BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 7719/2023
09/03/2023
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: CONAU 1-1578. Distribución de resultados. Adecuaciones.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, establece:
“1. Derogar, con vigencia a partir del 1.4.23, el punto 4. de la Comunicación “A” 7659.
2. A partir del 1.4.23 y hasta el 31.12.23 las entidades financieras que cuenten con la autorización del BCRA –de conformidad con lo previsto en la Sección 6. de las normas sobre “Distribución de resultados”–, podrán distribuir resultados en 6 cuotas iguales, mensuales y consecutivas por hasta el 40 % del importe que hubiera correspondido de aplicar las citadas normas.”
Por otra parte, les hacemos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar en las normas de la referencia. En tal sentido, se recuerda que en la página de esta Institución www.bcra.gob.ar, accediendo a “Sistema Financiero – MARCO LEGAL Y NORMATIVO - Ordenamientos y resúmenes - Textos ordenados de normativa general”, se encontrarán las modificaciones realizadas con textos resaltados en caracteres especiales (tachado y negrita).
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - María D. Bossio, Subgerenta General de Regulación Financiera
ANEXO
El/Los Anexo/s no se publican: La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el sitio www.bcra.gob.ar (Solapa “Sistema Financiero” – MARCO LEGAL Y NORMATIVO”).
e. 13/03/2023 N° 14868/23 v. 13/03/2023
Fecha de publicación 13/03/2023