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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 335/2023

Resolución ENRE N° 335/2023

ACTA N° 1834

Expediente ENRE N° EX-2021-53930208-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 23 DE MARZO DE 2023

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de Acceso al Sistema de Transporte Existente presentada por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.) requerida por ENERGÍAS RENOVABLES LAS LOMAS SOCIEDAD ANÓNIMA (ENERGÍAS RENOVABLES LAS LOMAS S.A.) para vincular su nuevo Parque Solar Fotovoltaico Las Lomas (PSFLL) de 32,4 MW que se vincula a la red de 66 kV de la EMPRESA DISTRIBUIDORA DE ELECTRICIDAD DE LA RIOJA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDELAR S.A.) quien actúa como Prestador Adicional de la Función Técnica de Transporte (PAFTT). 2.- Publicar la solicitud referida en el artículo 1 mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio, por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos desde la última publicación efectuada, para que quien considere que la solicitud en cuestión pudiera afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee oposición fundada por escrito ante el ENRE. 3.- Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, se convocará a una Audiencia Pública para recibir las oposiciones y permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, en caso de que no hubiera ninguna presentación fundada al vencimiento de los plazos señalados, este Ente Nacional procederá a dictar un acto administrativo a fin de otorgar el acceso requerido para el proyecto detallado en el artículo 1. 5.- ENERGÍAS RENOVABLES LAS LOMAS S.A. deberá incorporar en su proyecto todas las observaciones y requerimientos técnicos presentados por TRANSNOA S.A., EDELAR y por CAMMESA a efectos de garantizar el correcto funcionamiento del Sistema Argentino de Interconexión (SADI). 6.- ENERGÍAS RENOVABLES LAS LOMAS S.A. deberá dar cumplimiento a los requisitos de la Resolución ENRE N° 558 de fecha 4 de noviembre de 2022 y complementarias correspondientes al D.Amb, una vez otorgada la habilitación comercial. 7.- Notificar a TRANSNOA S.A., EDELAR S.A. y CAMMESA. 8.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Walter Domingo MARTELLO.

Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.

e. 28/03/2023 N° 19841/23 v. 28/03/2023

Fecha de publicación 28/03/2023