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MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Resolución 104/2023

RESOL-2023-104-APN-MAD

Ciudad de Buenos Aires, 17/03/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-77671258- -APN-DGAYF#MAD, la Ley de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de Gestión de Residuos Domiciliarios Nº 25.916, la RESOL-2019-297-APN-SECCYMA#SGP y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 25.916 establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para la gestión integral de residuos domiciliarios, sean éstos de origen residencial, urbano, comercial, asistencial, sanitario, industrial o institucional, con excepción de aquellos que se encuentren regulados por normas específicas.

Que la citada norma, en su artículo 4, establece como objetivos promover la valorización de los residuos a través de la implementación de métodos y procesos adecuados, y minimizar aquellos con destino a disposición final.

Que, asimismo, en su artículo 25, incisos f) y g), dispone que es función de la Autoridad de Aplicación promover la participación de la población en programas de reducción, reutilización y reciclaje de residuos, al igual que fomentar, a través de programas de comunicación social y de instrumentos económicos y jurídicos, la valorización de residuos.

Que la gestión ambientalmente adecuada de los residuos generados en instituciones resulta una cuestión de vital importancia, por la cual se ha advertido la necesidad de ofrecer una herramienta metodológica sobre la temática que estipule lineamientos apropiados de gestión, a fin de cumplir con criterios estandarizados de sustentabilidad.

Que el Decreto N° 779/2022 aprueba la Reglamentación de la Ley de Gestión Integral de Residuos Domiciliarios Nº 25.916 y también el “Código unificado de colores para la clasificación e identificación de fracciones de residuos domiciliarios” .

Que a la fecha existen numerosos documentos confeccionados por diferentes organismos públicos relativos a la gestión de residuos orgánicos domiciliarios, pero no así de aquellos derivados de las actividades institucionales;

Que la RESOL-2019-297-APN-SECCYMA#SGP aprueba la GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS AMBIENTALES: RECOMENDACIONES PARA LA CORRECTA GESTIÓN DE RESIDUOS EN OFICINAS a fin de llevar adelante una correcta gestión de residuos que en dicho ámbito se generan.

Que en la citada resolución se aborda principalmente la gestión en oficinas de las fracciones reciclables no compostables, siendo necesario un abordaje pormenorizado de las fracciones orgánicas compostables in situ.

Que, el Plan de Compostaje Institucional (PCI) que se propone en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (PCI-MAyDS), se plantea como estrategia de gestión de valorización de residuos orgánicos. El mismo establece las bases para la planificación e implementación de una buena práctica que tienda a la valorización in situ de residuos orgánicos que se generan en las oficinas del Ministerio y además optimice las acciones y decisiones que cotidianamente se toman respecto a los residuos orgánicos en el ámbito institucional.

Que el marco normativo en la materia, requiere que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible pueda adecuar su estructura y/o funcionamiento interno en materia de residuos, y asegurarse, de esta manera, que el desarrollo de las tareas asociadas a la gestión de residuos que se implemente se adecúe a los criterios establecidos.

Que, a efectos de brindar impulso institucional en la consolidación de buenas prácticas ambientales para la gestión de residuos orgánicos institucionales, deviene necesario propiciar la implementación de un plan ministerial, que sentará las bases para establecer una práctica armónica que tienda a la valorización in situ, incorpore nuevos métodos de trabajo, y optimice las acciones y decisiones que cotidianamente se toman respecto a los residuos orgánicos en el ámbito institucional.

Que, por todo lo expuesto, resulta conveniente crear el Plan de Compostaje Institucional en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible a fin de llevar adelante una adecuada valorización de los mismos en pos de la optimización de recursos, reducción de huella de carbono y fomento de la economía circular.

Que el mentado Plan de Compostaje Institucional fue elaborado siguiendo las recomendaciones de la “Guía de Compostaje en Instituciones. Lineamientos para diseñar un Plan de Compostaje Institucional (PCI)” (IF-2022-77117006-APN-SORC#INTI), que fuera redcatado entre el MAYDS conjuntamente con el INTI. La misma tiene por objetivo sentar las bases para establecer una práctica armónica que tienda a la valorización in situ, incorpore nuevos métodos de trabajo, y optimice las acciones y decisiones que cotidianamente se toman respecto a los residuos orgánicos en el ámbito institucional. Todo ello en un marco de desarrollo sostenible y asegurando la participación e involucramiento de todos los actores locales, lo cual compartimos y adoptamos.

Que, se invita a las provincias y municipios, instituciones, asociaciones y organizaciones y toda otra entidad pública y/o privada, a adherir al Plan de Compostaje Institucional (PCI), mediante la presentación de la Carta de adhesión;

Que, la mencionada Carta de adhesión es la manifestación expresa del compromiso que asumen aquellas instituciones públicas o privadas, a llevar a cabo las acciones propuestas para la elaboración y ejecución del Plan de Compostaje Institucional (PCI) conforme a los lineamientos expresados, y dicha adhesión les permitirá comenzar a impulsar las acciones necesarias para el desarrollo de políticas ambientales vinculadas a la valorización de orgánicos en ámbitos institucionales;

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE ha tomado la intervención que le corresponde.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (T.O. por Decreto N° 438/92 y sus modificatorios), el Decreto N° 7/2019 y el Decreto N° 50/2019 y sus modificatorios.

Por ello,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Créase el Plan de Compostaje Institucional (PCI) en el ámbito del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (PCI-MAyDS), como estrategia de gestión de valorización de residuos orgánicos. El PCI-MAyDS que como ANEXO I (IF-2022-137104823-APN-DCAYR#MAD) forma parte de la presente, establece las bases para la planificación e implementación de una buena práctica que tienda a la valorización in situ de residuos orgánicos que se generan y optimice las acciones y decisiones que cotidianamente se toman respecto a los residuos orgánicos en el ámbito institucional.

ARTÍCULO 2º.- El PCI-MAyDS se desarrollará en el ámbito de la Subsecretaría de Fiscalización y Recomposición perteneciente a la Secretaría de Control y Monitoreo Ambiental del Ministerio de Ambiente y la coordinación técnica y operativa estará a cargo de la Dirección de Calidad Ambiental y Recomposición, perteneciente a dicha Subsecretaría.

ARTÍCULO 3º.- Invitase a las provincias y municipios, instituciones, asociaciones y organizaciones y toda otra entidad pública y/o privada, a adherir al Plan de Compostaje Institucional (PCI). La adhesión será realizada mediante la presentación de la Carta de adhesión firmada por la autoridad correspondiente.

ARTÍCULO 4º.- Apruébase el modelo de Carta de adhesión al Plan de Compostaje Institucional (PCI) que como ANEXO II (IF-2022-137106957-APN-DCAYR#MAD) forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 5º.- El Plan de Compostaje Institucional (PCI) no implicara erogación presupuestaria alguna por parte del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Juan Cabandie

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 21/03/2023 N° 17580/23 v. 21/03/2023

Fecha de publicación 21/03/2023