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Primera sección


MINISTERIO DE TRANSPORTE DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES

Disposición 1/2023

DI-2023-1-APN-DGPYPSYE#MTR

Ciudad de Buenos Aires, 17/02/2023

VISTO el Expediente N° EX-2020-14052426- -APN-DGD#MTR, la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92 y modificatorios), la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2023, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 y N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, los Decretos N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y su modificatorio Decreto N° 820 del 25 de octubre de 2020, Nº 2034 de fecha 4 de diciembre de 2013, N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, N° 335 de fecha 4 de abril de 2020 y N° 692 del 06 de octubre de 2021, las Decisiones Administrativas N° 306 de fecha 13 de marzo de 2018 y N° 1740 de fecha 22 de septiembre de 2020, las Resoluciones N° 727 de fecha 29 de julio de 2014 y N° 2691 de fecha 20 de noviembre de 2015 ambas del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y N° 23 de fecha 20 de enero de 2017, N° 334 de fecha 19 de abril de 2018, N° 253 de fecha 2 de mayo de 2019, N° 109 de fecha 8 de mayo de 2020 y N° 85 de fecha 18 de marzo de 2021, todas del MINISTERIO DE TRANSPORTE; la Disposición N° 2 de fecha 16 de febrero de 2022 de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 2034 de fecha 4 de diciembre de 2013 se aprobó el Modelo de “Acuerdo de Otorgamiento de Línea de Crédito Condicional AR-X1018”, destinado a financiar a través del “Programa de Recuperación de Ferrocarriles Metropolitanos”, operaciones individuales de préstamo dirigidas a cooperar con la REPÚBLICA ARGENTINA en la recuperación de la red de ferrocarriles de pasajeros de la Región Metropolitana de Buenos Aires.

Que, asimismo, mediante el citado Decreto Nº 2034/2013 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BID Nº 2982/OC-AR destinado a financiar parcialmente el “Proyecto de Mejora Integral del Ferrocarril General Roca: Ramal Plaza Constitución - La Plata” suscripto en fecha 13 de diciembre de 2013 entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que el Proyecto tiene por objeto la renovación y electrificación del servicio ferroviario de pasajeros del “Ramal Plaza Constitución - La Plata” del Ferrocarril General Roca y, específicamente, contribuir a la reducción de tiempos de viajes y niveles de accidentalidad y la mejora de la confiabilidad y confort del servicio, a efectos de incrementar la participación modal de este ramal ferroviario en el transporte de pasajeros del corredor Buenos Aires - La Plata.

Que por el Decreto N° 13 de fecha 10 de diciembre de 2015 se modificó la Ley de Ministerios N° 22.520, creando - entre otros- el MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que, por su parte, por el artículo 35 inciso h) del Decreto N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007 y su modificatorio Decreto N° 820 del 25 de octubre de 2020, reglamentario de la Ley N° 24.156, se dispuso que, en caso de autorización y aprobación de gastos referidos a recursos provenientes de operaciones o contratos con Organismos Financieros Internacionales, se dará cumplimiento a las normas establecidas en cada contrato de préstamo, y supletoriamente a la legislación local.

Que, asimismo, por la Decisión Administrativa N° 306 de fecha 13 de marzo de 2018 se aprobaron las estructuras organizativas de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE TRANSPORTE, y se creó, entre otras la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES en el ámbito de la entonces SECRETARÍA DE OBRAS DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que por el Decreto N° 7 de fecha 10 de diciembre de 2019 se modificó la Ley de Ministerios N° 22.520.

Que la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 establece que los órganos de los tres poderes del Estado determinarán, para cada uno de ellos, los límites cuantitativos y cualitativos mediante los cuales podrán contraer compromisos por sí, o por la competencia específica que asignen, al efecto, a los funcionarios de sus dependencias, y que la reglamentación establecerá la competencia para ordenar pagos y efectuar desembolsos y las habilitaciones para pagar que no estén expresamente establecidas en esa ley.

Que a través del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 modificado por su similar Decreto N° 335 de fecha 4 de abril de 2020 se aprobó, entre otras cuestiones, el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría, así como también los objetivos de las Unidades Organizativas establecidas en el referido organigrama.

