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5 de Diciembre de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA POSADAS

Se notifica a los interesados de las actuaciones que abajo se detallan, para que dentro del plazo de diez (10) días hábiles perentorios comparezcan en los Sumarios Contenciosos respectivos a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la presunta infracción imputada, bajo apercibimiento de Rebeldía (art. 1005) deberán constituir domicilio, dentro del radio de esta Aduana, (art. 1001), bajo apercibimiento de lo normado en el art. 1.004 y 1.005 del citado cuerpo legal. Se les notifica que en caso de concurrir a estar a derecho por interpósita persona deberán observar la exigencia de el art. 1.034 del C.A. Y que si dentro del mencionado plazo depositan el monto mínimo de la multa que correspondiere aplicar según el caso, y el expreso abandono de la mercadería en favor del Estado para las que previeren pena de comiso, se declarará extinguida la acción penal aduanera y no se registrará el antecedente.

Asimismo, teniendo en cuenta la naturaleza de la mercadería se intima a aquellos a quienes se les imputa infracción al art. 977, a que en el perentorio plazo de diez (10) días, previo deposito en autos del monto de la multa mínima pretendida, procedan a solicitar una destinación aduanera de la mercadería. Caso contrario esta instancia lo pondrá a disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación en función de los artículos 4º, 5º y 7º de la ley 25.603. Y respecto a aquellos a quienes se les imputa infracción a los arts. 985, 986, 987 y otros de no obrar oposición fundada por parte de los mismos, se procederá conforme los artículos 4º, 5º y 7º de la Ley 25.603, poniendo la mercadería en disposición de la Secretaria General de la Presidencia de la Nación.

SC46-IMPUTADODOC. IDENTIDADMULTA($)INFRACCIÓN
8-2023/1ALCARAZ FABIAN ADRIANC.I. (PY) N.º4.104.252996.357,46863/947
75-2022/5LEZCANO MILTON GABRIEL32.052.729420.731,91987
76-2022/3WEIJAHN MARCOS ANDRES32.414.451433.056,61986-987
671-2022/1ESQUIVEL MARCELO LEANDRO40.586.439599.947,23985
671-2022/1ALMIRON JOSE AUGUSTO35.186.374599.947,23985
1621-2021/5LEGUIZA ANIBAL RICARDO10.335.269395.397,20947
1643-2021/8JAGODA MILL GASTON ROGER33.203.176514.724,95986
1647-2021/KRUIZ DIAZ RAMON MAXIMILIANO35.711.405420.219,56987
1647-2021/KLOPEZ MEDINA MIRNA RAMONAC.I. (PY) N°1.909.126420.219,56987
1679-2021/0JEREZ GUSTAVO MARCELO30.064.13742.009,66947
35-2023/1BOBADILLA VAZQUEZ DERLIS ANDRESC.I. (PY) N°5.063.010167.383,02970
56-2023/5LOPEZ GUSTAVO JAVIER43.397.533412.999,56987
58-2023/1BOGADO CARDOZO FRANCISCO DE JESUS DANIELC.I. (PY) N°2.985.6532.171.477,49979
162-2023/3BENITEZ VILLAGRA EVERC.I. (PY) N°3.812.428442.630,63970

Ricardo Daniel Koza, Administrador de Aduana.

e. 10/03/2023 N° 14045/23 v. 10/03/2023

Fecha de publicación 10/03/2023