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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 203/2023

RESOL-2023-203-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 30/03/2023

VISTO el Expediente EX-2023-28720270- -APN-DNCJYMP#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley Nº 26.538, la Resolución Conjunta M.J y D.H. N° 445 y M.S. N° 271 de fecha 24 de junio de 2016, y sus modificatorias, las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 de fecha 27 de septiembre de 2019, N° 408 de fecha 30 de junio de 2022, y N° 549 de fecha 19 de agosto de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que, por ante el TRIBUNAL ORAL DE MENORES N° 3 DE LA CAPITAL FEDERAL, a cargo del Dr. Sergio E. REAL, tramita la causa CCC N° 26.533/2010 (registro interno N° 7455) seguida a Maximiliano José ESPINILLO.

Que, oportunamente se dictó la RESOL-2022-408-APN-MSG mediante la cual se ofreció una recompensa de acuerdo a la Ley 26.538, de PESOS TRES MILLONES ($3.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para lograr la aprehensión de Maximiliano José ESPINILLO, titular del D.N.I. N° 30.606.021, argentino, nacido el 24 de diciembre del año 1983, con ultimo domicilio conocido en Luis Sáenz Peña 1948 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sobre quien pesa orden de detención desde el día 10 de agosto de 2018, luego de que su sentencia condenatoria adquiera firmeza.

Que, el nombrado ESPINILLO, se encuentra prófugo con pedido de captura desde el día 10 de agosto 2018, por el delito de corrupción agravada por tratarse de una menor de trece (13) años de edad y mediante el empleo de amenazas, en concurso ideal con abuso sexual agravado por haber configurado un sometimiento gravemente ultrajante reiterado, que a su vez se agrava por haber ocasionado un grave daño en la salud física y mental de la víctima, conforme lo normado por los Artículos 54, 55, 119 –párrafos primero, segundo y cuarto, inciso a), y 125 – párrafos primero y segundo – del Código Penal.

Que, con fecha 7 de marzo de 2023 el Tribunal interviniente envió un oficio remitiendo el pedido de la víctima respecto del reajuste del monto de la recompensa ofrecida mediante la RESOL-2022-408-APN-MSG.

Que, el artículo 3° de la Ley N° 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de la recompensa y tendrá a su cargo el pago. Y, que a su vez, el monto de la recompensa será fijado atendiendo a la complejidad del hecho y a las dificultades que existan para la obtención de la información.

Que, el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG, establece los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de recompensa, y por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido, según lo estime el titular de esta cartera ministerial, y a su vez, el artículo 3° indica que los montos establecidos en el artículo 1º del mencionado Anexo, deberán ser actualizados dependiendo del tiempo transcurrido del ofrecimiento de recompensa;

Que, en atención a lo establecido en los artículos 1°, 2° y 3 ° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG, resulta procedente incrementar el monto de la referida recompensa.

Que, a través de la RESOL-2022-549-APN-MSG de fecha 19 de agosto de 2022 el “PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA pasó a denominarse “PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS”, el cual funciona dentro de la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS, dependiente de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD Y POLITICA CRIMINAL de este Ministerio.

Que, han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que, la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4° inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y modificatorias, en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538, y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta M.J y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16, las Resoluciones RESOL-2019-828-APN-MSG, RESOL-2022-408-APN-MSG y N° RESOL-2022-549-APN-MSG.

Por ello,

EL MINISTRO DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dispóngase el incremento de la recompensa oportunamente ofrecida mediante RESOL-2022-408-APN-MSG, a la suma total de PESOS CINCO MILLONES ($5.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en el hecho delictual, brinden datos útiles que sirvan para lograr la aprehensión de Maximiliano José ESPINILLO, titular del D.N.I. N° 30.606.021, argentino, nacido el 24 de diciembre del año 1983, sobre quien pesa orden de detención desde el día 10 de agosto de 2018, luego de que su sentencia condenatoria adquiriera firmeza.

ARTÍCULO 2°.- Las personas que quieran suministrar datos, deberán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS de este Ministerio, al número telefónico de acceso rápido 134.

ARTÍCULO 3º.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe el representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada, preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndese a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio, la difusión de la presente en medios gráficos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5º.- Instrúyase a las Fuerzas Federales de Seguridad la difusión y publicación en todas sus formas del afiche que obra como ANEXO (IF-2023-29724154-APN-DRPJ#MSG), correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte de la presente resolución.

ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 7°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Aníbal Domingo Fernández

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/04/2023 N° 21491/23 v. 03/04/2023

Fecha de publicación 03/04/2023