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AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN

Resolución 51/2023

RESOL-2023-51-APN-ANPIDTYI#MCT

Ciudad de Buenos Aires, 30/03/2023

VISTO el Decreto N° 2.098 del 5 de diciembre de 2008 y modificatorios, la RESOLUCIÓN CONJUNTA de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO Y SECRETARÍA DE HACIENDA N° 5 del 23 de febrero de 2022, la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N°75 de fecha 29 de Abril de 2022 y el Expediente Nº EX-2022-79528824- -APN-DGA#ANPIDTYI del registro de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN y,

CONSIDERANDO:

Que en el expediente mencionado en el VISTO tramita la asignación del “Suplemento por Función Específica de Informática” establecida en el artículo 1º de la RESOLUCIÓN CONJUNTA de la SECRETARÍA DE GESTION Y EMPLEO PÚBLICO Y SECRETARIA DE HACIENDA N° 5 del 23 de febrero de 2022 a favor de la agente Laura Cristina CARRERA GUTIERREZ (DNI N° 29.249.341).

Que el artículo 1° de la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N° 5/2022 incorporó al Nomenclador de Funciones Específicas del Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por Decreto 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, el CAPÍTULO VI: “OCUPACIONES COMPRENDIDAS EN EL AGRUPAMIENTO PROFESIONAL O GENERAL PARA EL PERSONAL QUE SE DESEMPEÑE PUESTOS DE LA FAMILIA TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES “ en función de las prescripciones del Acta 166 del 28 de diciembre de 2021 de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera del Sistema Nacional de Empleo Público, que quedará redactado según el detalle obrante en el Anexo I - IF2022-14924171-APN- SGYEP#JGM…”.

Que, por su parte, el artículo 2º de la citada Resolución Conjunta establece que el Suplemento a asignar, será establecido mediante el mecanismo que por reglamentación disponga la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO, con la correspondiente consulta a las entidades sindicales signatarias, en el marco de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera del Sistema Nacional de Empleo Público.

Que en las tramitaciones mencionadas se ha dado cumplimiento a los requisitos exigidos para la asignación del citado Suplemento, correspondiente al mencionado CAPÍTULO VI.

Que los veedores gremiales designados han prestado conformidad a la medida en curso.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO y la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN dependientes de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención de su competencia.

Que atento a lo que surge de las actuaciones precedentemente mencionadas, corresponde asignar a la citada agente el Suplemento por Función Específica de Informática, para cumplir funciones pertinentes con el adicional solicitado.

Que el artículo 10 del Anexo I de la Resolución N° 75/2022 establece el plazo de vigencia de la asignación del Suplemento por Función Específica, por el ejercicio presupuestario en curso y por los DOS (2) siguientes.

Que el artículo 94, inciso b, del Decreto Nº 2098/2008 establece que, de concurrir la percepción del Suplemento por Función Específica con la percepción del Suplemento por Agrupamiento, la suma del porcentaje a asignar al primero no podrá ser mayor al CIEN POR CIENTO (100%) de la Asignación Básica del Nivel Escalafonario.

Que han tomado la intervención que les compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el Decreto 157 de fecha 14 de febrero de 2021 y el artículo 1° de la Resolución Conjunta SGYEP y SH N° 5 del 23 de febrero de 2022.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Asignar, a partir del 1º día del mes siguiente al dictado de la presente medida, por el ejercicio presupuestario en curso y los DOS (2) ejercicios siguientes, a la agente Laura Cristina CARRERA GUTIERREZ (DNI N° 29.249.341), titular de un cargo Nivel A, Grado 4, Agrupamiento PROFESIONAL, Tramo GENERAL del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.), el Suplemento por Función Específica de Informática del SETENTA POR CIENTO (70%), para desempeñar funciones de Gestor/a de Proyectos de Desarrollo Informático incorporadas al Subcapítulo VI.3.3 del Capítulo VI del Nomenclador de Funciones Específicas por la Resolución Conjunta SGYEP y SH N° 5 del 23 de febrero de 2022 y reglamentada por la Resolución de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO N°75 de fecha 29 de Abril de 2022.

ARTÍCULO 2º.- Adecuar el porcentaje percibido por el Suplemento descripto en el artículo anterior al SESENTA PORCIENTO (60%), en función a lo establecido en el artículo 94 inciso b) del Decreto Nº 2098/2008.

ARTÍCULO 3°.- Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida a las partidas presupuestarias de los ejercicios 2023, 2024 y 2025.

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Fernando Ernesto Peirano

e. 03/04/2023 N° 21767/23 v. 03/04/2023

Fecha de publicación 03/04/2023