Que, en ese marco, entre las competencias asignadas a la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE se encuentran las de “Entender en la formulación, gestión, coordinación, supervisión, control y ejecución técnica de los planes, programas y proyectos para el mejoramiento del transporte con financiamiento externo, comprendiendo su monitoreo y auditorías técnicas”.

Que, asimismo, por la Decisión Administrativa N° 1740 de fecha 22 de septiembre de 2020 se aprobó, entre otras cuestiones, la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE TRANSPORTE.

Que, a su vez, la citada Decisión Administrativa N° 1740/2020 estableció las responsabilidades de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, la cual tiene como responsabilidad primaria la de dirigir las acciones vinculadas a la planificación, programación, formulación, implementación, supervisión, monitoreo y evaluación de programas y proyectos con financiamiento externo, que correspondan a las áreas de incumbencia del Ministerio, conforme con los objetivos de política sectorial fijados por el Gobierno Nacional.

Que asimismo se destaca que la REPÚBLICA ARGENTINA solicitó al BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO modificar, el Contrato de Préstamo BID N° 2982/OC-AR destinado a la ejecución del “Proyecto de Mejora Integral del Ferrocarril General Roca: Ramal Plaza Constitución - La Plata” en cuanto a su objetivo y costo total del Proyecto, entre otras cuestiones y, a su vez, aprobar un financiamiento adicional destinado a cooperar en la ejecución del Proyecto.

Que a través del Decreto N° 692 del 06 de octubre de 2021, publicado en el Boletín Oficial el día 07 de octubre del corriente, se aprobó el Modelo de Contrato Modificatorio N° 3 al Contrato de Préstamo BID N° 2982/OC-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), destinado a cooperar en la ejecución del “Proyecto de Mejora Integral del Ferrocarril General Roca: Ramal Plaza Constitución - La Plata”, que fue firmado por las partes el 1° de noviembre de 2021.

Que asimismo, mediante el artículo 2° del mencionado Decreto N° 692/21 se aprobó el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5320/OC-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO TREINTA MILLONES (USD 130.000.000), destinado a financiar el “Proyecto de Mejora Integral del Ferrocarril Gral. Roca, Ramal Plaza Constitución – La Plata: Reformulación y Financiamiento Adicional”.

Que mediante el artículo 5° del mencionado Decreto N° 692/21, se designó como “Organismo Ejecutor” del “Proyecto de Mejora Integral del Ferrocarril Gral. Roca, Ramal Plaza Constitución – La Plata: Reformulación y Financiamiento Adicional” al MINISTERIO DE TRANSPORTE, a través de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES dependiente de la Subsecretaría de Gestión Administrativa de dicho Ministerio, otorgando las facultades para realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del mencionado Proyecto.

Que a los fines de avanzar en la ejecución del “PROYECTO DE MEJORA INTEGRAL DEL FERROCARRIL GENERAL ROCA: RAMAL PLAZA CONSTITUCIÓN - LA PLATA” resultó necesario contratar un servicio de auditoría financiera externa bajo el método de Selección Basado en la Calidad y el Costo de los Consultores (SBCC) cuyo respectivo trámite deberá ajustarse a los procedimientos previstos en las “Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO” (GN2350-9), edición del mes de marzo de 2011, conforme lo establecido en el Contrato de Préstamo indicado en los considerandos precedentes.

Que en fecha 27 de junio de 2014 el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) comunicó su “No Objeción” al Modelo de Contrato a suscribir con la firma PRICE WATERHOUSE & CO S.R.L., el Acta de Negociación y a sus Anexos, correspondientes a la contratación referida.

Que, en este sentido, mediante la Resolución N° 727 de fecha 29 de julio de 2014 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE se aprobó lo actuado en el procedimiento de contratación correspondiente a los servicios de “Auditoría del Proyecto de Mejora Integral del Ferrocarril Gral. Roca: Ramal Plaza Constitución La Plata, financiada en el marco del “PROYECTO DE MEJORA INTEGRAL DEL FERROCARRIL GENERAL ROCA: RAMAL PLAZA CONSTITUCIÓN - LA PLATA”, Préstamo BID N° 2982/OC/AR, adjudicándose a la firma PRICE WATERHOUSE & CO S.R.L. por la suma de PESOS QUINIENTOS SIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA ($ 507.950), IVA incluido.

