Edición del
23 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 173/2023

DI-2023-173-APN-ANSV#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 17/02/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-121595763-APN-SGYEP#JGM, la Ley N° 27.701, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto Nº 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, el Decreto Nº 355 del 23 de mayo de 2017, las Decisiones Administrativas Nros. 449 de fecha 7 mayo de 2021 y 1155 de fecha 26 de noviembre de 2021, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N° 39 de fecha 18 de marzo de 2010 y sus modificatorias, las Resoluciones de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 53 del 27 de mayo de 2021, 131 de fecha 13 de julio de 2022, 182 de fecha 18 de agosto de 2022 y 277 de fecha 7 de diciembre de 2022, y la Resolución del Ministerio de Transporte N° 424 de fecha 18 de mayo de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que mediante las Decisiones Administrativas Nros. 449 de fecha 7 mayo de 2021 y 1155 del 26 de noviembre de 2021 se incorporaron y asignaron cargos vacantes a la planta permanente de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE, con el fin de proceder a la cobertura de cargos vacantes y financiados, mediante los correspondientes procesos de selección de personal a realizarse con carácter de excepción al artículo 7° de la Ley N° 27.591, prorrogado por el Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021 para el Ejercicio 2022.

Que, por la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 131/22, se dio inicio al proceso para la cobertura de CIENTO SESENTA (160) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y se designó a los integrantes del Comité de Selección y al Coordinador Concursal, conforme con lo establecido por el artículo 14 del Anexo I a la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 39 de fecha 18 de marzo 2010 y sus modificatorias.

Que, mediante la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N° 39/10 y sus modificatorias, se aprobó el “Régimen de Selección de Personal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO”.

Que por la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 182/2022, se aprobaron las Bases del Concurso para la cobertura de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO (154) cargos vacantes y financiados, y se llamó a concurso mediante convocatoria interna para la cobertura de estos en la planta permanente de esta AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.

Que, el Comité de Selección se ha expedido en virtud de su competencia, elevando el Orden de Mérito correspondiente a los cargos concursados.

Que mediante la RESOLUCIÓN de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 277/22, se aprobaron los órdenes de mérito correspondientes al proceso de selección para la cobertura de los cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente de este organismo de acuerdo al detalle obrante en el Anexo I del Artículo 1° de la mencionada medida, (IF-2022-120919957-APN-DPSP#JGM). Que, por el artículo 2° de la Resolución mencionada se declaró desierto el Proceso de Selección para los cargos comprendidos en el Anexo II (IF-2022-120920824-APN-DPSP#JGM) de la misma.

Que, por la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 53 de fecha 27 de mayo de 2021 se dispuso que previo a iniciar una designación en planta permanente producto de la sustanciación de procesos de selección, las mismas deberán incluir en el expediente los informes allí consignados, elaborados por las áreas pertinentes de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la Dirección de Recursos Humanos de este organismo se expidió respecto a los grados a asignar, conforme los Artículos 31 y 128 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SINEP, homologado por el Decreto Nº 2.098/2008 y sus modificatorios y complementarios.

Que por el Decreto N° 426/22 se estableció que las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza o fuente de financiamiento, hasta el 31 de diciembre de 2023, quedando exceptuadas de la prohibición prevista conforme al artículo 2°, inciso g) del mencionado Decreto, las designaciones en las plantas permanentes de las entidades y jurisdicciones comprendidas en el inciso a) del art. 8 de la medida, como resultado de procesos de selección de personal ya iniciados o aquellos que se inicien en el futuro mediate convocatorias internas. transitorias conforme al artículo 2°, inciso d) del mencionado Decreto.

Que, el artículo 3° del Decreto Nº 355 del 22 de mayo de 2017 y sus modificatorias, establece que la designación del personal ingresante a la planta permanente como asimismo la promoción del personal que revista en la planta permanente, luego de la sustanciación de los respectivos procesos de selección, en cargos vacantes y financiados presupuestariamente en el ámbito de la Administración Pública Nacional centralizada en cargos de las estructuras organizativas, serán efectuadas en sus respectivas Jurisdicciones por los Ministros, los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y los Secretarios de Gobierno.

Que por la Resolución N° 424/18 del MINISTERIO DE TRANSPORTE, se delegó en el Director Ejecutivo de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV) el ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 3º y 4º del Decreto Nº 355/17.

Que el Articulo 77 de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N° 39/10 establece que una vez emitido el acto que aprueba el orden de mérito, y vencido el plazo para recurrir o resueltos los recursos interpuestos, la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO remitirá las actuaciones a la Jurisdicción o Entidad Descentralizada, según corresponda, en cuya dotación se integre el cargo, a fin de que se disponga la asignación de las vacantes concursadas conforme al orden de mérito o terna, según corresponda.

Que, la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, ha tomado la intervención de su competencia.

Que, la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS, DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD y DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACIÓN han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 355/17, Articulo 77 de la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA N° 39/10, la Resolución Nº 424/18 del MINISTERIO DE TRANSPORTE y por el Artículo 7° inciso b) de la Ley N° 26.363.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1°. - Desígnense en la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, a las personas que se consignan en el Anexo I (DI-2023-18678016-APN-ANSV#MTR) respectivamente, en los Niveles, Grados, Agrupamiento, Tramo y Suplementos, del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y modificatorios.

ARTÍCULO 2°. - Declárese desierto el Proceso de Selección para los cargos comprendidos en el Anexo II (DI-2023-18677963-ANSV#MTR) que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 57 – MINISTERIO DE TRANSPORTE – O.D. 203 – AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.

ARTÍCULO 4°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, y archívese.

Pablo Julian Martinez Carignano

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 23/02/2023 N° 9688/23 v. 23/02/2023

Fecha de publicación 23/02/2023