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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD

Resolución 583/2023

RESOL-2023-583-APN-DNV#MOP

Ciudad de Buenos Aires, 27/03/2023

VISTO el Expediente N° EX-2023-27797867- -APN-CGPYPEFE#DNV, del registro de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD, organismo descentralizado bajo la órbita del MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 52 de fecha 28 de enero 2022, se facultó al Sr Secretario de Asuntos Estratégicos de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a suscribir, en nombre y representación de la REPÚBLICA ARGENTINA, el Contrato de Préstamo BID N°5378/OC-AR y su documentación adicional, aprobando, asimismo, el Modelo de Contrato de Préstamo BID N° 5378/OC-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID).

Que, por medio del Contrato de Préstamos suscripto, el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO (BID) se comprometió a asistir financieramente a la REPÚBLICA ARGENTINA con el fin de cooperar en la ejecución del “Programa de Infraestructura Vial Productiva-Fase III”.

Que el objetivo general del citado Programa es mejorar la calidad de las condiciones de circulación y seguridad vial de los usuarios, promoviendo un modelo de empleabilidad futura inclusivo asociado a las obras.

Que entre los objetivos específicos se encuentra el de (ii) contribuir a asegurar la transitabilidad permanente de los Caminos Rurales (CR) intervenidos vinculados a corredores de integración con la Red Vial Provincial (RVP) o Red Vial Nacional (RVN) pavimentada.

Que mediante Resolución de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD N° RESOL-2021-553-APN-DNV#MOP del 3 de mayo de 2021, se aprobó el “PROGRAMA FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA VIAL PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL Y PRODUCTIVO” y revistiendo el mismo carácter de estratégico en términos de su contribución al cumplimiento de la política nacional en materia de obra pública.

Que la citada resolución establece que, la COORDINACIÓN DE PROGRAMAS Y PROYECTOS ESPECIALES CON FINANCIAMIENTO EXTERNO, será la autoridad de aplicación del Programa y de aquéllos que a futuro sean categorizados con igual jerarquía.

Que posteriormente mediante Resolución de esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD N° RESOL-2021-1531-APN-DNV#MOP del 15 de octubre de 2021, se aprobó el REGLAMENTO OPERATIVO DE LOS MÓDULOS “PUESTA EN VALOR DE CAMINOS RURALES” y “FORTALECIMIENTO DEL PARQUE VIAL MUNICIPAL”.

Que asimismo, en la citada resolución se aprobó el modelo de CONVENIO MARCO a suscribirse entre la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD y las PROVINCIAS y/o los MUNICIPIOS que adhieran al PROGRAMA FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA VIAL PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL Y PRODUCTIVO, y el modelo de CONVENIO ESPECÍFICO.

Que el PROGRAMA FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA VIAL PARA EL DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL Y PRODUCTIVO será financiado a través de los recursos asignados a esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD.

Que la COORDINACIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS ESPECIALES CON FINANCIAMIENTO EXTERNO, ha elaborado los modelos de Convenio Marco y Convenio Específico, que deberán suscribir los beneficiarios del Programa.

Que habiendo sido puesto a consideración los Modelos de Convenio Marco de Adhesión, la SUBGERENCIA DE CONVENIOS, la COORDINACIÓN DE ASUNTOS FEDERALES y la GERENCIA EJECUTIVA DE RELACIONES INSTITUCIONALES, COMUNICACIONES Y POLÍTICA, han tomado intervención de su competencia, sin objeciones que formular.

Que en tal sentido a través de la Resolución N° RESOL-2022-891-APN-DNV#MOP se aprobó el modelo de “CONVENIO MARCO DE ADHESIÓN COMPLEMENTARIO” al “PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA VIAL PRODUCTIVA – FASE III”.

Que referido modelo de Convenio Complementario se aprobó con el espíritu de integrar los aprobados por la citada Resolución N° RESOL-2021-1531-APN-DNV#MOP, dando atención a particularidades propias de la geografía y organización política de la PROVINCIA suscriptora.

Que toda manifestación de la voluntad de una autoridad en su ejercicio de la actividad administrativa que produzca efectos jurídicos como crear, transmitir, modificar o extinguir derechos y obligaciones, debe ser instrumentada a través de un acto administrativo que cumpla en un todo con el principio de Juridicidad y Legalidad, y particularmente con lo normado por el Artículo 7, de la ley N° 19.549, resulta necesario obtener la aprobación del “CONVENIO MARCO DE ADHESIÓN COMPLEMENTARIO al “PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA VIAL PRODUCTIVA – FASE III”, suscritos con firma Ológrafa, entre el Administrador General de la DNV y el Administrador General de la DPV de la Provincia de Buenos aires.

Que la GERENCIA EJECUTIVA DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se suscribe en virtud de las atribuciones conferidas por Decreto-Ley N° 505/58, ratificado por Ley N° 14.467 y Ley N°16.920.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Convalidase la suscripción del “CONVENIO MARCO DE ADHESIÓN COMPLEMENTARIO al “PROGRAMA DE INFRAESTRUCTURA VIAL PRODUCTIVA – FASE III”, celebrado entre esta DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD y la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE VIALIDAD DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, que forma parte integrante de la presente como documento N° IF-2023-31539808-APN-CGPYPEFE#DNV.

ARTÍCULO 2°.- Publíquese por intermedio de la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL, por el término de UN (1) día.

ARTÍCULO 3°.- Tómese razón a través de la SUBGERENCIA DE DESPACHO Y MESA GENERAL DE ENTRADAS, quién comunicará mediante el sistema de Gestión Documental Electrónica (G.D.E. - CCOO) a las dependencias intervinientes, cursará las notificaciones de práctica y arbitrará los medios necesarios para la publicación en el Boletín Oficial. Cumplido, pase a la GERENCIA EJECUTIVA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS y a la COORDINACIÓN GENERAL DE PROGRAMAS Y PROYECTOS ESPECIALES CON FINANCIAMIENTO EXTERNO, a sus efectos.

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese, Comuníquese, y dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación.

Gustavo Hector Arrieta

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 30/03/2023 N° 20449/23 v. 30/03/2023

Fecha de publicación 30/03/2023