Que en fecha 31 de julio de 2014 se suscribió el Contrato de Servicios de Auditoría Externa con la firma PRICE WATERHOUSE & CO S.R.L. por el monto referido en el considerando anterior, contemplando el Ejercicio 2014 como período a auditar durante la prestación de dicho servicio.

Que el marco de la contratación conformado por las Políticas citadas precedentemente, prevé en la Cláusula 3.10 (a) y 3.11 la Selección Directa por sobre el proceso competitivo, en el caso de servicios que constituyen una continuación natural de servicios realizados anteriormente por la firma.

Que, en este sentido, procede la mencionada Selección Directa en los términos de la Cláusula 8.2 del Contrato de Servicios de Auditoría Externa que contempla la renovación del mismo en forma sucesiva y hasta la finalización de la ejecución del “PROYECTO DE MEJORA INTEGRAL DEL FERROCARRIL GENERAL ROCA: RAMAL PLAZA CONSTITUCIÓN - LA PLATA”, en la medida de existir acuerdo entre el contratante y el auditor, previa “No Objeción” del BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que, en función de lo expuesto, por la Resolución N° 2691 de fecha 20 de noviembre de 2015 del entonces MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE se aprobó la renovación correspondiente a los servicios de “Auditoría del Proyecto de Mejora Integral del Ferrocarril General Roca: Ramal Plaza Constitución La Plata”, Préstamo BID N° 2982/OC-AR, con la firma PRICE WATERHOUSE & CO S.R.L., a los efectos de auditar el período fiscal comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2015, habiéndose suscripto con fecha 2 de diciembre de 2015 el Contrato pertinente.

Que, posteriormente, mediante la Resolución N° 23 de fecha 20 de enero de 2017 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se aprobó la renovación del referido servicio de auditoría con la firma PRICE WATERHOUSE & CO S.R.L., a los efectos de auditar el período fiscal comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2016, habiéndose suscripto el correspondiente Contrato en fecha 26 de enero de 2017.

Que, posteriormente, mediante la Resolución N° 334 de fecha 19 de abril del 2018 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se aprobó la renovación del referido servicio de auditoría con la firma PRICE WATERHOUSE & CO S.R.L., a los efectos de auditar el período fiscal comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2017, rubricándose el Contrato correspondiente el 19 de abril de 2018.

Que, en el mismo sentido, por la Resolución N° 253 de fecha 2 de mayo de 2019 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se aprobó y se adjudicó la renovación del servicio de “Auditoría del Proyecto de Mejora Integral del Ferrocarril General Roca: Ramal Plaza Constitución - La Plata” Préstamo BID N° 2982/OC-AR con la mencionada firma consultora con el objeto de auditar el período fiscal comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2018, rubricándose el Contrato correspondiente el 2 de mayo de 2019.

Que, a su vez, por la Resolución N° 109 de fecha 8 de mayo de 2020 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se aprobó y se adjudicó la renovación del servicio de “Auditoría del Proyecto de Mejora Integral del Ferrocarril General Roca: Ramal Plaza Constitución - La Plata” Préstamo BID 2982/OC-AR con la mentada firma consultora, con el objeto de auditar el período fiscal comprendido entre el 1° de enero 2019 al 31 de diciembre de 2019, rubricándose el Contrato correspondiente el 9 de junio de 2020.

Que, posteriormente, por la Resolución N° 85 de fecha 18 de marzo de 2021 del MINISTERIO DE TRANSPORTE se aprobó y se adjudicó la renovación del servicio de “Auditoría del Proyecto de Mejora Integral del Ferrocarril General Roca: Ramal Plaza Constitución - La Plata” Préstamo BID 2982/OC-AR con la mentada firma consultora, con el objeto de auditar el período fiscal comprendido entre el 1° de enero 2020 al 31 de diciembre de 2020, rubricándose el Contrato correspondiente el 23 de marzo de 2021.

