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16 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Sintetizada 506/2023

RESOL-2023-506-APN-ENACOM#JGM FECHA 30/3/2023

EX-2022-31537317-APN-SUST#ENACOM

El Presidente del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1 - Rectifícar el considerando 15 de la Resolución ENACOM N° 402/2023 el que quedará redactado en los siguientes términos: “Que el monto total del proyecto es de PESOS SETECIENTOS UN MILLONES TRESCIENTOS DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO ($701.319.874.-) siendo PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA MIL TREINTA ($555.990.030.-) los Aportes no Reembolsables solicitados.” 2 - Rectificar el considerando 18 de la Resolución ENACOM N° 402/2023 quedando redactado de la siguiente manera: “Que de acuerdo al proyecto finalmente presentado por la empresa EMPATEL SOCIEDAD ANÓNIMA CON PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA, cuyo PI se encuentra registrado bajo el IF-2023-27519118-APN-AFYDP#ENACOM del GENERADOR ELECTRÓNICO DE DOCUMENTOS OFICIALES, corresponde adjudicarle la suma de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA MIL TREINTA ($555.990.030.-)en concepto de aportes no reembolsables, de conformidad con lo establecido en el Artículo 20 del Reglamento General del Servicio Universal aprobado por Resolución ENACOM N° 721/2020”. 3 - Rectificar el Artículo 2° de la Resolución ENACOM N° 402/2023 el que quedará redactado en los siguientes términos: “ARTÍCULO 2º.- ADJUDÍCASE a la empresa EMPATEL SOCIEDAD ANÓNIMA CON PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA (C.U.I.T. N° 30-71714133-0), la suma de PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA MIL TREINTA ($555.990.030.-), en concepto de Aportes no Reembolsables, para la ejecución del proyecto aprobado en el Artículo precedente”. 4 - Rectificar el Artículo 3° de la Resolución ENACOM N° 402/2023 el que quedará redactado de la siguiente manera “ARTÍCULO 3°.- DESTÍNASE la suma de hasta PESOS QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA MIL TREINTA ($555.990.030.-), del Fondo Fiduciario del Servicio Universal previsto en la Ley N° 27.078 a la adjudicación indicada en el Artículo precedente”. 5 - Comuníquese, notifíquese al interesado, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Claudio Julio Ambrosini, Presidente, Ente Nacional de Comunicaciones.

NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.

Silvana Beatriz Rizzi, Jefe de Área, Área Despacho.

e. 03/04/2023 N° 21365/23 v. 03/04/2023

Fecha de publicación 03/04/2023