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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Decisión Administrativa 104/2023

DECAD-2023-104-APN-JGM - Adscripción.

Ciudad de Buenos Aires, 10/02/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2022-10796464-APN-SEEIE#ME y el Decreto Nº 639 del 18 de abril de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la solicitud de adscripción efectuada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires del agente Francisco Ezequiel TRAVIA quien revista en un cargo de la planta permanente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, Nivel C - Grado 6, Agrupamiento Profesional, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N°2098/08, sus modificatorios y complementarios.

Que dicha solicitud obedece a la necesidad de contar con la colaboración del mencionado agente para la realización de diversas tareas en la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que la presente medida no genera menoscabo moral ni económico para el mencionado agente, quien ha prestado su conformidad.

Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 100, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y a lo dispuesto en el Anexo I, punto 4 del Decreto N° 639 del 18 de abril de 2002.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTICULO 1°.- Adscríbese a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el término de TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO (365) días contados a partir de la presente medida, al agente Francisco Ezequiel TRAVIA (D.N.I. Nº 34.772.558), quien revista en UN (1) cargo de la planta permanente del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, Nivel C - Grado 6, Agrupamiento Profesional, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

ARTICULO 2°- Establécese que el agente mencionado en el artículo 1° de la presente medida deberá presentar mensualmente en el área de Recursos Humanos del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, una certificación de prestación de servicios extendida por el responsable del área de Recursos Humanos de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, caso contrario se procederá a la retención de sus haberes.

ARTICULO 3°- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Luis Manzur - Jaime Perczyk

e. 14/02/2023 N° 7587/23 v. 14/02/2023

Fecha de publicación 14/02/2023