OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE SEGURIDAD COMERCIAL, INDUSTRIAL E INVESTIGACIONES PRIVADAS
Decreto 151/2023
DCTO-2023-151-APN-PTE - Desígnase Interventor.
Ciudad de Buenos Aires, 21/03/2023
VISTO el Expediente N° EX-2020-53134754-APN-SSS#MS, las Leyes Nros. 23.660 y sus modificatorias, 23.661 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 576 del 1º de abril de 1993 y sus modificatorios, 264 del 20 de abril de 2021 y 594 del 14 de septiembre de 2022 y las Resoluciones del MINISTERIO DE SALUD N° 127 del 18 de enero de 2022 y N° 3453 del 12 de diciembre de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que por el citado Decreto N° 264/21 se intervino, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días, la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE SEGURIDAD COMERCIAL, INDUSTRIAL E INVESTIGACIONES PRIVADAS - O.S.P.S.I.P. (R.N.O.S. N° 1-1970-8).
Que por el Decreto Nº 594/22 se designó al doctor Sigifredo Jorge BANEGAS en el cargo de Interventor de la citada OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE SEGURIDAD COMERCIAL, INDUSTRIAL E INVESTIGACIONES PRIVADAS - O.S.P.S.I.P. (R.N.O.S. N° 1-1970-8), con las facultades de administración y ejecución que el Estatuto del Agente del Seguro de Salud le otorga al Consejo Directivo.
Que el artículo 1° del referido Decreto N° 264/21 faculta al MINISTERIO DE SALUD a prorrogar el plazo de la intervención, de considerarlo necesario para la consecución de los objetivos planteados.
Que, en tal sentido, el MINISTERIO DE SALUD dictó la Resolución Nº 3453/22 por la cual se prorrogó por CIENTO OCHENTA (180) días la Intervención del citado Agente del Seguro de Salud, dispuesta por el Decreto N° 264/22 y prorrogada por la Resolución del referido Ministerio N° 127/22 y se ratificó en el cargo de Interventor al doctor Sigifredo Jorge BANEGAS.
Que toda vez que las circunstancias que dieron lugar a la Intervención de la mencionada Obra Social se encuentran vigentes, la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, en el marco de las facultades que le otorga el inciso 3° del artículo 27 de la Ley N° 23.660, ha propuesto al PODER EJECUTIVO NACIONAL la designación del señor Jorge Carlos ALONSO en el cargo de Interventor del citado Agente del Seguro de Salud con el fin de dar continuidad al proceso iniciado.
Que han tomado intervención los servicios de asesoramiento jurídico competentes.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dispónese el cese, a partir de la fecha del presente, del doctor Sigifredo Jorge BANEGAS (D.N.I. N° 4.444.570) en el cargo de Interventor de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE SEGURIDAD COMERCIAL, INDUSTRIAL E INVESTIGACIONES PRIVADAS – O.S.P.S.I.P. (R.N.O.S. N° 1-1970-8), en el que fuera designado por el Decreto N° 594/22.
ARTÍCULO 2º.- Desígnase, a partir de la fecha del presente, al señor Jorge Carlos ALONSO (D.N.I. N° 13.799.687) en el cargo de Interventor de la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE SEGURIDAD COMERCIAL, INDUSTRIAL E INVESTIGACIONES PRIVADAS – O.S.P.S.I.P. (R.N.O.S. N° 1-1970-8), con las facultades de administración y ejecución que el Estatuto del Agente del Seguro de Salud le otorga al Consejo Directivo.
ARTÍCULO 3°.- El Interventor deberá elevar a la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE SALUD, un informe mensual de su gestión, con el detalle de la situación institucional de la entidad y su evolución administrativa y prestacional.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
FERNÁNDEZ - Agustín Oscar Rossi - Carla Vizzotti
e. 22/03/2023 N° 18450/23 v. 22/03/2023
Fecha de publicación 22/03/2023