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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES

Resolución 64/2023

RESOL-2023-64-APN-CNCPS#PTE

Ciudad de Buenos Aires, 10/03/2023

VISTO el EX-2023-25528158- -APN-DGD#CNCPS; la Resolución RESOL–2020–83– APN–CNCPS#PTE y la RESOL–2021–8–APN–CNCPS#PTE, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 357 del 22 de febrero de 2002 modificado por el Decreto N° 598 del 17 de julio de 2020, se creó el CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES (CNCPS) en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, cuya estructura organizativa de primer nivel operativo se aprobó por Decreto N° 880 del 22 de julio de 2016, modificado por el Decreto N° 417 del 12 de junio de 2017 y el Decreto N° 598 del 17 de julio de 2020.

Que dentro de los objetivos del organismo se encuentra el de propender a una correcta y eficaz administración de los recursos del Estado Nacional destinados a la política social; actuando como espacio articulador y de planificación y coordinación de las políticas sociales para mejorar la gestión de gobierno.

Que, mediante decreto 984/2020 del 10 de diciembre del 2020 se crea el Plan Nacional Accionar para favorecer el desarrollo integral de las personas, familias y comunidades en las localidades más vulnerables, mediante un abordaje interministerial, multidimensional y territorial.

Que dicho Plan prevé 11 líneas de acción, en particular: 1.- Promover la economía social y el desarrollo local a través de la generación y el fortalecimiento de espacios asociativos, cooperativos y el fortalecimiento de proyectos y redes socio productivas. 2.- Promover el acceso a alimentos sanos, seguros y saludables por parte de la población. 3.- Alentar la producción local de alimentos para propiciar el acercamiento entre quienes los producen y quienes los consumen, facilitando mecanismos para la comercialización de los mismos. 4.- Propenderla articulación entre los trabajadores y las trabajadoras de la economía social y las organizaciones de la sociedad civil.

Que por el expediente EX-2020-64463688-APN-DDYME#CNCPS tramitó la Resolución RESOL–2020–83–APN–CNCPS#PTE de fecha 12 de noviembre de 2020 por la cual se crea el “PROGRAMA DE ACCESO A ALIMENTOS SALUDABLES – MERCADOS MULTIPLICAR” y mediante el EX-2021-04177990-APN-DDYME#CNCPS se tramitó Resolución RESOL–2021–8–APN–CNCPS#PTE de fecha 30 de enero de 2021 por la cual se modificó el “PROGRAMA DE ACCESO A ALIMENTOS SALUDABLES – MERCADOS MULTIPLICAR”.

Que, transcurridos dos años desde la creación de este programa, con base en la experiencia que la misma práctica otorga, se considera oportuno realizar modificaciones con el fin último de mejorar los resultados y alcances del mismo.

Que, estas modificaciones resultan necesarias en virtud de la superación del contexto más crítico de la Pandemia por Covid-19 en el cual fue creado, lo que permitió a los equipos técnicos de este Consejo acercarse a los territorios y relevar datos directos y por otro lado una instalación más profunda en la sociedad y su reflejo en políticas públicas de cuestiones de seguridad alimentaria y alimentación saludable, que se puede ver por ejemplo en la sanción de la Ley N° 27.642, Ley de Promoción de la Alimentación Saludable, reglamentada en el año 2022, que tiene por objetivo garantizar el derecho a la información, a la salud y a una alimentación adecuada.

Que ha tomado la intervención de su competencia el servicio jurídico de asesoramiento permanente.

Que la Señora Presidenta del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES se encuentra facultada para el dictado de la medida, conforme las facultades otorgadas por el Artículo 8 del Decreto N° 357 del 22 de febrero de 2002, sus modificatorios, y Decreto N° 557 del 24 de agosto de 2021.

Por ello,

LA PRESIDENTA DEL CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Sustitúyase el Anexo I de la Resolución RESOL–2021–8–APN–CNCPS#PTE de fecha 30 de enero de 2021 por el Anexo I que como IF-2023-25459035-APN-SSPS#CNCPS - se agrega como parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2º: Sustitúyase el Anexo II de la Resolución RESOL–2020–83–APN–CNCPS#PTE de fecha 12 de noviembre de 2020 por el Listado Bienes Elegibles por Categorías que como Anexo II – IF-2023-25476370- APN-SSPS#CNCPS - forma parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°: Sustitúyase el Anexo III de la Resolución RESOL–2020–83–APN–CNCPS#PTE de fecha 12 de noviembre de 2020 por el Listado de Alimentos Saludables - Mercados Multiplicar que como Anexo III – IF- 2023-25477643-APN-SSPS#CNCPS - forma parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 4°: Sustitúyase el Anexo IV idenfiticado como IF-2021-08345200-APN-CNCPS#PTE de la Resolución RESOL–2021–8–APN–CNCPS#PTE de fecha 30 de enero de 2021 por el Formulario de Rendición de Gastos y Declaración Jurada de Rendición de Fondos de Subsidio que como Anexo IV – IF-2023-25481902-APN-SSPS#CNCPS - forma parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 5º: Apruébese la Planilla de Presupuesto que como Anexo V – IF-2023-25482385-APN- SSPS#CNCPS - forma parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 6°: Apruébese el Circuito Administrativo y Régimen de Rendición de Cuentas que como Anexo VI– IF-2023-26661837-APN-SSPS#CNCPS - forma parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 7º: Asígnese la ejecución del programa de la presente resolución a la DIRECCIÓN NACIONAL DE DESARROLLO DE POLITICAS SOCIALES de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS SOCIALES del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 8º: Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, pase a la SUBSECRETARÍA DE POLITICAS SOCIALES del CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES, a sus efectos.

Marisol Merquel

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 14/03/2023 N° 15391/23 v. 14/03/2023

Fecha de publicación 14/03/2023