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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 126/2023

RESOL-2023-126-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 10/02/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-13044429-APN-DGD#MC, la Ley Nº 27.275 de Acceso a la Información Pública, el Decreto N° 206 de fecha 27 de marzo de 2017, la Resolución Nº 674 de fecha 13 de mayo de 2022 del registro del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.275 de Acceso a la Información Pública tiene por objeto garantizar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la información pública, promover la participación ciudadana y la transparencia de la gestión pública.

Que el artículo 13 de la referida Ley establece que el sujeto requerido sólo podrá negarse a brindar la información solicitada por acto fundado, si se verificara que la misma no existe y que no está obligado legalmente a producirla o que está incluida dentro de alguna de las excepciones previstas en el artículo 8° de la mencionada ley, y prescribe que dicha denegatoria debe ser dispuesta por la máxima autoridad del organismo o entidad requerida.

Que mediante el Decreto N° 206/17 se aprobó, como Anexo I, la reglamentación de la Ley Nº 27.275 de Acceso a la Información Pública.

Que por el artículo 13 del Anexo I del Decreto N° 206/17, se dispuso, entre otros aspectos, que se entenderá como máxima autoridad a Ministros o autoridad de igual rango y máxima autoridad de entes autárquicos y/o descentralizados, entre otros, y se facultó a la máxima autoridad a delegar la emisión del acto de denegatoria de información en un funcionario cuyo cargo no sea inferior al de Director Nacional o equivalente, según el sujeto obligado de que se trate.

Que mediante la Resolución M.C. Nº 674/22 (RESOL-2022-674-APN-MC) se designó al Dr. Sebastián BERARDI BOSANO (D.N.I. N°20.008.456), como titular de la UNIDAD DE ENLACE DE INTEGRIDAD, que por la citada medida se crea y como Responsable de Acceso a la Información Pública, en los términos del artículo 30 de la Ley N° 27.275.

Que, en ese marco, resulta oportuno delegar la atribución conferida por el artículo 13 de la Ley Nº 27.275 de Acceso a la Información Pública en el titular de la UNIDAD DE ENLACE DE INTEGRIDAD y Responsable de Acceso a la Información Pública del MINISTERIO DE CULTURA.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificaciones, el artículo 13 de la Ley N° 27.275 de Acceso a la Información Pública y el artículo 13 del Anexo I del Decreto N° 206/17.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Delegar en el titular de la UNIDAD DE ENLACE DE INTEGRIDAD y Responsable de Acceso a la Información Pública del MINISTERIO DE CULTURA, Dr. Sebastián BERARDI BOSANO (D.N.I. N°20.008.456), la facultad para emitir el acto denegatorio de información en el marco del artículo 13 de la Ley N° 27.275 de Acceso a la Información Pública.

ARTÍCULO 2°.- La presente Resolución comenzará a regir a partir del día de su dictado.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese

Tristán Bauer

e. 14/02/2023 N° 7357/23 v. 14/02/2023

Fecha de publicación 14/02/2023