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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 165/2023

RESOL-2023-165-APN-ST#MT

Ciudad de Buenos Aires, 02/02/2023

VISTO el EX-2022-11789366- -APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o. 2004), y

CONSIDERANDO:

Que en las páginas 1/2 del RE-2022-11789200-APN-DGD#MT del EX-2022-11789366- -APN-DGD#MT obra el acuerdo celebrado por el SINDICATO UNIDOS PORTUARIOS ARGENTINOS PUERTO CAMPANA , por la parte sindical, y por la parte empleadora el COMPLEJO PORTUARIO EUROAMERICA SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en dicho instrumento las partes pactan un bono de fin de año con carácter extraordinario, bajo los términos y condiciones allí descriptos.

Que, en relación a la suma pactada, corresponde hacer saber a las partes lo establecido en el artículo 103 de la Ley de Contrato de Trabajo N° 20.744 (t.o. 1.976)

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando su personería y facultades para negociar colectivamente por ante esta Cartera de Estado.

Que el ámbito de aplicación se circunscribe a la correspondencia entre la representatividad que ostenta el sector empresarial firmante y la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que en tal sentido se deja indicado que la aplicación del presente queda circunscripta al personal representado por la entidad sindical firmante, conforme a los alcances de su personería gremial.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.

Que sin perjuicio de ello, corresponde señalar que la homologación que por la presente se dicta no alcanza el anexo de trabajadores obrante en páginas 3/6 del RE-2022-11789200-APN-DGD#MT dado su carácter pluriindivicual.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DECTO-2019-75-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Declárese homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO UNIDOS PORTUARIOS ARGENTINOS PUERTO CAMPANA, por la parte sindical, y por la parte empleadora el COMPLEJO PORTUARIO EUROAMERICA SOCIEDAD ANONIMA, que luce en las páginas 1/2 del RE-2022-11789200-APN-DGD#MT del EX-2022-11789366- -APN-DGD#MT, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o 2004).

ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Subsecretaria de Gestión Administrativa. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a los fines del registro del instrumento identificado en el Artículo 1° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3º.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o.2004).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Marcelo Claudio Bellotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 23/02/2023 N° 9161/23 v. 23/02/2023

Fecha de publicación 23/02/2023