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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

Resolución 101/2023

RESOL-2023-101-APN-MCT

Ciudad de Buenos Aires, 24/02/2023

VISTO el EX2022-50588197-APN-DDYGD#MCT, la Ley 27.701, los Decretos N° 2098 del 03 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, Nº 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, Nº 50 del 19 de diciembre de 2019, Nº 640 del 21 de septiembre de 2021, DCTO-2022-426-APN-PTE de fecha 21 de julio de 2022, DECAD-2020-1461-APN-JGM de fecha 12 de agosto de 2020, DECAD-2021-1284-APN-JGM de fecha 29 de diciembre de 2021, RESOL-2022-220-APN-MCT de fecha 30 de mayo de 2022 y,

CONSIDERANDO

Que por la Ley 27.701 se aprobó el Presupuesto General para la Administración Pública Nacional para el Ejercicio 2023.

Que por el Decreto Nº 355/17 y sus modificatorios se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, serán efectuados por el Jefe de Gabinete de Ministros, en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto Nº 7/19 se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92 y sus modificatorias) y se creó, entre otros, el MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.

Que por el Decreto Nº 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes a la citada Jurisdicción.

Que por el Decreto 426/22 se dispuso que las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8º de la Ley 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza.

Que la prórroga de designación transitoria que se propicia queda inmersa en las excepciones previstas en el inciso d) del artículo 2º del citado Decreto.

Que por la DECAD-2020-1461-APN-JGM se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Ministerio.

Que mediante DECAD-2021-1284-APN-JGM del 29 de diciembre de 2021 se designó transitoriamente en el cargo de Director de Comunicación y Prensa de la UNIDAD DE GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, al Licenciado Lisandro SABANÉS (D.N.I. 23.867.071).

Que por razones de índole operativa no se han podido tramitar los procesos de selección para la cobertura del cargo en cuestión, razón por la cual se solicita la prórroga de la designación transitoria aludida.

Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 100 inciso 3º de la CONSTITUCION NACIONAL, 2º del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017 y Decreto Nº 640 del 21 de septiembre de 2021.

Por ello,

EL MINISTRO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1°: -Prorrogar, a partir del 17 de marzo de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA DÍAS (180) días hábiles, la designación transitoria efectuada, cuya última prórroga operó por conducto de la RESOL-2022-220-APN-MCT de fecha 30 de mayo de 2022, al Licenciado Lisandro SABANÉS (D.N.I. N° 23.867.071), el cargo de Director de Comunicación y Prensa de la UNIDAD DE GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN, Nivel A-Grado 0, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel II del citado Convenio Colectivo Sectorial.

Artículo 2°: - Comunicar a la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro de los CINCO (5) días del dictado de la presente medida.

Artículo 3°: -Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida a la Jurisdicción 71-MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN. SAF: 336-Programa 01-Actividad 01-Inciso 1, P. principal 8-UD: 336-FF: 1.1.-UG: 02 del presente ejercicio.

Artículo 4º: - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Daniel Fernando Filmus

e. 06/03/2023 N° 12648/23 v. 06/03/2023

Fecha de publicación 06/03/2023