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6 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA COLÓN

“-----Se pone en conocimiento de la Sra. Andrea Joseana OLIVEIRA D.N.I. 34.892.354, que en el marco de la Actuación registrada como 12459-4-2019 (013-DN-106-2020/2), mediante Resolución 2020-131-E-AFIP-ADCOLO#SDGOAI de fecha 21 de agosto de 2020, se ha dispuesto que de abandonar voluntariamente a favor del Estado Nacional la mercadería en presunta infracción dentro del perentorio término de QUINCE (15) días hábiles contados a partir de la fecha de publicación del presente, se procederá al ARCHIVO DEFINITIVO de la misma SIN REGISTRAR EL ANTECEDENTE (conf. ap. “L” de la Instrucción General Nº 9/17 DGA). En el supuesto de no hacerse uso de la opción prevista anteriormente se ARCHIVARÁ DEFINITIVAMENTE la presente actuación, conforme lo normado en el Punto 6 del ap. “D” y en el ap. “E” de la Instrucción General citada. Asimismo se ha resuelto el COMISO y DESTRUCCIÓN de la mercadería involucrada de acuerdo con lo establecido en la parte final del art. 6º de la Ley Nº 25.603. Firmado: Hugo Ramón MARSILLI – Administrador Aduana de Colón - Aduana de Colón sita en Alejo Peyret 114 – COLÓN – ENTRE RÍOS”.-

Hugo Ramon Marsilli, Administrador de Aduana.

e. 22/03/2023 N° 18077/23 v. 22/03/2023

Fecha de publicación 22/03/2023