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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DEL INTERIOR

Decisión Administrativa 295/2023

DECAD-2023-295-APN-JGM - Licitación Pública de Etapa Única Nacional N° 81-0011-LPU22.

Ciudad de Buenos Aires, 12/04/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-79887690-APN-DCYS#MI, los Decretos Nros. 1023 del 13 de agosto de 2001 y 1030 del 15 de septiembre de 2016, ambos con sus respectivos modificatorios y normas complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el Visto tramita la Licitación Pública de Etapa Única Nacional N° 81-0011-LPU22 para la contratación del servicio integral de limpieza, incluyendo la provisión de insumos que resulten necesarios, para diversos edificios pertenecientes al MINISTERIO DEL INTERIOR, por un plazo de DOCE (12) meses, con opción a prórroga por igual período o fracción menor.

Que mediante la Resolución N° 176 de fecha 18 de noviembre de 2022 del MINISTERIO DEL INTERIOR se autorizó la convocatoria al procedimiento de selección por Licitación Pública de Etapa Única Nacional N° 810011-LPU22, en los términos de los artículos 25, inciso a), apartado 1 y 26, inciso a), apartado 1 e inciso b), apartado 1 del Decreto N° 1023/01 y en lo reglamentado mediante los artículos 10, 13 y 27, inciso c) del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por Decreto N° 1030/16, y se aprobó el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que se difundió el Proceso de Compra en el Sistema Electrónico de Contrataciones de la Administración Nacional denominado COMPR.AR.

Que se ha emitido la Circular Nro. 1 al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, la cual fue difundida y comunicada conforme el procedimiento previsto en el artículo 50 del Reglamento aprobado por el Decreto N° 1030/16.

Que del Acta de Apertura de fecha 12 de diciembre de 2022 surge que fueron confirmadas CUATRO (4) ofertas, correspondientes a las firmas LYME S.A., MARTÍN Y CIA S.A., LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A. y SES S.A.

Que la DIRECCIÓN DE PATRIMONIO Y SERVICIOS del MINISTERIO DEL INTERIOR efectuó el análisis técnico de las ofertas.

Que en virtud de lo dispuesto por la Resolución N° 36-E/17 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACIÓN y sus modificatorias, se dio intervención a dicho organismo, el cual elaboró un Informe Técnico de Precios Testigo, tramitado bajo la Orden de Trabajo N° 869/22, donde informó los Valores de Referencia para el referido proceso.

Que con fecha 8 de febrero de 2023 la Comisión Evaluadora de Ofertas emitió su Dictamen de Evaluación de Ofertas por el cual recomendó la adjudicación de la oferta de la firma LYME S.A., por un monto total de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS ($347.642.976), por ser su oferta técnicamente admisible y económicamente más conveniente.

Que, asimismo, recomendó desestimar la oferta presentada por la firma MARTÍN Y CIA S.A. por encontrarse desactualizada en el Sistema de Información de Proveedores y por no cumplir con los requisitos técnicos y económicos solicitados por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares; la oferta de SES S.A., por no cumplir con los requisitos administrativos, técnicos y económicos solicitados en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y la oferta de LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A., por no cumplir con los requisitos técnicos y económicos solicitados por el Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Que no se han efectuado impugnaciones al citado Dictamen de Evaluación.

Que en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR se ha verificado la existencia de crédito presupuestario suficiente para atender el referido gasto.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DEL INTERIOR ha intervenido en el ámbito de sus competencias.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, por el artículo 35, inciso b) y su Anexo del Reglamento de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, aprobado por el Decreto N° 1344/07 y sus modificatorios y por el artículo 9°, incisos d) y e) y su Anexo del Reglamento del Régimen de Contrataciones de la Administración Nacional, aprobado por el Decreto N° 1030/16, sus modificatorios y normas complementarias.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la Licitación Pública de Etapa Única Nacional N° 81-0011-LPU22 del MINISTERIO DEL INTERIOR para la contratación del servicio integral de limpieza, incluyendo la provisión de insumos que resulten necesarios, para diversos edificios pertenecientes al MINISTERIO DEL INTERIOR, por un plazo de DOCE (12) meses, con opción a prórroga por igual período o fracción menor.

ARTÍCULO 2°.- Adjudícase la referida licitación a la firma LYME S.A. (CUIT 30-63935839-5) por un monto total de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS ($347.642.976), por ser su oferta técnicamente admisible y económicamente más conveniente.

ARTÍCULO 3°.- Desestímanse las ofertas de las firmas MARTÍN Y CIA S.A. (CUIT 30-65834400-1), SES S.A. (CUIT 30-64772754-5) y LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A. (CUIT 30-69605181-6) por los motivos expuestos en el considerando pertinente de la presente medida.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 30 – MINISTERIO DEL INTERIOR.

ARTÍCULO 5°.- Autorízase a la Dirección de Compras y Suministros de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN del MINISTERIO DEL INTERIOR a emitir la respectiva Orden de Compra.

ARTÍCULO 6°.- Autorizase al Ministro del Interior a aprobar la ampliación, disminución, prórroga, resolución, rescisión, declaración de caducidad y aplicación de penalidades al adjudicatario o cocontratante, respecto de la Licitación que por este acto se aprueba.

ARTÍCULO 7°.- Hágase saber que contra la presente medida se podrá interponer, a su opción, recurso de reconsideración dentro del plazo de DIEZ (10) días hábiles a partir de su notificación o recurso jerárquico dentro del plazo de QUINCE (15) días hábiles a partir de su notificación, en ambos casos ante la autoridad que dictó el acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 84 y 90 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto 1759/72 - T.O. 2017.

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Agustín Oscar Rossi - Eduardo Enrique de Pedro

e. 13/04/2023 N° 24476/23 v. 13/04/2023

Fecha de publicación 13/04/2023