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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD

Resolución 111/2023

RESOL-2023-111-APN-MMGYD

Ciudad de Buenos Aires, 15/03/2023

VISTO el Expediente EX-2020-40169424- -APN-CGD#MMGYD, los Decretos N° al Decreto N° 1344 del 4 de octubre de 2007, Nº 7 del 10 de diciembre de 2019, modificatorio de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. 1992), las Leyes Nros. 23.179, 24.632, 26.061, 26.485 y 26.743, la Decisión Administrativa N° 279 del 2 de marzo de 2020, la Resolución de la Sindicatura General de la Nación N° 162 del 11 de noviembre de 2014, del Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad Nros. 114 del 29 de julio de 2020, 131 de fecha 30 de julio de 2020, 239 del 8 de octubre de 2020 y 261 de fecha 30 de mayo de 2022 y,

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD N° 114 del 29 de julio de 2020 se creó el PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO PARA DISPOSITIVOS TERRITORIALES DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE PERSONAS EN CONTEXTO DE VIOLENCIA POR MOTIVOS DE GÉNERO, luego modificada por la N° 261/22, en el ámbito de la SUBSECRETARÍA DE ABORDAJE INTEGRAL DE LAS VIOLENCIAS POR RAZONES DE GÉNERO de este Ministerio.

Que el objetivo primordial del PROGRAMA es fortalecer, a través de una transferencia económica y de asistencia técnica, los Dispositivos Territoriales de Protección (Hogares, Refugios, Casas de Medio Camino, espacios integrales de asistencia y protección, entre otros) gestionados por provincias, municipios, y organizaciones sociales y comunitarias con personería jurídica, para la asistencia y protección de las personas y su grupo familiar que se encuentran en situación de violencias por motivos de género.

Que de la experiencia adquirida se desprende que resulta de fundamental importancia realizar modificaciones al PROGRAMA en pos de reforzar distintas formas de acompañamiento a los dispositivos territoriales de protección pertenecientes a organizaciones sociales y comunitarias con personería jurídica.

Que con el propósito de cumplir los objetivos trazados en el marco del PROGRAMA es menester dejar sin efecto la Resolución del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD N° 261/2022, sin perjuicio de que se tiene como objetivo la continuidad de la incorporación de los dispositivos territoriales de protección pertenecientes a organizaciones sociales con personería jurídica, toda vez que estos gestionan espacios necesarios para la protección dentro de las diversas estrategias para lograr el abordaje integral de las violencias por motivos de género.

Que para la instrumentación de las modificaciones formuladas, es menester aprobar los nuevos lineamientos, requisitos para el ingreso, formularios de documentación, el reglamento operativo y modelos de convenio correspondientes. Asimismo, resulta necesario incorporar una declaración jurada a suscribir por las personas responsables de las organizaciones sociales y comunitarias con personería jurídica.

Que los expedientes originados en solicitudes anteriores a la entrada en vigencia de la presente Resolución se regirán por el ordenamiento anterior que se propicia derogar.

Que, por su parte, atento a que la Resolución N° 239/2020 del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD establece el Reglamento General de Rendición de Cuentas de Fondos Presupuestarios Transferidos por el Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad a Provincias, Municipios, otros Entes y Personas Físicas y Jurídicas, corresponde.

Que la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y CONTENCIOSOS del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD han tomado las intervenciones de su competencia.

Que el presente acto se dicta en virtud de las facultades previstas en el Artículo 23 Ter, incisos 3°, 4°, 6º y 7º de la Ley de Ministerios N° 22.520.

Por ello,

LA MINISTRA DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Déjase sin efecto la Resolución del MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD N° 261 del 30 de mayo de 2022.

ARTÍCULO 2°.- Apruébanse los “Lineamientos Generales del PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO PARA DISPOSITIVOS TERRITORIALES DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE PERSONAS EN CONTEXTO DE VIOLENCIA POR MOTIVOS DE GÉNERO” que como ANEXO I (IF-2023-25877019-APN-DNPVVRG#MMGYD) forma parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Apruébanse los “Requisitos para el Ingreso al PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO PARA DISPOSITIVOS TERRITORIALES DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE PERSONAS EN CONTEXTO DE VIOLENCIA que como ANEXOS II (IF-2023-25879723-APN-DNPVVRG#MMGYD) y III (IF-2023-25883086-APN-DNPVVRG#MMGYD) forman parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 4°.- Apruébanse los “Formularios de Documentación” del PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO PARA DISPOSITIVOS TERRITORIALES DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE PERSONAS EN CONTEXTO DE VIOLENCIA POR MOTIVOS DE GÉNERO, que como ANEXOS IV (IF-2023-25886232-APN-DNPVVRG#MMGYD), y V (IF-2023-25888117-APN-DNPVVRG#MMGYD), forman parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5°.- Apruébanse el “Reglamento Operativo del PROGRAMA DE FORTALECIMIENTO PARA DISPOSITIVOS TERRITORIALES DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE PERSONAS EN CONTEXTO DE VIOLENCIA POR MOTIVOS DE GÉNERO”, que como ANEXO VI (IF-2023-25890692-APN-DNPVVRG#MMGYD) forma parte de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6°.- Apruébanse los “Modelo de Convenio Específico” que como ANEXOS VII (IF-2023-25892794-APN-DNPVVRG#MMGYD) y VIII (IF-2023-25895254-APN-DNPVVRG#MMGYD), forman parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 7°.- Apruébase el “Formulario de Declaración jurada” que como ANEXO IX (IF-2023-26003089-APN-DNPVVRG#MMGYD) forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 8°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida, será atendido con el presupuesto vigente de la Jurisdicción 86 - MINISTERIO DE LAS MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, Servicio Administrativo Financiero 386.

ARTÍCULO 9°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL. Los expedientes originados en solicitudes anteriores a la entrada en vigencia de la presente, se regirán por el régimen de la Resolución MMGyD N° 261/22.

ARTÍCULO 10.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Ximena Ayelén Mazzina Guiñazú

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/03/2023 N° 16414/23 v. 16/03/2023

Fecha de publicación 16/03/2023