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FONDO NACIONAL DE LAS ARTES

Resolución 916/2023

RESFC-2023-916-APN-PD#FNA

Ciudad de Buenos Aires, 29/03/2023

VISTO el expediente EX-2022-46857261- -APN-GO#FNA, el Decreto Ley N° 1.224/58 y el artículo 101 del Decreto Reglamentario N° 1759/72 (t.o. 2017), la Ley 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2023, la Decisión Administrativa N° 814 del 15 de mayo 2020, las Resoluciones del Directorio del Fondo Nacional de las Artes N° 207 de fecha 22 de marzo de 2021, 236 de fecha 8 de abril de 2021, 414 de fecha 11 de noviembre de 2021, 620 de fecha 29 de julio de 2022, 870 de fecha 23 de enero de 2023 y,

CONSIDERANDO

Que por Resolución del Fondo Nacional de las Artes Nº 870 del 23 de enero del 2023 se prorrogaron las designaciones transitorias del Dr. Alberto Raúl ARIAS, Sr. Juan Ignacio BALZA, Dr. Diego Hernán SIGALEVICH y Lic. Gerardo SANCHEZ.

Que por un error material involuntario se consignó en el VISTO de la citada Resolución la Ley N° 27.467 en tanto corresponde consignar la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2022, vigente conforme el artículo 27 de Ley N°24.156 y sus modificatorias, en los términos del Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021 y la Ley 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2023.

Que, asimismo, se han advertido errores materiales involuntarios en los artículos 3º y 4º de la citada Resolución, toda vez que se consigna el año 2022 cuando debería establecerse el año 2023.

Que el Artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos aprobado por el Decreto N° 1759 de fecha 3 de abril de 1972 (T.O. 2017) contempla la facultad de rectificar los errores materiales o de hecho y los aritméticos, en cualquier momento, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.

Que en consecuencia, corresponde rectificar el Visto y los artículos 3º y 4 de la Resolución del Fondo Nacional de las Artes Nº 870 del 23 de enero del 2023.

Que por Nota NO-2023-26833549-APN-PD#FNA de fecha 11 de marzo de 2023 se solicitó tramitar la prórroga de la Designación Transitoria detallada en la misma.

Que por Decisión Administrativa N° 814 de fecha 15 de mayo de 2020, prorrogada por la Resolución del Directorio del Fondo Nacional de las Artes N° 207 de fecha 22 de marzo de 2021, su rectificatoria N° 236 de fecha 8 de abril del 2021 y la Resolución del Directorio del Fondo Nacional de las Artes N° 414 de fecha 11 de noviembre del 2021 y N° 620 de fecha 29 de Julio de 2022 se designó transitoriamente a la Dra. Mónica Beatriz NEFFKE (D.N.I. N° 18.245.032), en el cargo de GERENTE DE OPERACIONES del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, Organismo Autárquico en jurisdicción del MINISTERIO DE CULTURA.

Que mediante la Decisión Administrativa N° 827 de fecha 2 de octubre de 2019 se aprobó la Estructura Organizativa de primer y segundo nivel operativo del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.

Que el Artículo 3° de la Decisión Administrativa citada precedentemente homologa y deroga en el nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes al FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.

Que por el Decreto N° 2098/2008, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (S.I.N.E.P.).

Que por el artículo 3° del Decreto 1035/2018 se facultó a las máximas autoridades de organismos descentralizados a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.

Que por razones de índole operativa no se han podido tramitar los procesos de selección para la cobertura de los cargos en cuestión.

Que a fin de garantizar la continuidad de la gestión normal y habitual de este FONDO NACIONAL DE LAS ARTES es necesario prorrogar las designaciones transitorias aludidas.

Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados al FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.

Que se cuenta con el crédito necesario en el presupuesto para atender el gasto resultante de la medida que se aprueba por el presente.

Que la SUBGERENCIA LEGAL del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente Resolución se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto Ley N° 1224/1958 y el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017).

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL FONDO NACIONAL DE LAS ARTES

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Rectifícase el VISTO de la Resolución del Fondo Nacional de las Artes Nº 870 del 23 de enero del 2023, que quedará redactado de la siguiente manera:

“VISTO el expediente EX-2022-46857261- -APN-GO#FNA, Ley N° 27.467, la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2022, vigente conforme el artículo 27 de Ley N°24.156 y sus modificatorias, en los términos del Decreto N° 882 del 23 de diciembre de 2021 y la Ley 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2023, los Decreto Nros. 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 1035 de fecha 8 de noviembre de 2018, las Decisiones Administrativas Nros 1858 de fecha 16 de octubre de 2020, 1872 de fecha 19 de octubre de 2020, 2149 de fecha 9 de diciembre de 2020, 436 de fecha 29 de abril de 2022, y las Resoluciones del Directorio del Fondo Nacional de las Artes N° 310 de fecha 29 de julio de 2021, 375 de fecha 28 de septiembre 2021, 620 de fecha 29 de julio de 2022 y,”

ARTICULO 2º.- Rectifícase el artículo 3° de la Resolución del Fondo Nacional de las Artes Nº 870 del 23 de enero del 2023, que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 3°.- Dase por prorrogada, a partir del 20 de enero de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA DÍAS (180) hábiles, la designación transitoria del Dr. Diego Hernán SIGALEVICH (D.N.I. N° 21.430.434) en idénticas condiciones a las dispuestas por la Decisión Administrativa N° 436/2022 autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel II, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (S.I.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/2008, sus modificatorios y complementarios”.

ARTICULO 3.- Rectifícase el artículo 4° de la Resolución del Fondo Nacional de las Artes Nº 870 del 23 de enero del 2023, que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 4°. - Dase por prorrogada, a partir del 15 de febrero de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA DÍAS (180) hábiles, la designación transitoria del Lic. Gerardo SANCHEZ (D.N.I. N° 29.878.333) en idénticas condiciones a las dispuestas por la Decisión Administrativa N° 2149/2020 autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (S.I.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/2008, sus modificatorios y complementarios”.

ARTICULO 4.- Mantener vigentes los demás términos de la Resolución del Fondo Nacional de las Artes Nº 870 del 23 de enero del 2023.

ARTICULO 5.- Prorróguese, a partir del 21 de abril de 2023 y por el término de CIENTO OCHENTA DÍAS (180) hábiles, la designación transitoria de la Dra. Mónica Beatriz NEFFKE (D.N.I. N° 18.245.032) en idénticas condiciones a las dispuestas por la Decisión Administrativa N° 814/2020 autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva Nivel I, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (S.I.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/2008, sus modificatorios y complementarios.

ARTICULO 6.- El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección vigentes y requisitos según lo establecido en el Titulo II, Capítulos III, IV y VII del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público homologado por el Decreto Nº 2098/2008 dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de las fechas de inicio de prórroga de la presente medida.

ARTICULO 7.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente será atendido con los créditos asignados a la Jurisdicción 802 – FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.

ARTICULO 8.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Mariana Claudia Bellotto - Ignacio Javier Hernaiz - Isabel Diana Saiegh

e. 03/04/2023 N° 21323/23 v. 03/04/2023

Fecha de publicación 03/04/2023