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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - SECRETARÍA DE TRABAJO

Resolución 272/2023

RESOL-2023-272-APN-ST#MT

Ciudad de Buenos Aires, 07/02/2023

VISTO el EX-2021-124846689-APN-DGD#MT del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL la Ley N° 14.250 (t.o. 2004), la Ley N° 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley N° 23.546 (t.o. 2004), y

CONSIDERANDO:

Que en la páginas 1/2 del IF-2021-124848041-APN-DGD#MT del EX-2021-124846689-APN-DGD#MT obra el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION FILIAL BUENOS AIRES, por el sector sindical, y la firma ELABORADORA ARGENTINA DE CEREALES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por el sector empleador, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del presente se establece el otorgamiento de una gratificación extraordinaria de carácter no remunerativo, dentro de los términos y lineamientos estipulados, para el personal que presta servicios en la Planta Barracas.

Que en relación con el carácter atribuido a la suma pactada en el acuerdo, corresponde hacer saber a las partes lo establecido en el Artículo 103 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976).

Que cabe dejar indicado que lo estipulado en la cláusula tercera del acuerdo no quedará incluido dentro de los alcances de la homologación que por la presente se dicta, en cuanto se trata de una manifestación unilateral efectuada por una de las partes, ajena a las previsiones del derecho colectivo de trabajo.

Que el ámbito de aplicación de los mentados instrumentos se circunscribe a la estricta correspondencia entre el alcance de representación del sector empresario firmante, y los ámbitos personal y territorial de la entidad sindical de marras, emergentes de su personería gremial.

Que los agentes negociales han ratificado el contenido y firmas allí insertas, acreditando sus personerías y facultades para negociar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que las cláusulas pactadas no contienen aspectos que afecten o alteren el ordenamiento legal vigente.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades del suscripto para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el DCTO-2019-75-APN-PTE.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase homologado el acuerdo que luce en la páginas 1/2 del IF-2021-124848041-APN-DGD#MT del EX-2021-124846689-APN-DGD#MT celebrado entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE INDUSTRIAS DE LA ALIMENTACION FILIAL BUENOS AIRES, por el sector sindical, y la firma ELABORADORA ARGENTINA DE CEREALES SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, por el sector empleador, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 2º.- Gírese a la Dirección de Gestión Documental dependiente de la Subsecretaria de Gestión Administrativa. Cumplido, pase a la Dirección Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo a fin de que proceda al registro del instrumento identificado en el artículo 1° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente junto al Convenio Colectivo de Trabajo N° 244/94.

ARTÍCULO 4°.- Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del instrumento homologado y de esta Resolución, resultará aplicable lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley N° 14.250 (t.o. 2004).

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Marcelo Claudio Bellotti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 01/03/2023 N° 11008/23 v. 01/03/2023

Fecha de publicación 01/03/2023