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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL DE LA SEGURIDAD

Resolución 22/2023

RESOL-2023-22-APN-SAFS#MSG

Ciudad de Buenos Aires, 10/03/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-20951528- -APN-SAFS#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, las Leyes Nros. 22.520 (T.O. Decreto N° 438/92) y sus modificatorias y 27.287 y su modificatoria, los Decretos Nros. 383 del 30 de mayo de 2017 y 810 del 2 de diciembre de 2022 y sus modificatorios, la Resolución del Ministerio de Seguridad N° 803 del 10 de octubre de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley Nº 27.287 se crea el SISTEMA NACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO Y LA PROTECCIÓN CIVIL (SINAGIR) que tiene por objeto integrar las acciones y articular el funcionamiento de los organismos del Gobierno Nacional, los Gobiernos Provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Municipales, las Organizaciones No Gubernamentales y la sociedad civil, para fortalecer y optimizar las acciones destinadas a la reducción de riesgos, el manejo de la crisis y la recuperación.

Que el artículo 22 bis de la Ley de Ministerios Nº 22.520 establece como competencias del MINISTERIO DE SEGURIDAD entender en la coordinación del SISTEMA NACIONAL DE GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO Y LA PROTECCIÓN CIVIL (SINAGIR) creado por la Ley Nº 27.287; entender en la coordinación de las acciones tendientes a solucionar situaciones extraordinarias o emergencias que se produzcan en el territorio de la Nación; y ejecutar los planes, programas y proyectos del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el Poder Ejecutivo Nacional.

Que el SINAGIR está integrado por el CONSEJO NACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO Y LA PROTECCIÓN CIVIL y el CONSEJO FEDERAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO Y LA PROTECCIÓN CIVIL.

Que el CONSEJO NACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO Y LA PROTECCIÓN CIVIL es la instancia superior de decisión, articulación y coordinación de los recursos del Estado nacional, y que tiene como finalidad diseñar, proponer e implementar las políticas públicas para la gestión integral del riesgo

Que en el marco de la ley antes mencionada, el CONSEJO NACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO Y LA PROTECCIÓN CIVIL cuenta con una SECRETARÍA EJECUTIVA, cuyas funciones están establecidas en el artículo 8° de la ley.

Que el artículo 7º del Decreto Reglamentario Nº 383/2017 establece que la SECRETARÍA EJECUTIVA del SINAGIR se encuentra facultada para dirigir las comisiones técnicas que fueran creadas por el CONSEJO NACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO Y LA PROTECCIÓN CIVIL destinadas al tratamiento de emergencias específicas.

Que de acuerdo al Decreto N° 810/2022, la SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL DE LA SEGURIDAD tiene entre sus objetivos dirigir la Secretaría Ejecutiva y asistir a la Presidencia del Consejo Nacional para la Gestión Integral del Riesgo y la Protección Civil.

Que en la 3ra reunión del CONSEJO NACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO, celebrada el 13 de noviembre del 2018 se aprobó el Estatuto de Funcionamiento del mismo, así como las directivas para el funcionamiento de las Comisiones Técnicas que integran el Consejo Nacional.

Que el mencionado Estatuto dispone que la Coordinación e integración de las Comisiones Técnicas creadas por el Consejo Nacional será encabezada por la Secretaría Ejecutiva del SINAGIR.

Que en reunión plenaria del Consejo Nacional del SINAGIR realizada el 4 de mayo del 2022 se aprobaron los Planes Operativos Anuales de Gestión Integral del Riesgo 2021 y 2022, así como también se dispuso la creación de las Comisiones Técnicas de Discapacidad y de Sequías, totalizando así 16 Comisiones Técnicas especializadas.

Que por Resolución Nº 32/2019 de la entonces SECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL, se aprobaron las “DIRECTIVAS DE FUNCIONAMIENTO PARA COMISIONES TÉCNICAS DEPENDIENTES DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO DEL SINAGIR”, la cual define los objetivos, organización, responsabilidades e integrantes de las Comisiones Técnicas creadas en aquel entonces.

