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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE

Resolución 41/2023

RESFC-2023-41-APN-D#INCUCAI

Ciudad de Buenos Aires, 09/03/2023

VISTO el EX-2020-30742829-APN-DAJ#INCUCAI, la Ley Nº 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, el Decreto N° 16/2019 del PODER EJECUTIVO NACIONAL y la Resolución INCUCAI Nº 66 del 21 de octubre de 2022; y

CONSIDERANDO

Que la Ley N° 27.447 tiene por objeto regular las actividades vinculadas a la obtención y utilización de órganos, tejidos y células de origen humano, en todo el territorio de la República Argentina.

Que el Decreto N° 16/2019, reglamentario del citado cuerpo legal, instituye al INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI) como su autoridad de aplicación, facultándolo, en dicho marco, a fijar los costos vinculados al proceso de procuración de órganos, tejidos y células, a efectos de su facturación y cobro ante las entidades nacionales y/o provinciales, encargadas de la cobertura social o sanitaria del receptor.

Que, en atención a lo señalado precedentemente, la Resolución INCUCAI N° 66/2022 aprobó los referidos costos, resultando necesario actualizar los mismos en base a la propuesta efectuada por la DIRECCIÓN MÉDICA del Organismo, con el objeto de dar sustento al desarrollo de los procesos de procuración.

Que dicha labor fue realizada teniendo en cuenta la revisión de la normativa vigente, el valor de los módulos establecidos, su gestión, y los gastos para cada prestación, identificando cada una de las variables incluidas.

Que la presente resolución ha contado con el asesoramiento de la COMISIÓN FEDERAL DE TRASPLANTE (COFETRA) previsto en el artículo 61 de la Ley N° 27.447, el día 9 de febrero de 2023.

Que la DIRECCIÓN MÉDICA, la DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las competencias conferidas por el artículo 28 de la Ley Nº 27.447 y del Anexo I de su reglamentación, aprobada por Decreto Nº 16/2019.

Que la presente medida ha sido considerada y adoptada por el Directorio en su reunión del día 09 de marzo de 2023, conforme surge del Acta N° 04.

Por ello;

EL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL CENTRAL UNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébense los “COSTOS PARA LA FACTURACIÓN DE LOS PROCESOS DE PROCURACIÓN DE ÓRGANOS Y CÓRNEAS PROVENIENTES DE DONANTES FALLECIDOS, CON FINES DE IMPLANTE”, que se detallan en el ANEXO UNICO (IF-2023-25792390 -APN- DM#INCUCAI), que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2°.- El INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE (INCUCAI) procederá a facturar a las entidades encargadas de la cobertura social o sanitaria del receptor, los costos de procuración de los procesos referidos en el artículo precedente, en virtud de la delegación efectuada por las Autoridades Sanitarias Locales a través de los acuerdos suscriptos en el marco de la Resoluciones Nros. 199/2004 y 3685/2022 del MINISTERIO DE SALUD.

ARTÍCULO 3º.- Dispónese que los costos establecidos en la presente norma sólo podrán ser facturados cuando se haya verificado el efectivo implante de los órganos y/o córneas, y a través de la constancia correspondiente emitida por el SISTEMA NACIONAL DE INFORMACIÓN DE PROCURACIÓN Y TRASPLANTE DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (SINTRA).

ARTÍCULO 4º.- Las disposiciones establecidas en la presente resolución rigen a partir del 1° de marzo del año en curso.

ARTÍCULO 5°.- Deróguese la Resolución INCUCAI Nº 66/2022.

ARTÍCULO 6°.- Regístrese, comuníquese. Dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Oportunamente archívese.

Richard Malan - Carlos Soratti

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 10/03/2023 N° 14531/23 v. 10/03/2023

Fecha de publicación 10/03/2023