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Primera sección


MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Decisión Administrativa 193/2023

DECAD-2023-193-APN-JGM - Proceso de Compra Nº 82-0054-LPU22.

Ciudad de Buenos Aires, 08/03/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2022-109135491-APN-DC#ME y los Decretos N° 1023 del 13 de agosto de 2001 y N° 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Licitación Pública Nacional de Etapa Única, identificada como Proceso de Compra N° 82-0054-LPU22, llevada a cabo para la contratación del servicio de impresión de materiales educativos (Colección denominada Historias por Leer), para distintas jurisdicciones del país, solicitada por la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE EDUCACIÓN.

Que mediante la Resolución N° 3230 del 5 de diciembre de 2022 se autorizó la convocatoria de la precitada Licitación Pública y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rigió el llamado.

Que la referida contratación se encuadra en las previsiones de los artículos 25, inciso a) apartado 1) y 26, apartado 1 de los incisos a) y b) del Decreto N° 1023/01 y del artículo 27, inciso c) del Anexo al Decreto N° 1030/16.

Que se difundió el Proceso de Compra en el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional denominado COMPR.AR.

Que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN emitió el Informe Técnico de Precios Testigo mediante Orden de Trabajo N° 910/22, en los términos y con los alcances establecidos en la Resolución SIGEN N° 36/17 y sus modificatorias.

Que del Acta de Apertura de Ofertas del 16 de diciembre de 2022 surgen las ofertas de las firmas: 1) INSTITUTO DE PUBLICACIONES Y ESTADÍSTICAS S.A., 2) LOGRO PRODUCCIONES GRÁFICAS S.A., 3) OPORTUNIDADES S.A., 4) ARCÁNGEL MAGGIO S.A. y 5) KOLLOR PRESS IMPRESORA DE PUBLICACIONES Y EDICIONES S.A.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN EDUCATIVA Y CALIDAD del MINISTERIO DE EDUCACIÓN elaboró el correspondiente Informe Técnico sobre las ofertas presentadas, manifestando que la oferta presentada por la firma ARCÁNGEL MAGGIO S.A. cumple con las especificaciones establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que la COMISIÓN EVALUADORA del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, con fecha 30 de enero de 2023, emitió su Dictamen de Evaluación de Ofertas, recomendando adjudicar los renglones 1 a 19 a la firma ARCÁNGEL MAGGIO S.A. por un total de PESOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA ($1.565.144.480) por resultar su oferta formal y técnicamente admisible y económicamente conveniente.

Que, además de ello, del Dictamen de Evaluación de Ofertas surge que corresponde desestimar las ofertas presentadas por las firmas: INSTITUTO DE PUBLICACIONES Y ESTADÍSTICAS S. A. y OPORTUNIDADES S. A., por resultar técnicamente inadmisible y económicamente inconveniente, conforme las causales expuestas en el referido Dictamen de Evaluación de Ofertas; LOGRO PRODUCCIONES GRÁFICAS S. A., por resultar técnicamente inadmisible y económicamente inconveniente, conforme las causales expuestas en el referido Dictamen de Evaluación de Ofertas y KOLLOR PRESS IMPRESORA DE PUBLICACIONES Y EDICIONES S. A., por resultar técnicamente inadmisible y económicamente inconveniente, conforme las causales expuestas en el referido Dictamen de Evaluación de Ofertas.

Que el referido Dictamen de Evaluación de Ofertas fue notificado mediante la correspondiente difusión en el sitio web “COMPR.AR”, sin que se hubiera presentado impugnación contra el mismo dentro del plazo fijado en el artículo 73 del Reglamento aprobado por el Decreto Nº 1030/16.

Que la Dirección de Presupuesto del MINISTERIO DE EDUCACIÓN informó que se encuentra acreditada la existencia de crédito presupuestario para afrontar el gasto que demande la presente medida.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE EDUCACIÓN tomó la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y lo dispuesto por el artículo 9°, incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase la Licitación Pública Nacional de Etapa Única identificada como Proceso de Compra Nº 82-0054-LPU22 del MINISTERIO DE EDUCACIÓN, llevada a cabo para la contratación del servicio de impresión de materiales educativos (Colección denominada Historias por Leer), para distintas jurisdicciones del país, solicitada por la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del citado Ministerio.

ARTÍCULO 2°.- Adjudícase la totalidad de los renglones de la Licitación Pública Nacional de Etapa Única identificada como Proceso de Compra Nº 82-0054-LPU22 del MINISTERIO DE EDUCACIÓN a la firma ARCÁNGEL MAGGIO S.A. (C.U.I.T. N° 30-50080256-8) por un total de PESOS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA ($1.565.144.480).

ARTÍCULO 3°.- Desestímanse las ofertas presentadas por las firmas INSTITUTO DE PUBLICACIONES Y ESTADÍSTICAS S. A. (C.U.I.T. N° 33-57821221-9), para los renglones 1 a 19, OPORTUNIDADES S. A. (C.U.I.T. N° 30-70849095-0), para los renglones 1, 2, 7, 8 y 11 a 19, LOGRO PRODUCCIONES GRÁFICAS S. A. (C.U.I.T. N° 33-71066012-9) para los renglones 15 a 19 y KOLLOR PRESS IMPRESORA DE PUBLICACIONES Y EDICIONES S. A. (C.U.I.T. N° 30-70757382-8) para los renglones 1 a 19, por los motivos señalados en los considerandos de la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- Autorízase a la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del MINISTERIO DE EDUCACIÓN a emitir la Orden de Compra respectiva.

ARTÍCULO 5°.- Autorízase al Ministro de Educación a aprobar la ampliación, disminución, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades al adjudicatario o cocontratante, respecto de la contratación que por este acto se adjudica.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande la presente medida se imputará con cargo a las partidas presupuestarias específicas de la Jurisdicción 70 - MINISTERIO DE EDUCACIÓN para el ejercicio vigente.

ARTÍCULO 7º.- Hágase saber que contra la presente se podrá interponer recurso de reconsideración, dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación, o recurso jerárquico, dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 – T.O. 2017.

ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Agustín Oscar Rossi - Jaime Perczyk

e. 09/03/2023 N° 13903/23 v. 09/03/2023

Fecha de publicación 09/03/2023