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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA

Resolución Sintetizada 182/2023

EX-2023-09673900- -APN-DGTYA#SENASA - RESOLUCIÓN N° RESOL-2023-182-APN-PRES#SENASA DE FECHA 2 DE MARZO DE 2023

LA PRESIDENTA DEL SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Prorróguese, a partir del 13 de enero de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días contados desde el dictado de la presente medida, la designación transitoria como Coordinador Regional de Protección Vegetal de la Dirección de Centro Regional Cuyo, dependiente de la Dirección Nacional de Operaciones del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, cargo homologado por la Decisión Administrativa N° DECAD-2021-47-APN-JGM del 1 de febrero de 2021, al Ingeniero Agrónomo D. Carlos Esteban BONTCHEFF MINEFF (M.I. N° 22.426.690), dispuesta por el Decreto N° 2.337 del 9 de diciembre de 2014 y prorrogada mediante las Resoluciones Nros. 754 del 20 de diciembre de 2016, RESOL-2018-525-APN-PRES#SENASA del 4 de septiembre de 2018, RESOL-2020-478-APN-PRES#SENASA del 21 de julio de 2020, RESOL-2021-257-APN-PRES#SENASA del 17 de mayo de 2021 y RESOL-2022-222-APN-PRES#SENASA del 22 de abril de 2022, todas del citado Servicio Nacional, quien revista en el Agrupamiento Operativo, Categoría Profesional, Grado 7, Tramo General del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el personal del referido Servicio Nacional, homologado por el Decreto Nº 40 del 25 de enero de 2007 y sus modificatorios, autorizándose el correspondiente pago de la Función Directiva IV.

ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme el sistema de selección previsto por la Resolución Conjunta Nº RESFC-2022-2-APN-PRES#SENASA del 1 de diciembre de 2022 del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA y de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida se imputará con cargo a las partidas específicas del presupuesto del SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA para el ejercicio vigente.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Brenda Martínez Almudevar, Coordinadora, Dirección General Técnica y Administrativa.

e. 03/03/2023 N° 12200/23 v. 03/03/2023

Fecha de publicación 03/03/2023