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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 147/2023

RESOL-2023-147-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 13/03/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-108630718-APN-SE#MEC, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la firma GENERACIÓN MEDITERRÁNEA SOCIEDAD ANÓNIMA (GENERACIÓN MEDITERRÁNEA S.A.), comunicó a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) su decisión de desvincular del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) las unidades de generación LBANTG21 y LBANTG22, que conforman la Central Térmica LA BANDA, ubicada en la ciudad de La Banda, Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO.

Que la firma GENERACIÓN MEDITERRÁNEA S.A. expresó como causa de la solicitud de desvinculación, que dichas unidades de generación poseen un alto consumo específico y, por lo tanto, baja operación para satisfacer la demanda del Sistema Argentino de Interconexión (SADI).

Que CAMMESA ha realizado la evaluación establecida en el Punto 9 del Anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos) aprobada por la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, sus modificatorias y complementarias, y consideró, mediante Nota N° B-162403-4 de fecha 12 de septiembre de 2022 (IF-2022-108631123-APN-SE#MEC), que la desvinculación de las unidades de generación LBANTG21 y LBANTG22 que conforman la Central Térmica LA BANDA, no afectaría de manera apreciable el normal funcionamiento del MEM.

Que la solicitud de desvinculación se publicó en el Boletín Oficial N° 35.058 de fecha 30 de noviembre de 2022, no habiéndose presentado objeciones u oposiciones derivadas de dicha publicación.

Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que el presente acto se dicta en virtud de los Artículos 35, 36 y 37 de la Ley N° 24.065 y por el Apartado IX del Anexo II del Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase la desvinculación del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) de las unidades de generación LBANTG21 y LBANTG22, que conforman la Central Térmica LA BANDA, a partir del periodo estacional de invierno 2023, que inicia el 1° de mayo de 2023.

ARTÍCULO 2°.- Instrúyese al Organismo Encargado del Despacho (OED) a notificar a la firma GENERACIÓN MEDITERRÁNEA SOCIEDAD ANÓNIMA (GENERACIÓN MEDITERRÁNEA S.A.), a la respectiva empresa Transportista o Prestadora de la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica (FTT) e informar a todos los agentes del MEM lo resuelto en la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de esta Secretaría.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Flavia Gabriela Royón

e. 14/03/2023 N° 15284/23 v. 14/03/2023

Fecha de publicación 14/03/2023