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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE

Resolución 40/2023

RESFC-2023-40-APN-D#INCUCAI

Ciudad de Buenos Aires, 09/03/2023

VISTO el EX-2022-95864635-APN-DRNDCPH#INCUCAI, las Leyes Nros. 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células y 25.392 de creación del Registro Nacional de Donantes de Células Progenitoras Hematopoyéticas (CPH), los Decretos Nros. 16/2019 y 267/2003, y la Resolución INCUCAI Nº 60/2022; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 27.447 y el Decreto Nº 16/2019 tienen por objeto regular las actividades vinculadas a la obtención y utilización de órganos, tejidos y células de origen humano en todo el territorio de la República Argentina, facultando al INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI), a fijar los costos vinculados a los procesos para la procuración de los mismos.

Que la Ley N° 25.392 y su Decreto Reglamentario N° 267/2003, establecen además que el INCUCAI es la autoridad de aplicación del REGISTRO NACIONAL DE DONANTES DE CÉLULAS PROGENITORAS HEMATOPOYÉTICAS (CPH), y en tal carácter resulta competente para dictar las normas que regulen su funcionamiento, e intercambiar información con todos aquellos países que tengan registros similares.

Que, en el marco de tales competencias, se dictó la Resolución INCUCAI Nº 60/2022 aprobando los costos para la facturación de los procedimientos de búsqueda de donante no relacionado, colecta y transporte de células progenitoras hematopoyéticas (CPH), y de linfocitos para pacientes de nuestro país con indicación de trasplante.

Que, atendiendo a las variaciones en los costos que afectan el financiamiento de la actividad, el mencionado REGISTRO NACIONAL efectúa una propuesta de actualización de los valores de facturación por los referidos procedimientos.

Que las DIRECCIONES del REGISTRO NACIONAL DE DONANTES DE CPH, de ADMINISTRACIÓN y de ASUNTOS JURÍDICOS del INCUCAI, han tomado la intervención de su competencia.

Que la COMISIÓN FEDERAL DE TRASPLANTES (COFETRA) ha prestado el asesoramiento previsto en el artículo 61 de la Ley Nº 27.447, en la reunión del día 9 de febrero de 2022.

Que se actúa en ejercicio de las atribuciones conferidas por las Leyes Nros. 25.392 y 27.447, y por el artículo 1 del Decreto Nº 267/2003, 3 del Decreto Nº 16/2019 y 28 de su Anexo I.

Que la medida que se adopta ha sido considerada y aprobada por el Directorio en su sesión ordinaria del día 09 de marzo de 2023, conforme surge del texto del Acta Nº 04.

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Apruébese la actualización de los costos para la facturación de los procedimientos de búsqueda de donante no relacionado, colecta y transporte de células progenitoras hematopoyéticas (CPH) y de linfocitos para pacientes de nuestro país con indicación de trasplante, contemplados en el ANEXO I (IF-2022-109471515-APN-DRNDCPH#INCUCAI) de la Resolución INCUCAI Nº 60/2022, de conformidad a los montos que se detallan a continuación:

- MÓDULO I - Búsqueda y Selección del Donante:

Valor del Módulo: $ 1.600.000.- (sujeto a rendición final del gasto efectivamente incurrido y gastos administrativos).

- MÓDULO II - Colecta y Transporte de las CPH:

Valor del Módulo: $ 4.000.000.- (Sujeto a rendición final del gasto efectivamente incurrido y gastos administrativos)

- MÓDULO III - Colecta y Transporte de Linfocitos:

Valor del Módulo: $ 1.700.000.- (sujeto a rendición final del gasto efectivamente incurrido y gastos administrativos).

ARTÍCULO 2°: Las disposiciones establecidas en la presente resolución tendrán vigencia a partir del día siguiente al de su publicación oficial.

ARTÍCULO 3º: Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Richard Malan - Carlos Soratti

e. 10/03/2023 N° 14524/23 v. 10/03/2023

Fecha de publicación 10/03/2023