Edición del
25 de Abril de 2024

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO

Resolución 350/2023

RESOL-2023-350-APN-INT#MC

Ciudad de Buenos Aires, 01/03/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-19251012- -APN-DAF#INT, la Ley N° 24.800, el Decreto Reglamentario N° 991 del 24 de setiembre de 1997, la Ley 19.549 y su Decreto Reglamentario N° 1752/72 (T.O. 2017), el Decreto Nº 7 del 10 de diciembre de 2019, modificatorio de la Ley de Ministerios N° 22.520 y el Decreto N° 50/2019 (T.O. 1992), el Decreto N° 891 de fecha 1° de noviembre de 2017, Decisión Administrativa 1579 de fecha 29 de diciembre de 2016, la Resolución INT N° 1481 de fecha 23 de noviembre de 2015 y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 24.800 creó al INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO como organismo rector de la promoción y desarrollo teatral y autoridad de aplicación de la mencionada ley, como organismo descentralizado y autárquico en jurisdicción del MINISTERIO DE CULTURA DE LA NACIÓN.

Que la Decisión Administrativa Nº 1579 de fecha 29 de diciembre de 2016 aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE CULTURA, creando entre otras, la Dirección de Administración y Finanzas, y homologó y reasignó en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas, los cargos pertenecientes al INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO

Que por la Resolución N° 1481 del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO de fecha 23 de noviembre de 2015, se resolvió que todas las funciones que hagan a la gestión administrativa del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO son facultades exclusivas del Director Ejecutivo, en su carácter de representante legal del Instituto y responsable del Sistema de Administración Financiera de la entidad que representa y que todas las atribuciones contempladas en el Artículo 8° de la Ley N° 24.800 son competencia exclusiva del Director Ejecutivo del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO.

Que además se resolvió que las atribuciones contempladas en los Artículos 14, 21, 22 y 23 de la Ley N° 24.800 son funciones de competencia exclusiva del Consejo de Dirección del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO por cuanto son funciones relacionadas con los fines específicos para los cuales fue sancionada dicha norma, es decir, promover y fomentar la actividad teatral.

Que la aplicación de los recursos previstos en el apartado a) del Artículo 25 de la Ley N° 24.800 es competencia exclusiva del Director Ejecutivo del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, por comprender actos necesarios para la gestión administrativa del ente.

Que la aplicación de los recursos previstos en el apartado b) del Artículo 25 de la Ley N° 24.800 es competencia exclusiva del Consejo de Dirección del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, siendo estos fondos los aludidos en el inciso l) del Artículo 14 de la Ley N° 24.800.

Que el Decreto N° 891 de fecha 1° de noviembre de 2017 establece que las normas y regulaciones que se dicten deberán ser simples, claras, precisas y de fácil comprensión.

Que el Sector Público Nacional deberá confeccionar textos actualizados de sus normas regulatorias y de las guías de los trámites a su cargo.

Que según el Acta Nº 693 de fecha 23 de febrero de 2023, el Consejo de Dirección del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO analizó la vigencia de la Resolución INT N° 1481 de fecha 23 de noviembre de 2015 y consideró que la misma es extemporánea respecto a las prácticas y políticas institucionales implementadas durante los últimos TRES (3) años de gestión del organismo.

Que el INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO a través de las decisiones, aprobaciones y resoluciones por parte del Consejo de Dirección y del Director Ejecutivo ha superado cualquier “conflicto de competencias” descriptas por el Acto Administrativo mencionado.

Que, tal como obra en las Actas del Consejo de Dirección, se han generado ámbitos y comisiones de trabajo integradores, consensuados y transversales entre Representantes Provinciales, Integrantes del Consejo de Dirección, Directores, Coordinadores y agentes del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO que convalidan el diálogo y debate como herramientas de trabajo y práctica política ventajosas para las definiciones y conducciones del Instituto Nacional del Teatro.

Que han tomado intervención la Dirección de Asuntos Jurídicos y la Unidad de Auditoria Interna del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO.

Que la presente medida se halla encuadrada en las facultades otorgadas por la Ley N° 24.800 y el Decreto Reglamentario Nº 991 del 24 de septiembre de 1997.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1° - Déjase sin efecto la Resolución Nº 1481 del INSTITUTO NACIONAL DEL TEATRO, de fecha 23 de noviembre de 2015, a partir de la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA de la presente medida.

ARTÍCULO 2° - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Gustavo Ariel Uano

e. 03/03/2023 N° 12078/23 v. 03/03/2023

Fecha de publicación 03/03/2023