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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CULTURA

Resolución 234/2023

RESOL-2023-234-APN-MC

Ciudad de Buenos Aires, 09/03/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-16891305- -APN-DGD#MC, la Resolución N° 477 de fecha 20 de abril de 2022 del MINISTERIO DE CULTURA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución M.C. N° 477/22 (RESOL-2022-477-APN-MC) se dispuso la creación del PROGRAMA DE FOMENTO AL SECTOR DEL LIBRO, en el ámbito de la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE PROYECTOS CULTURALES dependiente de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL.

Que el Programa tiene como objeto promover y estimular la producción editorial; favorecer la continuidad y sostenibilidad de las librerías; impulsar la presencia de nuestra industria editorial en el exterior; y contribuir a la profesionalización del sector.

Que en la PRIMERA CONVOCATORIA NACIONAL del Programa se recibieron DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS (276) postulaciones válidas, presentadas por editoriales, librerías, revistas culturales y por distintos actores del sector del libro, que se inscribieron en alguna de las TRES (3) líneas disponibles: publicación, innovación e internacionalización.

Que, en virtud de lo expuesto, resulta oportuno llamar a una SEGUNDA CONVOCATORIA NACIONAL del PROGRAMA DE FOMENTO AL SECTOR DEL LIBRO, que permita seguir acompañando y fortaleciendo al ecosistema del libro y a sus hacedores/as en todo el territorio nacional.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de sus competencias.

Que el gasto que demande la presente medida, será imputado con cargo a las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023 y distribuido por la Decisión Administrativa Nº 4 de fecha 9 de enero de 2023 (DECAD-2023-4-APN-JGM).

Que la presente medida se dicta de conformidad con las atribuciones y facultades otorgadas mediante la Ley de Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificatorios y los Decretos Nº 101/85 y Nº 1344/07 y sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL MINISTRO DE CULTURA

RESUELVE

ARTÍCULO 1º.- Aprobar y declarar abierta la SEGUNDA CONVOCATORIA NACIONAL del PROGRAMA DE FOMENTO AL SECTOR DEL LIBRO, de conformidad con el Reglamento de Bases y Condiciones registrado como ANEXO I (IF-2023-24434083-APN-DNPPC#MC) y las Declaraciones Juradas ANEXO II (IF-2023-18638939-APN-DNPPC#MC) y ANEXO III (IF-2023-18639201-APN-DNPPC#MC) que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2º.- Destinar la suma de PESOS TREINTA MILLONES ($30.000.000.-) para la atención de los proyectos que serán seleccionados en el marco de la convocatoria aprobada por el Artículo 1º.

ARTÍCULO 3º.- Establecer que la DIRECCIÓN NACIONAL DE PROMOCIÓN DE PROYECTOS CULTURALES, dependiente de la SECRETARÍA DE DESARROLLO CULTURAL, será la autoridad de aplicación e interpretación del Programa, encontrándose facultada para dictar las normas de carácter operativo y/o interpretativo que resulten necesarias para su implementación, con intervención de las áreas técnicas pertinentes dependientes de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con cargo a las partidas presupuestarias correspondiente a la JURISDICCIÓN 72 – MINISTERIO DE CULTURA.

ARTÍCULO 5º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Tristán Bauer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 27/03/2023 N° 18865/23 v. 27/03/2023

Fecha de publicación 27/03/2023