Que por la Disposición N° 2 de fecha 16 de febrero de 2022 de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, se aprobó y se adjudicó la renovación del servicio de “Auditoría del Proyecto de Mejora Integral del Ferrocarril General Roca: Ramal Plaza Constitución - La Plata” Préstamo BID 2982/OC-AR con la mentada firma consultora, con el objeto de auditar el período fiscal comprendido entre el 1° de enero 2021 al 31 de diciembre de 2021, rubricándose el Contrato correspondiente el 22 de febrero de 2022.

Que, en función de las consideraciones expuestas, resulta necesario instrumentar la renovación del contrato de auditoría externa suscripto con la firma PRICE WATERHOUSE & CO S.R.L., con el objeto de auditar el período comprendido entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2022, en virtud a lo establecido en la Cláusula 5.03 “Estados Financieros” del Convenio de Préstamo, en cuanto establece que el prestatario se compromete a presentar dentro del plazo de CIENTO VEINTE (120) días siguientes a cada ejercicio económico los estados financieros auditados del Proyecto debidamente dictaminados por una firma auditora independiente.

Que, a estos efectos, la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE mediante la Nota N° NO-2022-127063163-APN-SSGA#MTR de fecha 24 de noviembre de 2022, solicitó al BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) la “No Objeción” a los términos de referencia, al modelo de invitación a la firma PRICE & WATERHOUSE & CO S.R.L., y al modelo de contrato a suscribirse, para dar inicio al proceso de recontratación de la auditoría por el ejercicio 2022 con la firma antes mencionada, indicando que audita el proyecto desde el primer ejercicio financiero.

Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), mediante la Nota N° CSC/CAR 3350/2022 de fecha 6 de diciembre de 2022 registrada en el sistema de Gestión Documental Electrónica con el N° IF-2022- 132499051-APN-DAPYPSYE#MTR, comunicó su “No Objeción” al proceso de contratación de la firma PRICE WATERHOUSE & CO S.R.L., así como a los documentos presentados.

Que, en virtud de lo expuesto, la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES dependiente de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE mediante la Nota N° NO-2022-134321104-APN-DGPYPSYE#MTR del 14 de diciembre de 2022 invitó a la firma PRICE WATERHOUSE & CO S.R.L a presentar propuesta para el servicio de auditoría externa correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de enero de 2022 y el 31 de diciembre de 2022, adjuntando a dichos fines los términos de referencia.

Que, a estos efectos, la mencionada firma presentó con fecha 5 de enero de 2023 su Propuesta Técnica y con fecha 6 de enero 2023 su propuesta Financiera por un monto de PESOS DOCE MILLONES SESENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS VEINTINUEVE CON 00/100 ($ 12.064.429.-), sin impuestos; registradas en el sistema de Gestión Documental Electrónica bajo los Nros. IF-2023-04139326-APN-DAPYPSYE#MTR e IF-2023-04140172- APN-DAPYPSYE#MTR.

Que al monto de la Propuesta de Precio mencionada corresponde la aplicación de la alícuota del VEINTIÚN POR CIENTO (21%) correspondiente al Impuesto al Valor Agregado, ascendiendo de esta manera al monto total a adjudicar a la suma de PESOS CATORCE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 09/100 ($ 14.597.959.09).

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, mediante la Nota N° NO-2023-04853786-APN-SSGA#MTR de fecha 12 de enero de 2023, remitió al BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) la propuesta técnica y financiera de la firma consultora a fin de obtener la “No Objeción” de dicho Banco con el objeto de procurar la renovación de la contratación por el período fiscal comprendido entre el 01 de enero del 2022 al 31 de diciembre del 2022.

Que el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID), mediante la Nota N° CSC/CAR 126/2023 de fecha 18 de enero de 2023, registrada en el sistema de Gestión Documental Electrónica con el N° IF-2023- 07155340-APN-DAPYPSYE#MTR, comunicó su “No Objeción” a las propuestas Técnica y Financiera remitidos por la firma PRICE WATERHOUSE & CO S.R.L., con el objeto de gestionar la renovación de la contratación por el período fiscal comprendido entre el 01 de enero del 2022 al 31 de diciembre del 2022.

