecretaría de Abordaje Integral de las Violencias por Razones de Género implementará el Programa en el ámbito del MINISTERIO DE MUJERES, GENEROS Y DIVERSIDAD.

Que asimismo y de conformidad con lo previsto en el Artículo 3° de la citada Resolución, es función de esta Subsecretaría de Abordaje Integral de las Violencias por Razones de Género designar a una persona como la responsable de la implementación y ejecución del Programa “PRODUCIR”.

Que mediante Disposición N° 1/2021 de la Subsecretaría de Abordaje Integral de las Violencias por Razones de Género se designó en el rol precedentemente descripto a la Licenciada en Sociología Julieta BONILLA (DNI 35.593.179).

Que atendiendo a la renuncia de la Lic. Julieta BONILLA (DNI 35.593.179), a su carácter de responsable de las actividades de implementación y ejecución del Programa “PRODUCIR” a partir del 31 de enero del 2023, se vuelve imprescindible contar con una persona que asuma dicha responsabilidad para dar continuidad al Programa “PRODUCIR”.

Que la Subsecretaria de Abordaje Integral de las Violencias por Razones de Género, propone a tales efectos a la Licenciada en actuación LUCILA GOMEZ VACCARO (DNI 31.114.242) por considerarla como la profesional capacitada para llevar adelante las actividades de implementación y ejecución del Programa “PRODUCIR”.

Que la Licenciada en actuación LUCILA GOMEZ VACCARO reúne las condiciones necesarias para el desempeño de tal responsabilidad.

Que la presente designación será “ad honorem” por lo que no generará erogación alguna para el ESTADO NACIONAL.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS y la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN DE PERSONAL de la SUBSECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA han tomado la intervención de su competencia.

Que la suscripta es competente para el dictado de la presente medida en virtud de las atribuciones previstas en el Artículo 3° de la Resolución del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD N° 186 del 26 de abril de 2021.

Por ello,

La Subsecretaria de Abordaje Integral de las Violencias por Razones de Género

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnese como responsable de la implementación y ejecución del PROGRAMA “PRODUCIR” a la Licenciada en actuación LUCILA GOMEZ VACCARO (DNI 31.114.242) con carácter “ad-honorem” a partir del 01 de febrero de 2023.

ARTÍCULO 2°.- La presente medida no genera erogación presupuestaria adicional alguna

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Laurana Malacalza

e. 08/02/2023 N° 5751/23 v. 08/02/2023

Fecha de publicación 08/02/2023