Que la puesta en marcha del Plan Nacional de Reducción de Riesgos de Desastres 2018-2023, con sus consecuentes Planes Operativos Anuales elaborados por las Comisiones Técnicas, dieron cuenta de la necesidad de actualizar la integración de las mismas, en función de la aparición de nuevas problemáticas en la gestión integral del riesgo de desastres y la evolución y crecimiento que el SINAGIR ha tenido en estos últimos años.

Que en virtud de ello se considera necesario modificar la Resolución Nº 32/2019, en lo relativo al Anexo de Funcionamiento para Comisiones Técnicas dependientes del CONSEJO NACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO del SINAGIR.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS tomó la intervención que le compete.

Que la suscripta resulta competente para el dictado de la presente, según lo dispuesto en el Decreto N° 810/2022, y del artículo 7° del Decreto N°383/2017.

Por ello,

LA SECRETARIA DE ARTICULACIÓN FEDERAL DE LA SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Modifíquese el “ANEXO: DIRECTIVA DE FUNCIONAMIENTO PARA COMISIONES TÉCNICAS DEPENDIENTES DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO DEL SINAGIR”, aprobado mediante Resolución Nº 32/2019 de la entonces SECRETARÍA DE PROTECCIÓN CIVIL de este MINISTERIO DE SEGURIDAD, el cual luce como Anexo Único de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Silvia Paola La Ruffa

ANEXO ÚNICO: DIRECTIVA DE FUNCIONAMIENTO PARA COMISIONES TÉCNICAS DEPENDIENTES DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIEGO DEL SINAGIR

Artículo 1 - Objetivo y alcance:

Las COMISIONES TÉCNICAS (CT) constituyen un espacio de diálogo, convergencia y coordinación entre organismos implicados en la gestión integral del riesgo.

Su principal objetivo será el asesoramiento al CONSEJO NACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO DEL SINAGIR (CN) o cualquier organismo integrante del SINAGIR en temas relacionados con reducción de riesgos, manejo de crisis, recuperación y reconstrucción.

Asimismo, dado que las CT comenzaron a funcionar en el marco de la elaboración del PLAN NACIONAL DE REDUCCIÓN DE RIESGOS DE DESASTRES 2018-2023 (PNRRD), bajo la coordinación general de la Secretaría Ejecutiva, se constituyen también como el mecanismo de articulación propicio para actualización del PLAN NACIONAL PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO 2018-2023 (PNRRD), y los futuros PLANES NACIONALES PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO (PLANGIR), a través de la elaboración e implementación de sus respectivos PROGRAMAS OPERATIVOS ANUALES PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL RIESGO (POAGIR).

Artículo 2 - Objetivo respecto al PNRRD 2018-2023 y futuros PLANGIR:

Las CT componen el espacio donde se plasmará tanto el compromiso político de los diferentes actores como también el aporte técnico u operativo de las instituciones o socios sectoriales más relevantes para el proceso de elaboración de los PLANGIR o planes de RRD.

El objetivo de dichas CT será la priorización de situaciones críticas de riesgo derivadas tanto de la identificación de las principales amenazas y vulnerabilidades que existen, como de las acciones, indicadores y recursos sectoriales que podrán ser orientados a la reducción del riesgo de desastres.

Una vez desarrollado el PLANGIR o PNRRD y sus respectivos POAGIR, las CT serán las responsables de poner en práctica las acciones y actividades allí establecidas a fin de dar cumplimiento a los objetivos y metas acordadas.

La totalidad de los organismos que integran cada una de las CT o SUBCOMISIONES TÉCNICAS (subCT) vinculadas a la implementación del PNRRD conformarán la PLATAFORMA NACIONAL DE REDUCCIÓN DEL RIESGO DE DESASTRES, siendo éste el mecanismo indicado para tratar la implementación del PNRRD.

Artículo 3 – Organización:

· La SECRETARÍA EJECUTIVA tendrá a su cargo la coordinación general de las CT y las subCT.

· Podrán crearse tantas CT o subCT como cualquier organismo del CN considere necesario, previa autorización de la SECRETARÍA EJECUTIVA, en su carácter de Secretaría Ejecutiva del CN.

· Las subCT funcionarán con la misma dinámica que las CT. La diferencia radica en que las subCT abordan temas más específicos, dentro de la temática general que origina la conformación de una CT, o se crean para trabajar en proyectos puntuales.

