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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 339/2023

ACTA N° 1835

Expediente ENRE N° EX-2020-07765562-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 30 DE MARZO DE 2023

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de emisión del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) solicitado por la empresa de TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.), a requerimiento de la EMPRESA DE DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA DE LA RIOJA SOCIEDAD ANÓNIMA (EDELAR S.A.), para la realización de un conjunto de obras consistentes en: a) Adecuación de la actual Estación Transformadora (ET) 132/33/13,2 kV CHAMICAL en el nivel de 132 kV y nuevo campo de línea 132 kV salida a ET 132/33/13,2 kV OLPAS, con lo cual la configuración final de ET 132/33/13,2 kV CHAMICAL quedará con UN (1) campo completo de transformación, UN (1) campo completo de línea salida a ET 132/33/13,2 kV PATQUIA, y UN (1) campo completo de línea salida a ET 132/33/13,2 kV OLPAS; b) Línea de Alta Tensión (LAT) 132 kV ET CHAMICAL – ET OLPAS, de 300/50 mm2 AL/AC, de 55,1 km de longitud; c) Nueva ET OLPAS 132/33/13,2 kV - 15/15/10 MVA; d) Línea de Alta Tensión (LAT) 132 kV ET OLPAS – ET CHEPES, 300/50 mm2 AL/AC, de 79,7 km de longitud y; e) Nueva ET CHEPES 132/33/13,2 kV - 30/30/30 MVA, que se incorporarán al sistema de Transporte de Distribución Troncal bajo jurisdicción de TRANSNOA S.A. 2.- Publicar la solicitud indicada en el artículo 1 de la presente, mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en su sitio de internet, ambas publicaciones por un período de CINCO (5) días. Así también, deberá publicarse por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar donde la obra se va a realizar o pueda afectar eléctricamente. Por otra parte, se concede un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos, a partir de la última publicación efectuada para que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos plantee su oposición fundada, por escrito, ante el ENRE. 3.- Establecer que, en caso de existir presentaciones y/u oposiciones fundadas comunes entre varios usuarios, se convocará a una Audiencia Pública para recibirlas y permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos fijados en el artículo 2 del presente acto sin que se registre presentación de oposición fundada en los términos descriptos o proyecto alternativo superador al analizado, este Ente Nacional procederá a emitir un acto administrativo a fin de otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) para la obra mencionada en el artículo 1 de esta resolución. 5.- Hágase saber a EDELAR S.A. que deberá dar estricto cumplimiento a las observaciones y requerimientos técnicos que fueran efectuados por TRANSNOA S.A. y CAMMESA en el marco de sus respectivos informes, las cuales obran incorporadas al expediente del Visto en el IF-2022-43488961-APN-SD#ENRE. 6.- Hágase saber a TRANSNOA S.A. que, en el marco de su Sistema de Gestión Ambiental - implementado en cumplimiento de la Resolución ENRE N° 558 de fecha 4 de noviembre de 2022 y complementarias, deberá incorporar en el primer informe de avance que presente luego de finalizadas las obras, la auditoría ambiental de cierre de las mismas y ajustar el programa de monitoreo a fin de asegurar la realización de mediciones de los campos electromagnéticos (CEM) que permitan verificar el cumplimiento de los estándares fijados por la Resolución SE N° 77 de fecha 12 de marzo de 1998 en el perímetro de la ET Chamical, la nueva ET Olpas y la nueva ET Chepes, y en las nuevas LAT 132 kV Chamical - Olpas y la LAT 132 kV Olpas - Chepes 7.- Hágase saber a TRANSNOA S.A. que las instalaciones involucradas deberán cumplir con los requerimientos de la normativa vigente en materia de Seguridad Pública de acuerdo con la siguiente normativa: a) Resolución ENRE N° 33 de fecha 21 de enero de 2004 (Obstáculos antisubidas y cartelería); b) Resolución ENRE N° 37 de fecha 10 de febrero de 2010 (Líneas Aéreas de Alta Tensión); c) Resolución ENRE N° 400 de fecha 16 de noviembre de 2011 (Señalización de instalaciones eléctricas); d) Resolución ENRE N° 190 de fecha 25 de julio de 2012 (Trabajos en la vía Pública); e) Resolución ENRE N° 163 de fecha 29 de mayo de 2013 (Estaciones Transformadoras); f) en cuyo tramo de la traza corresponda, Resolución ENRE N° 382 de fecha 23 de septiembre de 2015 (Restricciones dentro de la franja de seguridad derivadas de Servidumbre Administrativa de Electroducto) y; g) Resolución ENRE N° 620 de fecha 15 de diciembre de 2017 (Guía de Contenidos Mínimos del Sistema de Seguridad Pública de las Empresas Transportistas). 8.- Notifíquese a TRANSNOA S.A., EDELAR S.A., a la SECRETARÍA DE AMBIENTE DEL MINISTERIO DE PLANEAMIENTO E INDUSTRIA DE LA PROVINCIA DE LA RIOJA y a CAMMESA. 9.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Walter Domingo MARTELLO.

Claudia Elizabeth Caravelli, Asistente Administrativo, Secretaria del Directorio.

e. 03/04/2023 N° 21396/23 v. 03/04/2023

Fecha de publicación 03/04/2023