Que la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE, a través de la Providencia N° PV-2023-07853885-APN-DAPYPSYE#MTR de fecha 20 de enero del 2023, informó que la matriz financiera de los Convenios de Préstamo dentro del Subcomponente 1.2 Seguimiento, evaluación y auditoría, prevé los fondos necesarios para la ejecución de los gastos relacionados con la Auditoría Financiera del Proyecto. Asimismo, informó que existen previsiones presupuestarias y financieras para afrontar el pago de la Auditoría Financiera del Proyecto por un monto de PESOS CATORCE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 09/100 ($ 14.597.959.09), IVA incluido, que se imputarán al presupuesto vigente, SAF 327 – Jurisdicción 57 – Programa 67 Proyecto 16 - Inciso 3 partida principal 4, de fuente 22, que se financiará con recursos de los Préstamo BID 2982/OC-AR - BID 5320/OC-AR.

Que, en esta instancia, corresponde aprobar el procedimiento de renovación de la contratación de los servicios de “Auditoría del Proyecto de Mejora Integral del Ferrocarril General Roca: Ramal Plaza Constitución - La Plata” financiada en el marco del “PROYECTO DE MEJORA INTEGRAL DEL FERROCARRIL GENERAL ROCA: RAMAL PLAZA CONSTITUCIÓN - LA PLATA”, Préstamo BID N° 2982/OC-AR; y la adjudicación de la misma a la firma PRICE WATERHOUSE & CO S.R.L., en virtud de lo expuesto precedentemente.

Que la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE PRESUPUESTO dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN DE DICTÁMENES dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE TRANSPORTE ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92), por el artículo 35 inciso h) del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de control del Sector Público Nacional N° 24.156 (aprobado por el Decreto N° 1344 de fecha 4 de octubre de 2007), por el Decreto Nº 2034 de fecha 4 de diciembre de 2013, N° 692 del 6 de octubre de 2021 y la Decisión Administrativa N° 1740 de fecha 22 de septiembre de 2020.

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase el procedimiento de renovación de la contratación de los servicios de “Auditoría del Proyecto de Mejora Integral del Ferrocarril General Roca: Ramal Plaza Constitución - La Plata” financiada en el marco del “PROYECTO DE MEJORA INTEGRAL DEL FERROCARRIL GENERAL ROCA: RAMAL PLAZA CONSTITUCIÓN - LA PLATA”, Préstamo BID N° 2982/OC-AR y BID N° 5320/OC-AR, para la realización de la auditoría correspondiente al período fiscal comprendido entre el 1° de enero 2022 al 31 de diciembre de 2022. El mencionado procedimiento se llevó a cabo con ajuste a lo establecido en las “Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO” (GN-2350- 9), edición del mes de marzo de 2011.

ARTÍCULO 2°.- Adjudícase la contratación correspondiente a los servicios de “Auditoría del Proyecto de Mejora Integral del Ferrocarril General Roca: Ramal Plaza Constitución - La Plata” a la firma PRICE WATERHOUSE & CO S.R.L., por la suma total de PESOS CATORCE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 09/100 ($ 14.597.959.09), IVA incluido, a los efectos de auditar el período fiscal 1° de enero 2022 al 31 de diciembre de 2022, conforme a los términos establecidos en el Contrato, cuyo modelo se aprueba en el Anexo (IF-2023-07893240-APN-DAPYPSYE#MTR) que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande la presente contratación será imputado a la siguiente partida presupuestaria: Ejercicio 2023, SAF 327 – Jurisdicción 57 – Programa 67 Proyecto 16 - Inciso 3 partida principal 4, de fuente 22, que se financiará con recursos de los Préstamo BID 2982/OC-AR - BID N° 5320/OC-AR.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Carla Andrea Graziotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 23/02/2023 N° 9568/23 v. 23/02/2023

Fecha de publicación 23/02/2023