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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Resolución 502/2023

RESOL-2023-502-APN-MS

Ciudad de Buenos Aires, 16/03/2023

VISTO, el Expediente N° EX-2022-105196297-APN-DD#MS, la LEY NACIONAL DE SALUD MENTAL N° 26.657, el Decreto Reglamentario N° 603 del 28 de mayo de 2013, y la Resolución Conjunta RESFC-2022-5-APN-MS del 5 de julio de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 34 del Decreto Nº 603/13, de fecha 29 de mayo de 2013 reglamentario de la Ley N° 26.657, establece que la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS y el MINISTERIO DE SALUD deben conformar UNA (1) Comisión Permanente de Trabajo a los efectos de dar asistencia técnica y seguimiento permanente para la implementación de los estándares elaborados, aclarando que los mismos se refieren a habilitación, supervisión, acreditación, certificación, monitoreo, auditoría, fiscalización y evaluación.

Que, en consecuencia, mediante el dictado de la Resolución Conjunta RESFC-2022-5-APN-MS, de fecha 5 de julio de 2022 se creó UNA (1) “COMISIÓN PERMANENTE DE TRABAJO Y ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS ESTÁNDARES DE LOS SERVICIOS DE SALUD PÚBLICOS Y PRIVADOS”, la que estará conformada por TRES (3) representantes designados por el MINISTERIO DE SALUD y TRES (3) representantes designados por la SECRETARÍA DE DERECHOS HUMANOS del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Que la resolución mencionada en el considerando anterior estableció que los miembros de la “COMISIÓN PERMANENTE DE TRABAJO Y ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS ESTÁNDARES DE LOS SERVICIOS DE SALUD PÚBLICOS Y PRIVADOS”, serán profesionales idóneos/as en la materia, con reconocidos antecedentes vinculados al campo de la salud, la salud mental y los derechos humanos, siendo su participación con carácter “ad honorem”, sin perjuicio de las remuneraciones y tareas propias de sus respectivos cargos.

Que, en este sentido, corresponde proceder a la designación de TRES (3) representantes del MINISTERIO DE SALUD, quienes integrarán la mencionada Comisión con carácter ad honorem, y sin perjuicio de las tareas propias de su cargo.

Que se destaca asimismo, que las personas propuestas son profesionales idóneos/as en la materia, con reconocidos antecedentes vinculados al campo de la salud, la salud mental y los derechos humanos.

Que la presente medida no implica erogación presupuestaria para la Jurisdicción.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INTITUTOS, la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN, la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD y la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA han tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS HUMANOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en el marco de lo previsto en la Ley Nº 26.657 y su reglamentación aprobada por el Decreto Nº 603/13, en la Resolución Conjunta RESFC-2022-5-APN-MS, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de marzo de 1992, sus normas modificatorias y complementarias.

Por ello,

LA MINISTRA DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Desígnase con carácter ad honorem y sin perjuicio de las tareas propias de su cargo, a la titular de la DIRECCIÓN NACIONAL DE ABORDAJE INTEGRAL DE SALUD MENTAL Y CONSUMOS PROBLEMÁTICOS, de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD, a la Dra. Mariana Elisabeth MORENO, (D.N.I. Nº 17.739.857 ) como representante de este MINISTERIO DE SALUD, ante la “COMISIÓN PERMANENTE DE TRABAJO Y ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS ESTÁNDARES DE LOS SERVICIOS DE SALUD PÚBLICOS Y PRIVADOS”.

ARTÍCULO 2°. - Desígnase con carácter ad honorem y sin perjuicio de las tareas propias de su cargo, a la titular de la DIRECCIÓN NACIONAL DE CALIDAD EN SERVICIOS DE SALUD Y REGULACIÓN SANITARIA de la SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD, Dra. María Teresita ITHURBURU (D.N.I. Nº 17.677.522), como representante de este MINISTERIO DE SALUD, ante la “COMISIÓN PERMANENTE DE TRABAJO Y ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS ESTÁNDARES DE LOS SERVICIOS DE SALUD PÚBLICOS Y PRIVADOS”.

ARTÍCULO 3°. - Desígnase con carácter ad honorem y sin perjuicio de las tareas propias de su cargo, al titular de la DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACION, FISCALIZACION Y SANIDAD DE FRONTERAS DE LA SUBSECRETARIA DE CALIDAD, REGULACION Y FISCALIZACION DE LA SECRETARIA DE CALIDAD EN SALUD DEL MINISTERIO DE SALUD, Dr. Fabián Ariel BASILICO (D.N.I. N° 18.404.208), como representante de este MINISTERIO DE SALUD, ante la “COMISIÓN PERMANENTE DE TRABAJO Y ASISTENCIA TÉCNICA PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LOS ESTÁNDARES DE LOS SERVICIOS DE SALUD PÚBLICOS Y PRIVADOS”.

ARTÍCULO 4°. - El dictado de la presente medida no implica erogación presupuestaria.

ARTÍCULO 5°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Carla Vizzotti

e. 20/03/2023 N° 16973/23 v. 20/03/2023

Fecha de publicación 20/03/2023