· Podrán integrar las CT o subCT representantes de organismos públicos, organismos no gubernamentales y de la sociedad civil, organismos internacionales, sector académico y sector privado que tengan incumbencia en el tema.

· Cada CT y subCT contará con un/a coordinador/a especialista en la temática.

Artículo 4 – Responsabilidades:

El Consejo Nacional del SINAGIR deberá:

· Comunicar a la SECRETARÍA EJECUTIVA, en su carácter de Secretaría Ejecutiva del CN, la necesidad de convocar o conformar una CT o subCT.

La SECRETARÍA EJECUTIVA, en su carácter de coordinadora general de las CT y subCT, deberá:

· Proponer o autorizar la conformación de CT o subCT orientadas a tratar temas referidos a la GIRD, en el marco del SINAGIR.

· Convocar a los organismos que deberían integrar las CT o subCT.

· Llevar adelante reuniones de seguimiento con los coordinadores de las CT.

· Informar a el/la coordinador/a responsable los requerimientos del CN, si los hubiera.

Los/las titulares de los organismos o responsables de las áreas específicas convocadas deberán:

· Designar al menos un/a representante titular y un/a suplente con sus respectivos puntos de contacto.

Los representantes designados deberán:

· Participar de las reuniones de las CT o subCT.

Los/as coordinadores/as de las CT deberán:

· Conformar subcomisiones por tema, en caso de requerirlo, y nombrar a su respectivo/a responsable e integrantes, previa autorización de la SECRETARÍA EJECUTIVA.

· Mantener reuniones periódicas de seguimiento con los/as coordinadores/as de las subCT dependientes de su CT.

Los/as coordinadores/as de las CT y/o subCT deberán:

· Convocar y presidir las reuniones

· Proponer documentos de trabajo para ser tratados en las reuniones.

· Solicitar designaciones y/o cambio de representantes de los organismos integrantes, a través de la SECRETARÍA EJECUTIVA.

· Monitorear el funcionamiento de la CT.

· Elaborar la agenda de temas a tratar en cada reunión (orden del día).

· Elaborar el cronograma de reuniones.

· Llevar un registro de los participantes que contenga punto de contacto (mail y teléfono).

· Elaborar las minutas y enviarlas a cada participante.

i. La minuta deberá contener:

1. Nombre de la CT

2. Fecha de reunión

3. Número de reunión

4. Asistentes

5. Punteo de temas tratados durante el encuentro

6. Listado de pendientes para la próxima reunión

7. Responsables de los pendientes

8. Firma del coordinador

· Representar a la CT o subCT ante la SECRETARÍA EJECUTIVA en las reuniones de seguimiento.

Artículo 5: Operación de las CT o subCT:

a. Deberán reunirse cuantas veces sea necesario a fin de dar respuesta a los requerimientos del CN.

b. Las CT o subCT con implicancia en la implementación de los POAGIR deberán reunirse al menos una vez por mes a fin de llevar adelante y dar seguimiento a las acciones establecidas en el POAGIR vigente.

c. En caso de ser necesario, las CT podrán reunirse extraordinariamente.

d. Podrán participar organismos no integrantes de la CT si los temas a tratar en agenda así lo requieren, previa notificación a la SECRETARÍA EJECUTIVA.

Artículo 6: Debate y toma de decisiones de las CT

a. Los/as coordinadores/as de las CT declararán el inicio de una reunión cuando estén presentes los representantes designados. De no estar presentes todos los/as convocados/as a la hora de inicio programada, se aprobará la agenda con los/as presentes e iniciará la reunión veinte (20) minutos después del horario pautado.

b. Al inicio de cada reunión se dará lectura a la agenda y a los acuerdos consensuados en la reunión anterior.

c. La moderación la hará el/la coordinador/a, quien otorgará la palabra en el orden en que se haya solicitado.

d. La toma de decisiones será mediante el consenso de los/as participantes presentes, de no haber: se procederá por mayoría simple. Sin prejuicio de ello, deberá dejarse constancia en el acta correspondiente de la opinión de aquellos organismos con competencia legal directa sobre la temática tratada.

e. El último punto de la reunión será la recapitulación de los acuerdos y compromisos.

