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Primera sección


MINISTERIO DE DEFENSA

Decisión Administrativa 253/2023

DECAD-2023-253-APN-JGM - Contratación Directa Interadministrativa N° 38/1-0184-CDI22.

Ciudad de Buenos Aires, 31/03/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-131830476-APN-JEMA#ARA, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivas normas modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Contratación Directa Interadministrativa N° 38/1-0184-CDI22 sustanciada con el objeto de contratar los servicios necesarios para la recuperación de las capacidades de transporte de cargas y subsistemas de ventilación y extracción de aire de bodegas del Transporte A.R.A. “CANAL BEAGLE” de la ARMADA ARGENTINA.

Que la Contratación Directa Interadministrativa referida se encuadra en el artículo 25, inciso d) apartado 8 del Decreto N° 1023/01 y los artículos 14 y 22 del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional aprobado por el Decreto N° 1030/16.

Que, en dicho marco, se suscribió el Contrato Interadministrativo con fecha 1° de noviembre de 2022 entre el ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA y la empresa TALLERES NAVALES DÁRSENA NORTE S.A.C.I. Y N. (TANDANOR S.A.C.I. Y N.) “ad referendum” de su aprobación por parte del Jefe de Gabinete de Ministros, para brindar el servicio referido por un monto total de PESOS CIENTO VEINTICINCO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 54/100 ($125.571.484,54) y de DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHO CON 07/100 (USD 1.367.708,07).

Que el referido contrato contribuye al interés público y a la utilidad nacional, ya que se vincula a la defensa del Estado Nacional a través del mantenimiento de la capacidad operacional de las Fuerzas Armadas, con el fin de garantizar la protección del territorio nacional.

Que en virtud de lo expresado precedentemente corresponde aprobar la citada Contratación Directa Interadministrativa.

Que el área pertinente de la ARMADA ARGENTINA ha manifestado que cuenta con crédito presupuestario para atender los gastos que emanen del contrato interadministrativo en cuestión.

Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE DEFENSA.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto Nº 1344/07 y sus modificatorios y por el artículo 9°, incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto Nº 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébase el procedimiento de selección correspondiente a la Contratación Directa Interadministrativa N° 38/1-0184-CDI22 sustanciada con el objeto de contratar los servicios necesarios para la recuperación de las capacidades de transporte de cargas y subsistemas de ventilación y extracción de aire de bodegas del Transporte A.R.A. “CANAL BEAGLE” de la ARMADA ARGENTINA.

ARTÍCULO 2º.- Apruébase el Contrato Interadministrativo (IF-2022-118828894-APN-EMGA#ARA) suscripto entre el ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA y la empresa TALLERES NAVALES DÁRSENA NORTE S.A.C.I. y N. (TANDANOR S.A.C.I. y N.) (C.U.I.T. N° 30-50688559-7), con fecha 1° de noviembre de 2022 y sus Anexos I (IF-2023-09140694-APN-EMGA#ARA), II (IF-2023-09140426-APN-EMGA#ARA), III, IV y V (IF-2023-09140251-APN-EMGA#ARA), que forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- Adjudícase la referida Contratación Directa Interadministrativa N° 38/1-0184-CDI22 a la empresa TALLERES NAVALES DÁRSENA NORTE S.A.C.I. y N. (TANDANOR S.A.C.I. y N.) por un monto total de PESOS CIENTO VEINTICINCO MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 54/100 ($125.571.484,54), en concepto de mano de obra, y de DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN TRESCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHO CON 07/100 (USD 1.367.708,07), en concepto de materiales.

ARTÍCULO 4º.- Autorízase al Servicio Administrativo Financiero de la ARMADA ARGENTINA a emitir la correspondiente Orden de Compra.

ARTÍCULO 5º.- Autorízase al Ministro de Defensa a aprobar la ampliación, disminución, suspensión, resolución, rescisión y declaración de caducidad respecto de la Contratación Directa Interadministrativa que por el presente acto se adjudica.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande la presente medida será atendido con cargo a las asignaciones presupuestarias correspondientes a la Jurisdicción 45.22 - ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA.

ARTÍCULO 7º.- La COMISIÓN DE RECEPCIÓN para el referido Acto Contractual estará integrada por los miembros mencionados en la cláusula quinta del Contrato Interadministrativo aprobado por el artículo 2º de la presente medida, deberá darse cumplimiento al artículo 86 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16 y sus modificatorios, y se facultará al ESTADO MAYOR GENERAL DE LA ARMADA a modificar sus miembros de resultar ello procedente por cuestiones operativas.

ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Agustín Oscar Rossi - Jorge Enrique Taiana

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decisión Administrativa se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/04/2023 N° 21581/23 v. 03/04/2023

Fecha de publicación 03/04/2023