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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DEL INTERIOR

Resolución 24/2023

RESOL-2023-24-APN-MI

Ciudad de Buenos Aires, 16/02/2023

VISTO los Expedientes Nros. EX-2021-28476739- -APN-DDRH#MI, EX-2019-07236581- -APN-DARH#MI y EX-2020-50631463- -APN-DGRH#MI, la Ley N° 25.164, los Decretos Nros. 1421 de fecha 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, 214 de fecha 27 de febrero de 2006, 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 36 de fecha 14 de diciembre de 2019, 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 296 de fecha 18 de marzo de 2020 y 564 de fecha 24 de junio de 2020, la Decisión Administrativa N° 1184 de fecha 2 de julio de 2020, las Resoluciones Nros. 82 de fecha 25 de agosto de 2017, 104 de fecha 15 de abril de 2019, 181 de fecha 25 de junio de 2019 de la entonces SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO, 1 de fecha 30 de enero de 2020 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, 10 de fecha 10 de febrero de 2020 del MINISTERIO DEL INTERIOR, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 3° del Decreto N° 355/17 y sus modificatorios, se facultó a los Ministros a entender en materia de designaciones de personal ingresante a la planta permanente luego de la sustanciación de los respectivos procesos de selección.

Que mediante Resolución N° 104/19 de la entonces SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO, se inició el proceso para la cobertura del cargo de Director de Planeamiento y Gestión del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA.

Que por Resolución N° 181/19 de la entonces SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO, se aprobaron las bases del concurso dictadas por el Comité de Selección designado y se llamó a convocatoria abierta para la cobertura del cargo previamente citado.

Que el proceso concursal en cuestión, alcanzó la instancia de aprobación de bases y llamado a concurso por la resolución citada en el párrafo precedente de conformidad con lo dispuesto en el Anexo I de la Resolución N° 39 de fecha 18 de marzo 2010 y sus modificatorias, de la entonces SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por el artículo 4° del Decreto N° 36/19 se instruyó a los Ministros y Ministras, Secretarios y Secretarias de la Presidencia de la Nación, Autoridades Superiores de organismos descentralizados, Empresas y Sociedades del Estado de la Administración Pública Nacional, a revisar los procesos concursales y de selección de personal, en cualquier instancia en que se encuentren, a fin de analizar su legalidad, y en particular el cumplimiento y pertinencia de los requisitos previstos para el cargo concursado merituando los antecedentes presentados por las y los postulantes.

Que la Resolución N° 1/20 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO reglamenta el procedimiento para el cumplimiento del Decreto N° 36/19, y dispone, en su artículo 7°, que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO dictaminará sobre cada caso en revisión, devolviendo las actuaciones a la Jurisdicción correspondiente para la formalización del acto administrativo, en cada caso que modifique el proceso de selección analizado.

Que el concurso antes mencionado fue analizado de conformidad con lo ordenado por el Decreto N° 36/19 y la Resolución N° 1/20 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO.

Que por la Resolución N° 10/20 del MINISTERIO DEL INTERIOR se conformó el equipo técnico revisor.

Que en consecuencia, habiendo efectuado la revisión encomendada, el equipo técnico revisor concluyó que no existían circunstancias que obstaran a su legalidad, no obstante, lo cual sugirió a las autoridades de este Ministerio “suspender los procesos de selección para cargos con función ejecutiva en tanto se juzga conveniente analizar dichos procesos a la luz de los nuevos objetivos de gestión y de la estructura vigente para el MINISTERIO DEL INTERIOR”.

Que la Dirección de Procesos de Selección de Personal de la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, tomó la intervención de su competencia y dio por cumplidas las exigencias del Decreto N° 36/20 a través de la Nota N° NO-2020- 59789819-APN-DPSP#JGM.

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobaron el Organigrama y los Objetivos de las Unidades Organizativas de la Administración Pública Nacional, y se dispuso la transferencia de las competencias y las unidades organizativas estructurales, con sus respectivas acciones, créditos presupuestarios, bienes, dotaciones y personal, del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, a los MINISTERIOS DEL INTERIOR, de OBRAS PÚBLICAS y de DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT.

Que mediante la Decisión Administrativa N° 1184/20 se aprobó la nueva estructura organizativa de los distintos niveles operativos del MINISTERIO DEL INTERIOR.

Que las estructuras orgánicas de las reparticiones son reglamentos de organización establecidos por el Poder Ejecutivo, que tratan acerca del deslinde de tareas y la asignación de funciones constituyendo la diferente categorización de cargos y funciones en ella establecidas, una potestad que integra la denominada zona de reserva de la Administración. La forma de división del trabajo y la consecuente asignación de atribuciones a los distintos órganos que se determine deberá responder a la estrategia adoptada por cada organismo, con miras al cumplimiento de sus objetivos y de las responsabilidades derivadas de la implementación de las políticas públicas a su cargo (v. Dictámenes 265:172; 305:270).

Que las habilidades, conocimientos y criterios de evaluación oportunamente adoptados en el proceso concursal en cuestión, no se adecúan a los actuales criterios organizativos de gestión y a las necesidades de servicio existentes en esta Jurisdicción, circunstancias estas que resultan motivación suficientemente razonable como para dejarlo sin efecto.

Que las etapas alcanzadas en el concurso en trato conforman actos preparatorios que resuelven etapas previas a la formación de la voluntad administrativa, en el marco de un proceso de toma de decisiones complejo que requiere la intervención de diferentes actores (Dictámenes 264:072).

Que en este sentido, la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en el marco de la intervención de su competencia, manifestó que los procesos aquí revisados estaban en una etapa donde la voluntad de la Administración aún no se había expedido en forma definitiva mediante una designación, por lo que la decisión adoptada por el citado equipo técnico revisor, no vulnera derecho adquirido alguno y responde a necesidades genuinas de gestión, en las que el perfil de los cargos ya no era adecuado a los nuevos tiempos organizacionales de la administración, por tanto, responde a facultades propias de organización de la autoridad administrativa que se ejercieron razonablemente.

Que la Dirección General de Recursos Humanos ha tomado la intervención que le compete.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha intervenido en el ámbito de sus competencias.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas en los artículos 3° del Decreto N° 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y sus modificatorios, 4° del Decreto N° 36 de fecha 14 de diciembre de 2019 y 7° de la Resolución N° 1 de fecha 30 de enero de 2020 de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO.

Por ello,

EL MINISTRO DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. - Déjese sin efecto el proceso de selección de personal del cargo de Director de Planeamiento y Gestión, Nivel B, Función Ejecutiva III, de la entonces SECRETARÍA DE COORDINACIÓN del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, concursado mediante la convocatoria dispuesta por la Resolución N° 181 de fecha 25 de junio de 2019 de la entonces SECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO.

ARTÍCULO 2°. - Notifíquese a los interesados conforme las previsiones del artículo 40 y subsiguientes del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto N° 1.759/72 (T.O. 2017).

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Eduardo Enrique de Pedro

e. 22/02/2023 N° 9020/23 v. 22/02/2023

Fecha de publicación 22/02/2023