Artículo 7: Confórmense las siguientes comisiones técnicas (CT):

COMISIÓN TÉCNICA 1: AMENAZAS HIDROMETEOROLÓGICAS

Ministerio de Seguridad

Ministerio de Defensa

Ministerio de Obras Públicas

Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca

Instituto Nacional del Agua (INA)

Servicio Meteorológico Nacional (SMN)

Organismo Regulador de Seguridad de Presas (ORSEP)

Servicio de Hidrografía Naval (SHN)

Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA)

Instituto Geográfico Nacional (IGN)

Servicio Geológico Minero Argentino (SEGEMAR)

Red GIRCYT

Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONAE)

Sistema Nacional de Radares Meteorológicos (SINARAME)

Instituto de Investigaciones Científicas y Técnicas para la Defensa (CITEDEF)

Comisión Regional del Río Bermejo

COMISIÓN TÉCNICA 2: REMOCIÓN EN MASA

Ministerio de Seguridad

Ministerio de Defensa

Servicio Geológico Minero Argentino (SEGEMAR)

Servicio Meteorológico Nacional (SMN)

Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONAE)

Organismo Regulador de Seguridad de Presas (ORSEP)

Instituto Nacional del Agua (INA)

Instituto Geográfico Nacional (IGN)

Comisión Regional del Río Bermejo

COMISIÓN TÉCNICA 3: VOLCANES

Ministerio de Seguridad

Ministerio de Defensa

Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca

Servicio Meteorológico Nacional (SMN)

Servicio Geológico Minero Argentino (SEGEMAR)

Administración de Parques Nacionales

Instituto Geográfico Nacional (IGN)

Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONAE)

Sistema Nacional de Radares Metereológicos (SINARAME)

Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Tecnológicas (CONICET)

COMISIÓN TÉCNICA 4: TERREMOTOS

Ministerio de Seguridad

Ministerio de Defensa

Instituto Nacional de Prevención Sísmica (INPRES)

Servicio Geológico Minero Argentino (SEGEMAR)

COMISIÓN TÉCNICA 5: AMENAZAS TECNOLÓGICAS

Ministerio de Seguridad

Ministerio del Interior

Ministerio de Obras Públicas

Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat

Ministerio de Transporte

Ministerio de Defensa

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible – Secretaría de Control y Monitoreo Ambiental

Ministerio de Salud – DINESA

Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo

Secretaría de Minería

Consejo Nacional de Bomberos Voluntarios

Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN)

Comisión Nacional de la Energía Atómica (CNEA)

Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM)

Cámara Argentina del Transporte Automotor de Mercancías y Residuos Peligrosos (CATAMP)

Instituto Geográfico Nacional (IGN)

Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT)

Organismo Regulador de Seguridad de Presas (ORSEP)

Instituto Nacional de Tecnología Industrial (INTI)

Vialidad Nacional

Instituto Nacional de Vitivinicultura

Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA)

Instituto Argentino de Normalización y Certificación (IRAM)

COMISIÓN TÉCNICA 6: INCENDIOS

Ministerio de Seguridad

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Ministerio de Defensa

Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación

Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca

Servicio Nacional de Manejo del Fuego

Consejo Nacional de Bomberos Voluntarios

Servicio Meteorológico Nacional (SMN)

Instituto Geográfico Nacional (IGN)

Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONAE)

Policía Federal Argentina

Administración de Parques Nacionales

COMISIÓN TÉCNICA 7: INFORMACIÓN Y ESCENARIOS DE RIESGO

Ministerio de Seguridad

Ministerio de Educación

Ministerio de Defensa

Ministerio de Salud

Ministerio de Desarrollo Social

Ministerio del Interior

Ministerio de Obras Públicas

Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat

Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC)

Agencia Argentina de Cooperación Internacional y Asistencia Humanitaria – Cascos Blancos

Servicio Meteorológico Nacional (SMN)

Red GIRCYT

Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONAE)

COMISIÓN TÉCNICA 8: CAMBIO CLIMÁTICO

Ministerio de Seguridad

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Ministerio de Salud

Ministerio del Interior

Ministerio de Obras Públicas

Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat

Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca

Servicio Meteorológico Nacional (SMN)

Agencia Argentina de Cooperación Internacional y Asistencia Humanitaria – Cascos Blancos

