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25 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


COMISIÓN ARBITRAL CONVENIO MULTILATERAL DEL 18.8.77

Resolución General 2/2023

Puerto Madryn, 08/03/2023

VISTO:

Las Resoluciones Generales Nros. 15/2017 y 6/2021; y,

CONSIDERANDO:

Que la Comisión Arbitral mediante la Resolución General 15/2017, de fecha 8 de noviembre de 2017, aprobó el Reglamento para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios de la Comisión Arbitral, cuya vigencia resultó de aplicación a partir del 1 de enero de 2018.

Que con fecha 10 de marzo de 2021, mediante la Resolución General CA N° 6/2021, se actualizaron los montos establecidos en el art. 5° del Reglamento para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios de la Comisión Arbitral (los que a su vez habían sido actualizados con el dictado de la Resolución General Nº 2/2020), a fin de reflejar su depreciación monetaria.

Que, nuevamente, resulta necesario actualizar dichos montos de acuerdo al índice de precios al consumidor con cobertura nacional, que desde su última actualización al 31 de diciembre de 2022 es del orden del 160 por ciento.

Por ello,

LA COMISIÓN ARBITRAL (CONVENIO MULTILATERAL DEL 18/8/77)

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°: Fíjanse los siguientes montos límite para las contrataciones a que se refiere el artículo 5° del Reglamento para la Contratación de Bienes, Obras y Servicios de la Comisión Arbitral, en:

1. Licitación Pública cuando el monto sea mayor de pesos treinta y cinco millones cien mil ($ 35.100.000).

2. Concurso Privado de Precios cuando el monto sea mayor de pesos un millón ciento veinticinco mil ($ 1.125.000).

3. Contratación Directa cuando el monto sea igual o menor a pesos un millón ciento veinticinco mil ($ 1.125.000).

ARTÍCULO 2°: Publíquese por un (1) día en el Boletín Oficial de la Nación, comuníquese a las jurisdicciones adheridas y archívese.

Luis María Capellano - Fernando Mauricio Biale

e. 15/03/2023 N° 15568/23 v. 15/03/2023

Fecha de publicación 15/03/2023