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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 87/2023

RESOL-2023-87-APN-INASE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 16/02/2023

Visto el Expediente N° EX-2022-128656601-APN-DA#INASE del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, las Leyes Nros. 25.164, y 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2022, vigente conforme el Artículo 27 de la Ley N° 24.156 y sus modificatorias, en los términos del Decreto N° 882 de fecha 23 de diciembre de 2021, los Decretos Nros. 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002, 214 de fecha 27 de febrero de 2006, 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, 281 de fecha 27 de mayo de 2022, y la Resolución Nº RESOL-2022-172-APN-SGYEP#JGM de fecha 9 de agosto de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 281 de fecha 27 de mayo de 2022, se homologó el Acta Acuerdo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) suscripta el día 28 de marzo de 2022 entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales, por cuya Cláusula Segunda se acordó elaborar una propuesta de Compensación Transitoria para el personal contratado para abocarse a labores propias de su incumbencia bajo las modalidades previstas en el Artículo 9° de la Ley Nº 25.164, en el ámbito del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y que desarrolle funciones en puestos profesionales y generales orientados a la Inspección y/o Fiscalización, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008, por parte del Estado Empleador previa consulta a las Entidades Sindicales en el ámbito de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.).

Que, elaborada la propuesta de reglamentación en los términos del acta citada, la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (Co.P.I.C.), se ha expedido favorablemente mediante el Acta N° 172 de fecha 11 de febrero de 2022 (cf., IF-2022-16064393-APN-COPIC), la que fue aprobada por Resolución N° RESOL-2022-172-APN-SGYEP#JGM de fecha 9 de agosto de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que a través del Artículo 1° de la Resolución N° RESOL-2022-172-APN-SGYEP#JGM, se aprobó “EL REGLAMENTO PARA LA ASIGNACIÓN DE COMPENSACIONES TRANSITORIAS PARA EL PERSONAL CONTRATADO BAJO LAS MODALIDADES PREVISTAS POR EL ARTÍCULO 9º DEL ANEXO DE LA LEY N° 25.164 EQUIPARADO AL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) DECRETO N° 2.098/08 ESTABLECIDAS EN RAZÓN DE LAS FUNCIONES DESEMPEÑADAS”.

Que la unidad a cargo de las acciones de personal del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 2° de la citada Resolución N° RESOL-2022-172-APN-SGYEP#JGM.

Que la agente Analista de Semillas Camila DUHOUR VITERITTI (D.N.I. Nº 19.049.659), quien revista actualmente en el Nivel B, Grado 0, bajo la modalidad prevista por el Artículo 9° del Anexo de la Ley N° 25.164, equiparado al SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) Decreto N° 2.098/08, se postuló de conformidad con el Régimen para la Asignación de Compensaciones Transitorias, para percibir una suma equivalente al CUARENTA Y CINCO POR CIENTO (45%) de la asignación básica y dedicación funcional de Nivel B.

Que en oportunidad de suscribir el formulario de certificación en cumplimiento de los requisitos e identificación del puesto, conforme el IF-2022-127527198-APN-DNDSYCF#INASE, la unidad a cargo de las acciones de personal considera que corresponde la Asignación de la Compensación Transitoria, en tanto las funciones a desarrollar en dicho puesto de trabajo resultan afines a las incumbencias de la titulación del trabajador de acuerdo con lo establecido por el Artículo 3º de la Resolución Nº RESOL-2022-172-APN-SGYEP#JGM.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO dependiente de la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado intervención de su competencia.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la suscripta es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en los Artículos 8º y 9º del Decreto Nº 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley Nº 25.845.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Asígnase a partir del dictado de la presente medida y de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8º del “REGLAMENTO PARA LA ASIGNACIÓN DE COMPENSACIONES TRANSITORIAS PARA EL PERSONAL CONTRATADO BAJO LAS MODALIDADES PREVISTAS POR EL ARTÍCULO 9° DEL ANEXO DE LA LEY N° 25.164 EQUIPARADO AL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) DECRETO N° 2.098/08 ESTABLECIDAS EN RAZÓN DE LAS FUNCIONES DESEMPEÑADAS”, aprobado por la Resolución N° RESOL-2022-172-APN-SGYEP#JGM de fecha 9 de agosto de 2022 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a la agente Analista de Semillas Camila DUHOUR VITERITTI (D.N.I. Nº 19.049.659), por desempeñar funciones generales de Inspección en las tareas relativas de control y fiscalización efectuadas para asegurar la identidad y calidad de las semillas y la propiedad intelectual de las creaciones fitogenéticas y garantizar la producción y comercialización de las mismas, el CUARENTA Y CINCO POR CIENTO (45%) de la asignación básica y dedicación funcional de Nivel B.

ARTÍCULO 2°. - La Asignación de la Compensación Transitoria dispuesta en el Artículo 1° de la presente se mantendrá por el plazo indicado en dicho artículo siempre que el trabajador continúe prestando servicios en el mismo puesto, función y dependencia en el que se lo designa por el Artículo 1° y no se modifique su situación de revista en lo que respecta al nivel.

ARTÍCULO 3°. - El gasto que demande el cumplimiento de la medida por el Artículo 1° de la presente resolución, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes al INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, para el Ejercicio 2022.

ARTÍCULO 4°. - Regístrese, comuníquese, notifíquese a la persona interesada, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y oportunamente archívese.

Silvana Babbitt

e. 17/02/2023 N° 8779/23 v. 17/02/2023

Fecha de publicación 17/02/2023