COMISIÓN TÉCNICA 9: ORDENAMIENTO TERRITORIAL

Ministerio de Seguridad

Ministerio de Defensa

Ministerio del Interior

Ministerio de Obras Públicas

Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat

Ministerio de Turismo y Deportes

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca

Agencia Argentina de Cooperación Internacional y Asistencia Humanitaria – Cascos Blancos

Servicio Geológico Minero Argentino (SEGEMAR)

COMISIÓN TÉCNICA 10: SALUD

Ministerio de Seguridad

Ministerio de Salud

Ministerio de Defensa

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS)

Programa de Atención Médica Integral (PAMI)

Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES)

Agua y Saneamientos Argentinos (AYSA)

Servicio Meteorológico Nacional (SMN)

COMISIÓN TÉCNICA 11: GRUPOS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD Y PARTICIPACIÓN COMUNITARIA

Ministerio de Seguridad

Ministerio de Salud

Ministerio de Desarrollo Social

Ministerio de Obras Públicas

Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat

Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Ministerio de Educación

Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad

Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS)

Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (INADI)

Programa de Atención Médica Integral (PAMI)

Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales

Servicio Meteorológico Nacional (SMN)

Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI)

Agencia Argentina de Cooperación Internacional y Asistencia Humanitaria – Cascos Blancos

Administración Nacional de Seguridad Social (ANSES)

Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC)

COMISIÓN TÉCNICA 12: COMUNICACIÓN DE RIESGO

Jefatura de Gabinete de Ministros

Ministerio de Seguridad

Ministerio de Educación

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Instituto Nacional del Agua (INA)

Servicio Meteorológico Nacional (SMN)

Servicio Geológico Minero Argentino (SEGEMAR)

Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca – Oficina de Emergencia Agropecuaria

Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONAE)

Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA)

Agencia Argentina de Cooperación Internacional y Asistencia Humanitaria – Cascos Blancos

Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC)

COMISIÓN TÉCNICA 13: EDUCACIÓN

Ministerio de Seguridad

Ministerio de Educación

Ministerio de Desarrollo Social

Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación

Red GIRCYT

Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad (CENOC)

COMISIÓN TÉCNICA 14: GÉNERO Y DIVERSIDAD

Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad

Ministerio de Seguridad

Agencia Argentina de Cooperación Internacional y Asistencia Humanitaria – Cascos Blancos

COMISIÓN TÉCNICA 15: DISCAPACIDAD

Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS)

Ministerio de Educación

COMISIÓN TÉCNICA 16: SEQUÍAS

Ministerio de Seguridad

Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Ministerio de Obras Públicas

Ministerio de Desarrollo Social

Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca

Instituto Nacional de Tecnologías Agropecuarias (INTA)

Servicio Meteorológico Nacional (SMN)

Comisión Nacional de Actividades Espaciales (CONAE)

Instituto Nacional del Agua (INA)

Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA)

Artículo 8: Las CT serán coordinadas por los siguientes organismos:

Comisión Técnica 1: Amenazas Hidrometeorológicas – Instituto Nacional del Agua

Comisión Técnica 2: Remoción en Masa – Servicio Geológico Minero Argentino

Comisión Técnica 3: Volcanes – Servicio Geológico Minero Argentino

Comisión Técnica 4: Terremotos – Instituto Nacional de Prevención Sísmica

Comisión Técnica 5: Amenazas Tecnológicas – Ministerio de Seguridad

Comisión Técnica 6: Incendios – Consejo Nacional de Bomberos Voluntarios

Comisión Técnica 7: Información y Escenarios de Riesgo – Ministerio de Seguridad

Comisión Técnica 8: Cambio Climático – Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Comisión Técnica 9: Ordenamiento Territorial – Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat

Comisión Técnica 10: Salud–Ministerio de Salud

Comisión Técnica 11: Grupos en Situación de Vulnerabilidad y Participación Comunitaria– Ministerio de Desarrollo Social

Comisión Técnica 12: Comunicación de Riesgo – Ministerio de Seguridad

Comisión Técnica 13: Educación – Ministerio de Educación

Comisión Técnica 14: Género y Diversidad – Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad

Comisión Técnica 15: Discapacidad – Agencia Nacional de Discapacidad

Comisión Técnica 16: Sequías – Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca

e. 14/03/2023 N° 15101/23 v. 14/03/2023

Fecha de publicación 14/03/2023